[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
14 de febrero a 26 de febrero de 1946

Sexagésimo Día: Viernes, 15 de febrero de 1946
(7 de 8)


[continúa el CORONEL L. N. SMIRNOV]

[Página 68]

Presento además al Tribunal como prueba URSS 18 una copia fotostática de una orden terrorista de las autoridades militares alemanas con un lenguaje muy claro y sin tapujos, y ruego a Sus Señorías que acepten este documento como una parte relevante de las pruebas. Es una orden de la Kommandantur alemana de la ciudad de Pskov. El Tribunal encontrará el texto de esta orden en la página 235 del libro de documentos. Es evidente en este documento que a la pacífica población civil se le prohibió incluso pisar los caminos de su localidad. Se dispararía a todo ciudadano visto allí por los soldados alemanes. Cito el texto del documento, comenzando por el párrafo 3:
"Ordeno en base a lo mencionado anteriormente:

1. Todos los habitantes que sean población civil, independientemente de su edad o sexo, vistos en, o cerca de, las vías del tren serán considerados bandidos y como a tales, se les disparará, exceptuando por supuesto a los pelotones de trabajo bajo vigilancia.

2. Se disparará a todas las personas mencionadas en el párrafo uno que crucen carreteras.

3. Se disparará a todas las personas mencionadas en el párrafo uno que se encuentren por la noche o al anochecer en las carreteras.

4. Las personas mencionadas en el párrafo uno que se encuentren en las carreteras durante el día serán arrestadas y rigurosamente interrogadas".

Así eran los "decretos" y "órdenes" terroristas basadas en el llamado Führerprinzip que fueron aprobadas por funcionarios de alto rango y representantes de las autoridades militares del Reich Fascista Alemán. Pero el derecho a la represalia desmesurada contra la población civil no se limitó a ellos; cualquier Kommandantur local, cualquier comandante de una pequeña unidad, y finalmente cualquier soldado del ejército de Hitler tenía el derecho a tomar represalias contra la población civil de las regiones ocupadas.

Presentaré ahora al Tribunal varios documentos que revelarán cómo los criminales hitlerianos invariablemente aprovecharon este derecho al máximo, introduciendo en los crímenes perpetrados contra el pueblo soviético los crueles medios de criaturas despreciables y malvadas a las que se les había concedido el derecho a burlarse y asesinar con impunidad. Presento al Tribunal como prueba URSS 9 un informe de la Comisión Estatal Extraordinaria sobre las atrocidades perpetradas por los ocupantes fascistas alemanes en la ciudad de Kiev. El Tribunal encontrará el texto en cuestión en la página 238 del libro de documentos, párrafo 5. Cito:

"Desde el primer día de la ocupación de Kiev los verdugos alemanes llevaron a cabo una masacre en masa de la población por medio de torturas, fusilamientos, ahorcamientos y envenenamientos por gas en los furgones de gaseamiento. Se cogía a gente en las calles y los fusilaban en grandes grupos o individualmente. Se publicaban carteles anunciando los fusilamientos para intimidar a la población".
Interrumpiré mi cita en este punto para pedirle al Tribunal que acepte como prueba copias fotostáticas de varios de estos carteles. Ya se ha hecho mención en parte a ellos en el informe de la Comisión Estatal Extraordinaria. De entre todos ellos pediré al Tribunal que acepte como prueba la copia fotostática de uno de esos carteles que presento como prueba URSS 290. El texto dice lo siguiente, ruego al Tribunal me disculpe si la traducción es quizás ligeramente incorrecta, dado que el texto original está en ucraniano. Yo soy ruso, entiendo el significado del texto ucraniano, pero puede que la traducción no sea correcta en todos los detalles. Este es el texto:

[Página 69]

"Como represalia por un acto de sabotaje hoy han sido fusilados 100 habitantes de la ciudad de Kiev. Que esto sirva de advertencia.

Todos los habitantes de Kiev son responsables de cualquier acto de sabotaje.

Kíev, 22 de octubre de 1941.

El Comandante".

Como prueba URSS 291, el Tribunal encontrará el texto en la página 243 del libro de documentos, presento una copia fotostática del siguiente cartel, firmado por el comandante de la ciudad de Kiev. Cito el texto:
"Se han dañado medios de comunicación, cables de teléfono y de telégrafo en Kiev.

Dado que no se ha encontrado a los culpables, se ha fusilado en la ciudad a 400 hombres.

