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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
2 de febrero a 13 de febrero de 1946

Quincuagésimo Octavo Día: Miércoles, 13 de febrero de 1946
(8 de 19)


El antiguo Jefe de Estado Mayor del OKH, Franz Halder, interrogado el 31 de octubre de 1945 declaró, presento al Tribunal un fragmento de este documento, prueba URSS 341:
"Testigo: Antes del ataque a Rusia, el Führer convocó una reunión de todos los comandantes y personas relacionadas con el Mando Supremo para tratar la cuestión del futuro ataque a Rusia. No recuerdo la fecha exacta de esta reunión. Ya no recuerdo si tuvo lugar antes o después de la invasión de Yugoslavia. En esta reunión el Führer dijo que los métodos usados en la guerra contra los rusos tendrían que ser diferentes de los usados en la guerra en el Frente Oeste".
Les ruego me disculpen, he olvidado decirles que el texto que cité está en la página 24 de su libro de documentos.

[Página 311]

"Oficial Investigador: '¿Qué más dijo?'.

"Testigo: 'Dijo que la lucha entre Rusia y Alemania es una lucha rusa. Dijo que dado que los rusos no firmaron la Convención de La Haya, el trato proporcionado a sus prisioneros de guerra no tenía que respetar los artículos de la Convención' ".

Dr. NELTE (abogado del acusado Keitel): Señoría, el General Halder está en la prisión militar de Nuremberg, y es un testigo muy importante, no sólo para este testimonio, sino en general. Creo que de acuerdo con nuestros principios, formulados por el Alto Tribunal en relación al Artículo 21 del Estatuto, podría ser importante escuchar a este testigo en persona en lugar de a través de un testimonio por escrito, y pido al Tribunal que estudie esta cuestión.

EL PRESIDENTE: Coronel Pokrovsky, ¿quiere responder de alguna manera a la petición del Dr. Nelte?

CORONEL POKROVSKY: Con el permiso del Tribunal, le expondré mis consideraciones sobre la cuestión.

EL PRESIDENTE: Proceda, por favor.

CORONEL POKROVSKY: El testimonio de Halder sólo tiene importancia para nosotros en un aspecto, el que habla de una reunión especial convocada por Hitler antes de la guerra, una reunión en la que atrajo una atención particular el asunto del trato a proporcionar a los prisioneros de guerra rusos. Este hecho también está confirmado en otros testimonios que hemos presentado a este Tribunal, y por tanto creo que no hay ni razón ni necesidad de interrogar a este testigo, dado que este interrogatorio puede provocar mayores retrasos, ya que sólo se tratará esta cuestión, y la defensa alemana quizás haga preguntas innecesarias. En caso de que la defensa alemana considere aconsejable solicitar al Tribunal presentar al testigo Halder para interrogarlo, correspondería a la defensa presentarle al Tribunal, de acuerdo con el procedimiento establecido, una solicitud y explicar por qué razón quiere interrogar al testigo Halder. El Tribunal tendrá entonces ocasión de analizar esta petición y concederla si la consideran apropiada.

Eso es todo lo que quería señalar sobre este asunto.

EL PRESIDENTE: El Tribunal considera que si se va a usar el interrogatorio del General Halder, y se ha usado, se ha de presentar al General Halder para ser interrogado por la defensa, a condición de que realmente esté en Nuremberg.

Cuando se utiliza a un testigo, es susceptible de ser llamado para ser interrogado por la defensa, y la única razón por la que se permite el uso de interrogatorios por escrito es la dificultad de traer testigos a Nuremberg. Por tanto, si se permite el uso de un interrogatorio por escrito y el testigo está en Nuremberg, se ha de presentar al testigo para ser interrogado por la defensa, por supuesto en un momento adecuado para la acusación.

Coronel Pokrovsky, si este testigo, el General Halder, está en Nuremberg, tendrá que traerle aquí en un momento que le resulte conveniente durante la presentación de su caso.

CORONEL POKROVSKY: Con el permiso del Tribunal, averiguaremos dónde se encuentra Halder en este momento y si realmente está en Nuremberg, lo presentaremos como testigo.

EL PRESIDENTE: Muy bien.

CORONEL POKROVSKY: Debemos señalar otra mentira fascista. Hitler estaba manipulando intencionadamente los hechos. De todos es sabido que la Unión Soviética había firmado la Convención de La Haya. Incluso el código penal de la Unión Soviética defiende los derechos de los prisioneros de guerra de acuerdo con la Ley Internacional, y los culpables de su infracción son considerados criminales.

La nota del Comisario del Pueblo de Asuntos Exteriores de la URSS, el Sr. V. M. Molotov del 27 de abril de 1942 menciona una vez más los compromisos de la Convención

[Página 312]

de La Haya que la Unión Soviética se había comprometido a respetar. Ya he hecho referencia a esa nota.

