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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 7 de enero al 19 de enero de 1946

Trigésimo Primer Día: Jueves, 10 de enero de 1946
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Kruger continuó mencionando que hubo un gran malestar en el territorio como resultado de esto, y Frank le informó, es decir, a Kruger, que cada caso de reasentamiento sería tratado en el futuro exactamente tal y como se había hecho con el de Zamosc.

Aunque la ilegalidad de este desposeimiento sufrido por polacos para hacer sitio a alemanes era evidente, y a pesar del hecho de que los polacos que no sólo fueron desposeídos sino además enviados a campos de concentración se volvieron cada vez más difíciles de manejar, los proyectos de reasentamiento continuaron en el Gobierno General.

El tercer punto mencionado por Frank, las intromisiones y confiscaciones de industrias y propiedad privada fueron también una política aplicada desde el principio por Frank. Explicó esto a sus jefes de departamento en diciembre de 1939. El informe procede de su diario y es nuestro documento 2233-PS-K, y está en la página 40 del libro de documentos. Lo presento ahora como prueba USA 173. El texto alemán está en el Volumen de Reuniones con Jefes de Departamento de 1939-40, en la entrada del 2 de diciembre de 1939, en las páginas 2 y 3. El acusado Frank dice:

"Se puede decir principalmente sobre la administración del Gobierno General que: este territorio en su totalidad es botín del Reich Alemán, y por tanto no se puede permitir que este territorio sea explotado en sus partes individuales. El territorio en su totalidad será usado económicamente, y todos sus beneficios económicos redundarán en beneficio del pueblo alemán".
Se hace referencia a la prueba USA 297 en caso de que el Tribunal requiera alguna prueba adicional de la temprana adopción de una política de explotación implacable. Además, el decreto que permitía la confiscación en el Gobierno General, que presento al Tribunal (Verordnungsblatt fur das General-Gouvernement nº 6, 27 de enero de 1940, Página 23), decreto firmado por el acusado Frank, permitía y otorgaba a los funcionarios nazis el poder de llevar a cabo confiscaciones de propiedades al por mayor. Esto fue facilitado aún más por los criterios indefinidos del decreto. El saqueo del Gobierno General en virtud de este y otros decretos se expuso ya al Tribunal el 14 de diciembre de 1945, en el asunto "Germanización y Expolio de Territorios Ocupados", y remito respetuosamente al Tribunal a ese fragmento del sumario, y en particular, a la parte sobre el Gobierno General.

El acusado Frank mencionó arrestos masivos y fusilamentos masivos y la aplicación de la responsabilidad colectiva como la cuarta razón del aparente deterioro de la actitud de todo el pueblo polaco. De esto también hay que culparle a él, ya que no era parte de la política del acusado Frank el que la represalia se corresponda con la gravedad del delito. Fue, por el contrario, un defensor de las medidas más drásticas. En una reunión de Líderes Políticos de Distrito en Cracovia, el 18 de marzo de 1942, Frank expuso su política. Este fragmento

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es de su diario, y es nuestro documento 2233-PS-R, y lo encontrarán en la página 49 del libro de documentos. Lo presento como prueba USA 608. El texto alemán se puede encontrar en el volumen de 1942 del diario, Parte 1, páginas 195 y 196. Cito las declaraciones de Frank:
"Por cierto, la lucha para el logro de nuestros objetivos se llevará a cabo a sangre fría. Ya ven cómo trabajan las agencias del Estado. Ya ven que no dudamos en nada, y ponemos a docenas de personas contra el muro. Esto es necesario porque aquí un simple análisis dice que no puede ser nuestra misión en este periodo, en el que se está sacrificando la mejor sangre alemana, tener consideración por la sangre de otra raza. Porque de ahí puede surgir uno de los mayores peligros. Se oye ya hoy en día en Alemania, por ejemplo, que prisioneros de guerra en Baviera o Turingia están administrando grandes propiedades de una forma totalmente independiente, mientras todos los hombres del pueblo aptos para el servicio están en el frente. Si esta situación continúa, aparecerá una regresión gradual del germanismo. No se debe subestimar este peligro. Por tanto, todo lo que se revele como un poder de liderazgo polaco se debe destruir una y otra vez con una energía implacable. Esto no se ha de vocear por el extranjero; ocurrirá silenciosamente".
Y el 15 de enero de 1944, el acusado Frank aseguró a los líderes políticos del NSDAP que se tomarían represalias contra muertes de alemanes. Estas observaciones están en el "Diario Frank", en nuestro documento 2233-PS-BB, en la página 60 del libro de documentos, la segunda cita de esa página, cuyo original presento como prueba USA 295. El texto alemán está en el volumen sin encuadernar del diario que cubre el periodo del 1 de enero de 1944 al 28 de febrero de 1944, y está en la página 13. Frank dice simplemente:
"No he dudado en declarar que cuando se dispara a un alemán, se ha de disparar también a 100 polacos".
Se ha expuesto ante este Tribunal toda la trágica historia de la mano de obra esclava y del reclutamiento de trabajadores con gran detalle. Cuando el acusado Frank se refiere a estos métodos como su quinta razón para el desafecto de Polonia en su informe para Hitler, cita una vez más políticas que ejecutó. La fuerza, la violencia y la coacción económica fueron todas apoyadas por él como medios para reclutar trabajadores para su deportación a la esclavitud en Alemania. Era una política anunciada públicamente, y ya he aludido a la prueba USA 297, que incluye verificaciones de este hecho.