Esto debería servir como advertencia para la población, y una vez más exijo que se informe de todos los sospechosos inmediatamente a las tropas alemanas o a la policía alemana para que se pueda castigar debidamente a los criminales.

Firmado: Eberhard, General de División y Comandante de la Ciudad, Kiev,

29 de noviembre de 1941".

Como prueba URSS 333 presento una copia fotostática del tercer y último cartel de Kiev. El Tribunal encontrará el texto de este cartel en la página 242 del libro de documentos.
"Casos repetidos de incendio y sabotaje en Kiev me obligan a tomar medidas extremas.

300 habitantes de Kiev serán fusilados hoy.

Por cada nuevo caso de incendio o sabotaje se fusilará a un múltiplo de este número de personas.

Todos los habitantes de Kiev están obligados a informar de cualquier sospechoso a la policía alemana.

Mantendré el orden y la calma en Kiev con todas las medidas de las que dispongo y bajo cualquier circunstancia.

Kíev, 2 de noviembre de 1941.

Eberhard, General de División y Comandante de la Ciudad".

Les remito a otro documento que sólo se ha leído parcialmente ante el Tribunal. Me refiero a la prueba URSS 63. Contiene un informe del Comisario del Consejo del Distrito Dzerjinski de la ciudad de Stalingrado. Ruego al Tribunal que preste atención al hecho de que este informe oficial, elaborado por los miembros de las autoridades soviéticas locales y por la comunidad del Distrito Dzerjinski de la ciudad de Stalingrado, fue aprobado por la Comisión Estatal Extraordinaria y a que la autenticidad de los casos mencionado fue confirmada. Encontrarán confirmación a tal efecto en el informe de la Comisión Estatal Extraordinaria, bajo la firma de un miembro de la Comisión, el académico Trainin, y de otras personas.

Los miembros del Tribunal encontrarán el informe en cuestión en la página 222 del libro de documentos.

Comenzaré la cita del informe oficial de la Comisión que investigó el territorio del Distrito Dzerjinski de la ciudad de Stalingrado tras la debacle de los alemanes en Stalingrado. Este informe contiene información sobre los avisos colocados en las calles de Stalingrado por la Kommandantur alemana y sobre el significado de estos carteles.

Comienzo la cita en la página 222 del libro de documentos, el último párrafo.

"... La Kommandantur militar sembró la muerte por todas partes.

Publicó avisos en las calles que amenazaban con fusilar a la gente por cualquier cosa. Por ejemplo, se puso el siguiente aviso en la calle Aral: 'Muerte para todo el que pase por aquí'. En la esquina de Nevskaya con Medvedevskaya: 'Prohibido el paso a los rusos; el que no respete esta orden será ejecutado'.

[Página 70]

De hecho, los alemanes ejecutaban a ciudadanos frecuentemente; cientos de tumbas en las calles del Distrito Dzerjinski de la ciudad de Stalingrado son testimonio de los fusilamientos. Los cuerpos de los que eran torturados, fusilados o ahorcados en la misma Kommandantur al principio eran arrojados a una fosa cerca del edificio de la Kommandantur.

Después de la expulsión de los ocupantes, se encontraron 516 cadáveres de ciudadanos soviéticos en esta fosa, incluyendo los cuerpos de 50 niños, torturados hasta la muerte, fusilados o ahorcados en el edificio de la Kommandantur y en otros lugares. Un estudio de los cuerpos hecho el 25 de marzo de 1943 determinó que los hitlerianos habían torturado salvajemente a los ciudadanos soviéticos antes de asesinarlos. Además de los cuerpos de los niños, se encontraron los cuerpos de 323 mujeres, 69 ancianos y 74 chicos jóvenes. 141 cadáveres tenían marcas de heridas infligidas con armas de fuego en la cabeza y en el pecho; 92 cadáveres tenían marcas en el cuello que indicaban que habían sido ahorcados. Todos los demás cadáveres estaban mutilados y tenían marcas de tortura. 130 víctimas, mujeres y chicas, tenían los brazos retorcidos tras la espalda y atados con cables, y a 18 de los cuerpos les habían cortado los pechos, a algunos les habían cortado las orejas, los dedos de las manos y los dedos de los pies, y la mayoría tenía marcas de quemaduras en sus cuerpos.

Un examen de estos cadáveres reveló que 21 mujeres murieron por las torturas y las heridas, y que el resto primero fueron torturadas y después les pegaron un tiro.