Continuando, citaré de nuevo la declaración de Halder sobre el discurso de Hitler. La encontrarán en la página 24:

"Además, [Hitler] dijo que en vista del nivel político de las tropas rusas [en este punto vienen a continuación varios puntos en el original], resumiendo, dijo que los llamados comisarios no debían ser considerados prisioneros de guerra".
Es imposible no señalar aquí que debido a la superior conciencia política de los soldados del Ejército Rojo, los Hitlerianos veían a un Comisario o a un comunista en casi todos los prisioneros de guerra. Más adelante está registrada la siguiente pregunta del oficial investigador y la respuesta:
"Oficial Investigador: ¿Dijo algo el Führer sobre promulgar alguna orden al respecto?

Testigo: Lo que acabo de decir era su orden. Dijo que quería que se llevara a cabo aunque no hubiera una orden por escrito".

En su libro de documentos después del testimonio de Halder hay un fragmento del testimonio del antiguo Vicejefe de la Sección de Operaciones del cuartel general del OKW, el General Warlimont, del 12 de noviembre de 1945. Declaró bajo juramento ante el Teniente Coronel Hinkel del Ejército Americano. Este documento es el resultado del trabajo de nuestros colegas americanos. La acusación americana ha puesto amablemente a nuestra disposición este documento, que a su vez presentamos al Tribunal como prueba URSS 263(a). Creo que la defensa quiere presentar otra petición al Tribunal. Cedo mi lugar.

Dr. NELTE: Sr. Presidente, con respecto al General Warlimont, estamos en la misma situación que mencioné con respecto al General Halder. El General Warlimont también está en Nuremberg y está a su disposición para ser interrogado en la sala.

EL PRESIDENTE: ¿Qué quiere solicitar ahora?

Dr. NELTE: Mi solicitud es que no se permita el uso del documento que el fiscal soviético quiere leer y que se ordene que el testigo Warlimont, presente en Nuremberg, sea llamado a declarar.

EL PRESIDENTE: El Tribunal acaba de decidir que se puede usar el interrogatorio del General Halder, pero teniendo en cuenta que si se usa, y se ha usado, se le debe hacer comparecer para ser interrogado por la defensa. ¿Desea usted algo más?

Dr. NELTE: No hablo del General Halder, sino del General Warlimont.

EL PRESIDENTE: Creía que ya habíamos tomado una decisión sobre el General Warlimont, según la cual tenía que comparecer... se tomó ayer, o antesdeayer.

Dr. NELTE: Creo que el fiscal soviético no recuerda esta decisión, si no, no estaría leyendo este documento y estaría haciendo comparecer al General Warlimont en persona ante el Tribunal.

EL PRESIDENTE: Creo que el Tribunal decidió que el fiscal podía utilizar el interrogatorio, pero que si lo hacía, tenía que presentar al testigo para ser interrogado por la defensa. Por tanto, el fiscal soviético tiene derecho a leer el interrogatorio y después se hará comparecer al General Warlimont para ser interrogado por la defensa.

Dr. NELTE: ¿Está obligado a hacerlo, o puede actuar a discreción?

EL PRESIDENTE: Creo que puede actuar a discreción y llamar al testigo a declarar si quiere y no presentar el interrogatorio.

[Página 313]

Como puede ver, Dr. Nelte, la postura del Tribunal es la siguiente. Si la fiscalía decide llamar al testigo a declarar y no utilizar el interrogatorio, por supuesto llamará a declarar al testigo, lo interrogará, y el testigo podrá ser interrogado por la defensa. Si por otro lado la fiscalía decide usar el interrogatorio, lo que ya ha hecho, puede hacerlo, pero si el testigo está cerca, o en Nuremberg, debe comparecer para ser interrogado por la defensa.

La fiscalía puede actuar a discreción en el sentido de que puede escoger usar un interrogatorio que ya tenga o llamar a declarar al testigo. Pero en cualquier caso, el testigo, si está aquí, debe comparecer para ser interrogado por la defensa.

Dr. NELTE: Los testigos, el General Halder y el General Warlimont, están en Nuremberg y a nuestra disposición. Tan sólo quiero saber si la fecha en la que comparecerán depende del criterio del fiscal jefe. Estamos interesados en llevar a cabo el interrogatorio de la defensa en cuanto la acusación lea la declaración escrita.

EL PRESIDENTE: Pensaba que eso era una cuestión que podían resolver con la fiscalía, para determinar si quieren interrogarle justo después de la presentación del interrogatorio, o pasado un breve plazo. Si yo dijera que se le debe interrogar inmediatamente después de la presentación del interrogatorio, probablemente la defensa diría que necesita tiempo para preparar el interrogatorio. Pero por supuesto puede resolver esto con el Coronel Pokrovsky.

Dr. NELTE: Hablaré entonces con el Coronel Pokrovsky de esta cuestión. Gracias.

EL PRESIDENTE: Por favor, proceda.


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