Aunque al principio el reclutamiento de trabajadores en el Gobierno General puede haber sido voluntario, estos métodos demostraron pronto ser inadecuados. En la primavera de 1940 surgió la cuestión de recurrir a la fuerza, y se habló del asunto en una reunión oficial en la que el acusado Seyss-Inquart también estuvo presente. Les remito al "Diario Frank" y a nuestro documento 2233-PS-N, que el Tribunal encontrará en la página 43 del libro de documentos. Presento el original como prueba USA 614. El texto alemán está en el volumen del diario de 1940, Parte 11, en la página 333. Cito el informe sobre la reunión:

"El Gobernador General declaró que el hecho de que todos los medios en forma de proclamas, etc. no tuvieron éxito lleva a la conclusión de que los polacos, debido a la malevolencia y guiados por la intención de dañar a Alemania no poniéndose a su disposición, se niegan a alistarse para trabajar. Por tanto, preguntó al Dr. Frauendorfer si había alguna otra medida que aún no se hubiera empleado para hacer que los polacos se ofrecieran voluntarios.

El Reichshauptamtsleiter Dr. Frauendorfer respondió negativamente.

El Gobernador General destacó el hecho de que ahora se le pedirá que adopte una actitud firme en esta cuestión. Por tanto, surgirá la cuestión de si ahora se debería emplear algún tipo de medida coercitiva.

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La pregunta hecha por el Gobernador General al Teniente General de las SS Kruger sobre si ve alguna posibilidad de reclutar trabajadores polacos por medios coercitivos es respondida por Kruger afirmativamente".
En mayo de 1940, en una reunión oficial -y este documento ya se ha presentado al Tribunal como prueba USA 173- el acusado Frank declaró que se haría obligatorio el reclutamiento para trabajar, que se podía coger de las calles a los polacos, y que el mejor método sería redadas organizadas.

En el caso de la persecución de los judíos, el programa de trabajos forzados del Gobierno General es casi increíble. Les remito al "Diario Frank" y a nuestro documento 2233-PS-W, que se encontrará en la página 53 del libro de documentos, cuyo original presento como prueba USA 607. Este fragmento es un acta, con la venia, de una conversación del acusado Sauckel con el acusado Frank en Cracovia el 18 de agosto de 1942, y está en el volumen de 1942 del diario, Parte III, en las páginas 918 y 920. Habla Frank:

"Tengo la satisfacción de informarle oficialmente, Camarada de Partido Sauckel, que hasta ahora hemos proporcionado 800.000 trabajadores al Reich".
Continúa:
"Recientemente usted nos ha pedido que proporcionemos 140.000 más. Tengo el placer de informarle oficialmente de que, en cumplimiento de nuestro acuerdo de ayer, el 60 por cierto de los trabajadores ahora solicitados serán proporcionados al Reich a finales de octubre, y el 40 por ciento restante a finales de año".
Frank continúa:
"Más allá de la cifra actual de 140.000 usted puede, por otro lado, el próximo año solicitar una cifra mayor de trabajadores al Gobierno General. Aplicaremos una política para reclutarlos".
Cómo se llevó a cabo este reclutamiento -por medio de cacerías salvajes e implacables- se ve claramente en la prueba USA 178, que ya se ha presentado al Tribunal. El hambre, la violencia y la muerte que caracterizaron todo el programa de mano de obra esclava de los conspiradores se vieron así fielmente reflejados en la administración del acusado Frank.