Hasta los cadáveres de los niños estaban mutilados. A algunos les habían cortado sus pequeños dedos, o les habían seccionado las nalgas, o les habían sacado los ojos".

Dejo ahora de citar este documento y, de acuerdo con los deseos del Tribunal de no dar detalles, sino ejemplos que sean testimonio de algún dato nuevo sobre el sistema del terror hitleriano, omito tres páginas del informe y paso a la sección siguiente de la presentación de pruebas: "Torturas infligidas por los hitlerianos durante los interrogatorios".

En general, las torturas eran oficialmente prescritas y aprobadas por los hitlerianos. Presento al Tribunal como prueba URSS 11 uno de los documentos que demuestran que las torturas tenían aprobación oficial. Este documento es una guía oficial de campos de concentración, "Los Estatutos del Campo de Concentración", publicada en Berlín en 1941. Encontrarán el fragmento que voy a citar en la página 244 de su libro de documentos. La Sección 3 de las instrucciones, por ejemplo, titulada "Castigos Corporales" dice:

"Se permiten entre 5 y 25 golpes en la espalda y las nalgas. El número de golpes será decidido por el comandante del campo y se anotará en la columna correspondiente en la orden de castigo".
Querría haber citado un documento más, pero como ya se ha presentado el Tribunal, respetando las instrucciones del Tribunal omito este documento y continúo:

Los formularios oficiales a emplear en "interrogatorios especialmente duros", o mejor dicho, en interrogatorios con aplicación de tortura, fueron elaborados por los departamentos competentes de la policía alemana. Presento al Tribunal, y solicito que acepte como prueba, un formulario original para uno de esos "interrogatorios especialmente duros".

La presento como prueba URSS 254. Es un apéndice al informe del Gobierno Yugoslavo. Este formulario, como indican los certificados adjuntos, fue hallado en los archivos alemanes por unidades del Ejército Yugoslavo. No lo describiré con mis propias palabras, citaré el informe del Gobierno Yugoslavo, en la página 21 del documento, empezando por el último párrafo al final de la página. El Tribunal encontrará este fragmento en la página 256 del libro de documentos, en el último párrafo:

"Para dar una descripción más clara de la crueldad salvaje practicada por los alemanes en este plan de exterminio, presentamos al Tribunal otro documento original capturado en los archivos alemanes

[Página 71]

de Yugoslavia. Es un formulario utilizado en los llamados 'interrogatorios especialmente duros' hechos a las víctimas de los criminales alemanes. Esos interrogatorios los llevó a cabo en Eslovenia la Policía de Seguridad Alemana y el SD.

En la primera página del 'formulario', la Policía sugiere el aplicarle a una persona concreta un 'interrogatorio especialmente duro'. La respuesta a la pregunta, en qué consistía este 'interrogatorio duro' especial, se encuentra en las instrucciones siguientes de este 'formulario'.

El interrogatorio especialmente duro debe consistir en... Se debe redactar un acta del interrogatorio. Si se quiere se puede solicitar la presencia de un doctor.

La mención del doctor y su presencia en el interrogatorio no deja lugar a dudar de que la persona interrogada era torturada físicamente. El hecho de que hubiera instrucciones impresas para llevar a cabo estos interrogatorios sugiere obviamente un recurso general a estos métodos criminales".

El Reichsführer de las SS claramente tuvo en cuenta la posibilidad de que los sospechosos trataran de suicidarse.

Así, el Líder de las SS no sólo permitía, sino que incluso ordenó que los prisioneros estuvieran atados de pies y manos o encadenados.

Presento al Tribunal como prueba URSS 298 una copia fotostática de una directriz del Jefe de la Policía Alemana, la nº 202/43 del 1 de junio de 1942. El documento lo certifica la Comisión Estatal Extraordinaria, y cito el texto del documento:

"Asunto, Prevención de Fugas durante Interrogatorios.

En todos los casos en los que debido a las circunstancias o la importancia del prisionero exista una posibilidad de fuga o de un intento de cometer suicidio, ordeno que se aten los pies y las manos de la persona arrestada de tal forma que la fuga sea imposible. Se deberían usar aros y cadenas si se dispone de ellos".

No he presentado las directrices oficiales de las Autoridades Policiales Centrales Alemanas al Tribunal tan sólo para probar que los funcionarios alemanes aprobaron la aplicación de torturas y tormentos durante los interrogatorios. Este hecho es conocido y no requiere evidencias especiales. Pero presento un documento en poder de la acusación soviética que demostrará cómo esas torturas a las que eran sometidas las personas arrestadas en los calabozos policiales excedían incluso las instrucciones dadas por los criminales y las formas de tortura aprobadas oficialmente.

Presento al Tribunal la prueba URSS 1, un informe de la Comisión Estatal Extraordinaria sobre los crímenes de los agresores fascistas alemanes en la región de Stavropol. Se llevó a cabo una investigación de estos crímenes de los agresores fascistas alemanes bajo el liderazgo del eminente académico y autor ruso, el difunto Alexei Nikolaievitch Tolstoy. El Tribunal encontrará este documento en la página 272 del libro de documentos. Comienzo mi cita desde el primer párrafo. El académico A. N. Tolstoy, como sin duda recordará el Tribunal, era miembro de la Comisión Estatal Extraordinaria.

" ...Se aplicaron torturas y tormentos excepcionales en su crueldad a ciudadanos soviéticos en las instalaciones de la Gestapo. Así, por ejemplo, el ciudadano Phillip Akimovitch Kovaltchuk, nacido en 1891 y habitante de la ciudad de Pyatigorsk, fue arrestado el 27 de octubre de 1942 en su propio apartamento, golpeado hasta quedar inconsciente, llevado a la Gestapo y arrojado en uno de sus calabozos. Veinticuatro horas después la Gestapo comenzó a torturarle; era interrogado y golpeado sólo por la noche. Para el interrogatorio se le puso en una cámara de tortura separada equipada con instrumentos de tortura especiales, como cadenas con esposas para sujetar las manos y los pies. Estas cadenas estaban incrustadas en el suelo de cemento de la cámara. Para comenzar, se desnudaba a los prisioneros y se les tumbaba en el suelo. Después se encadenaban las manos y los pies. El ciudadano Kovaltchuk fue sometido a esta forma de tortura. Encadenado,

[Página 72]

era incapaz de moverse. Estaba boca abajo, y en esa postura fue golpeado con porras de goma durante 16 días seguidos.

Aparte de estos métodos inhumanos de tortura, la Gestapo también recurría a lo siguiente: se ponía una tabla ancha sobre la espalda del prisionero encadenado y se daban golpes en esta tabla con grandes pesas. Como resultado de estos golpes, el prisionero sangraba por la nariz, la boca y los oídos y perdía la consciencia.

Las cámaras de torturas de la Gestapo estaban construida de tal manera que mientras se torturaba a un prisionero, los prisioneros que esperaban su turno en la celda de al lado podían ver la tortura y los maltratos.

Tras la tortura, el prisionero inconsciente era arrojado a un lado y se arrastraba a la fuerza a la siguiente víctima de la Gestapo desde la celda vecina, para ser encadenado y torturado de la misma manera.

Las cámaras de tortura siempre estaban cubiertas de sangre. La tabla que se ponía sobre la espalda de los prisioneros también estaba empapada de sangre. Las porras de goma usadas para golpear a los prisioneros estaban rojas de sangre.

Los ciudadanos soviéticos arrestados condenados a ser fusilados tras inenarrables torturas y palizas eran arrastrados a camiones, sacados de la ciudad y ejecutados".

Omito dos párrafos y sigo citando:
"La testigo Varvara Ivanovna Tchaika, nacida en 1912, residente en el nº 31 de la calle Djerjinksaya (apartmento nº 3) declara que durante su encierro en la prisión de la Gestapo fue sometida a una tortura increíble por parte del Jefe de la Gestapo, el Capitán Wintz. La testigo V. I. Tchaika dijo sobre este asunto: 'Fui sometida a maltratos y torturas por el Jefe de la Gestapo, el Capitán alemán Wintz. Una vez me llevó a la cámara de torturas para ser interrogada. Había cuatro mesas en la sala, rejillas de madera en el suelo y dos cubos de agua en los que se habían metido correas de cuero. Había dos aros sujetos al techo por los que habían pasado cuerdas y de los que se colgaba a los prisioneros durante su tormento. Por orden del Capitán Wintz, los hombres de la Gestapo me pusieron sobre la mesa, me desnudaron y me golpearon duramente con las correas de cuero. Lo hicieron dos veces. En total recibí 75 latigazos, casi me rompieron los riñones, y perdí ocho dientes".


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