Hubo, por supuesto, otras razones para el malestar en la Polonia Ocupada que el acusado Frank no mencionó en su informe a Hitler. No menciona los campos de concentración, quizás porque como jurista representativo del nacionalsocialismo el acusado Frank había defendido el sistema en Alemania. Como Gobernador General el acusado Frank ha de ser considerado responsable de todos los campos de concentración presentes en los límites del Gobierno General. Entre otros se incluyen el notorio campo de Majdanek y el de Lublin. Como se indicó anteriormente, el acusado Frank conocía y aprobó que se enviara a polacos a campos de concentración al ejecutar los proyectos de reasentamiento. Tenía cierta jurisdicción también en el campo de exterminio de Auschwitz, al que polacos del Gobierno General fueron enviados por su administración. En febrero de 1944, en Consejero Embajador Dr. Schumberg sugirió una posible amnistía para los polacos que hubieran sido enviados a Auschwitz por delitos menores y encerrados allí durante varios meses. Esto, con la venia, está registrado en el "Diario Frank", y está en nuestro documento 2233-PS-BB, en la página 60 del libro de documentos. Es la tercera cita de esa página. Presento el original como prueba USA 295.

EL PRESIDENTE: Va usted muy rápido. ¿Ha dicho página 70?

TENIENTE-CORONEL BALDWIN: Página 60, Señoría. El texto alemán está en el volumen sin encuadernar que cubre el periodo del 1 de enero de 1944 al 28 de febrero de 1944, en la reunión del 8 de febrero de 1944, en la página 7. Cito:

"El Gobernador General estudiará una aministía, probablemente para el 1 de mayo de este año. De todas formas, no se ha de olvidar

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el hecho de que el liderazgo alemán del Gobierno General no ha de mostrar ningún signo de debilidad".
Este fue, y es, el conspirador Hans Frank. Las pruebas no se han acabado ni mucho menos, pero consideramos que se han dado al Tribunal pruebas suficientes para demostrar su culpabilidad según el Primer Cargo de la Acusación.

Como consejero legal de Hitler y el Liderazgo del NSDAP, el acusado Frank promovió la llegada al poder de los conspiradores. Ejerciendo diversos cargos jurídicos, tanto en el NSDAP como en el Gobierno General, Frank defendió y promovió claramente el monopolio político del NSDAP, el programa racial de los conspiradores, el sistema de terror de los campos de concentración, y los arrestos sin orden judicial. Su papel, al principio del Plan Común, fue aplicar "el Programa Nacionalsocialista en el ámbito legislativo", y dar una apariencia exterior de legalidad a este programa de terror, persecución y opresión que tuvo como su objetivo final la movilización para la guerra de agresión.

Como partidario leal de Hitler y el NSDAP, el acusado Frank fue nombrado Gobernador General en 1939 del área de Polonia conocida como el Gobierno General. Frank definió la justicia como aquello que beneficiara a la nación alemana. Sus cinco años de administración del Gobierno General ilustran la extensión más extrema de ese principio.

Se ha demostrado que el acusado Frank asumió el cargo de Gobernador General con un programa que de por sí constituía un plan o conspiración criminal, como bien sabía y aprobó el acusado Frank, para explotar el territorio implacablemente, en beneficio de la Alemania Nazi, para reclutar a sus ciudadanos para trabajar en Alemania, para cerrar sus escuelas y universidades, para evitar la aparición de una intelectualidad polaca, y para administrar el territorio como una posesión colonial del Tercer Reich, con un total abandono de los deberes de una potencia ocupante para con los habitantes del territorio ocupado.

Bajo la administración del acusado Frank, se consumó este plan criminal, pero la ejecución fue incluso más allá del plan. Las contribuciones alimentarias a Alemania se incrementaron hasta el punto en el que la mera subsistencia reservada para el Gobierno General según el plan se redujo a un nivel de hambruna masiva. El salvaje programa de exterminio de judíos se ejecutó despiadadamente. Los proyectos de reasentamiento se llevaron a cabo con una total falta de consideración a los derechos de la población local, y el terror del campo de concentración vino con la llegada de los invasores nazis.

Estas pruebas se han recopilado en su mayor parte en declaraciones del propio acusado Frank, declaraciones reconociendo los hechos halladas en su diario, en sus informes oficiales, en sus informes de reuniones con sus colegas y subordinados, y en sus discursos. Es por tanto apropiado citar un fragmento de su diario como conclusión. Es nuestro documento 2233-PS-AA. Está en la página 59 de libro de documentos. Presento el original como prueba USA 613. El texto alemán está en el volumen de 1943 de Reuniones sobre Trabajo, el 25 de enero de 1943, entrada de la página 53. En su discurso, el acusado Frank, proféticamente, le dijo a sus colegas del Gobierno General que su misión se volvería cada vez más difícil. Dijo que Hitler sólo podría ayudarles como una especie de "erizo administrativo". Dependían de ellos mismos. Cito a Frank:

"Debemos ahora mantenernos unidos. Debemos recordar que los que estamos aquí reunidos estamos en la lista de criminales de guerra del Sr. Roosevelt. Tengo el honor de ser el Número Uno. Por así decir, nos hemos convertido en cómplices en un sentido histórico".
Con esto termina la presentación sobre el acusado Frank.

Con la venia, el Teniente Coronel Griffith-Jones, de la delegación británica, se encargará ahora de exponer la responsabilidad individual del acusado Streicher.

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TENIENTE CORONEL GRIFFITH-JONES: Con la venia, me encargaré de presentar el caso contra el acusado Julius Streicher.

El Apéndice A de la Acusación, ese párrafo del Apéndice relativo a Streicher, expone los cargos que ejerció y que demostraré. Después continúa alegando que usó esos cargos y su influencia personal y su estrecha relación con el Führer de tal forma que promovió la llegada al poder de los conspiradores nazis y la consolidación de su control sobre Alemania, tal y como se expone en el Primer Cargo de la Acusación; que autorizó, dirigió y participó en Crímenes contra la Humanidad, expuestos en el Cuarto Cargo de la Acusación, incluyendo en particular la incitación a la persecución de los judíos, definida en los Cargos Primero y Cuarto de la Acusación.

Señoría, el caso contra este acusado puede quizás describirse con el título no oficial que él asumió para sí mismo, el de "Acosador de Judíos Número Uno". La acusación alega que durante unos veinticinco años, este hombre educó en el odio a todo el pueblo alemán, y que les incitó a la persecución y exterminio de la raza judía. Era un cómplice de asesinato, quizás en una escala nunca vista antes.

Con el permiso del Tribunal, me propongo demostrar muy brevemente los cargos e influencia que ejerció, y después remitir al Tribunal a varios fragmentos breves de sus periódicos y sus discursos, y finalmente exponer el papel que jugó en las persecuciones concretas contra los judíos que ocurrieron entre los años 1933 y 1945.

Señoría, quizás antes de que comience, debería decir que el libro de documentos presentado al Tribunal está organizado según el orden que pretendo seguir al presentar los documentos. Tienen números de página, y hay un índice al principio del libro, y si el Tribunal tiene el denominado Informe Judicial, es una nota sobre las pruebas que presentaré, y nuevamente en el orden en el que las presentaré, pudiendo ser así una ayuda.

Señoría, este acusado nació en 1885. Fue profesor de escuela en Nuremberg y creó un partido al que llamó Partido Alemán Socialista. La política principal de ese Partido era el antisemitismo. En 1922 entregó su Partido a Hitler, y hay un elogioso relato de su generosidad en la obra de Hitler "Mein Kampf", que no creo digno de gastar tiempo del Tribunal leyéndolo. Es el M-3, y es el primer documento del libro de documentos del Tribunal. Ya se ha presentado la copia de "Mein Kampf" como prueba GB 128.

Los cargos que ejerció en el Partido y el Estado fueron pocos. De 1921 a 1945 fue miembro del Partido Nazi. En 1925 fue nombrado Gauleiter de Franconia y permaneció en el cargo hasta febrero de 1940, y desde el tiempo en el que el Gobierno Nazi llegó al poder en 1933 hasta 1945 fue miembro del Reichstag. Además, tenía el rango de Obergruppenführer de las SA. Toda esa información está en el documento 2975-PS, que ya se ha presentado como prueba USA 9, y es la declaración jurada que él mismo hizo.

La propaganda que elaboró a lo largo de esos años se difundió principalmente a través de sus periódicos. Fue redactor y editor del diario "Der Sturmer" de 1922 a 1933, y posteriormente, editor y propietario del periódico.

En 1933 también fundó, y posteriormente, creo, publicó, o al menos ciertamente fue responsable del diario llamado "Frankische Tageszeitung".

Hubo además y en particular más tarde otros cuantos, la mayoría diarios locales, que publicó desde Nuremberg.

Esos son los cargos que ejerció, y ahora con la venia, expondré muy brevemente el transcurso de sus acciones de incitación y propaganda, en un orden más o menos cronológico, presentando al Tribunal los breves fragmentos. Les diré esto: los fragmentos han sido seleccionados realmente de forma aleatoria. Se han escogido con la idea de exponer

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al Tribunal los diversos métodos que empleó para incitar al pueblo contra la raza judía, pero sus periódicos estaban repletos de ellos, semana tras semana, día tras día. Es imposible escoger una copia que no tenga la misma clase de información en los titulares y en los artículos.


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