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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
2 de febrero a 13 de febrero de 1946

Quincuagésimo Día: Lunes, 4 de febrero de 1946
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En Noruega, el decreto del 24 de abril de 1940 nombré a Terboven Reichskommissar. Este decreto lo firman Hitler, Lammers y los acusados Keitel y Frick. En Holanda, el decreto del 18 de mayo de 1940 nombró al acusado Seyss-Inquart Reichskommissar. Este decreto lo firman las mismas personas que las del decreto anterior, además de las firmas de Goering y Ribbentrop.

Los decretos que nombraban a los Reichskommissars también definían sus funciones y la división de funciones entre el comisario civil y las autoridades militares. No presento estos dos decretos como documentos ya que son legislación alemana. El decreto sobre Noruega dice en el primer artículo:

"El Reichskommissar tiene el deber de salvaguardar los intereses del Reich y de ejercer el poder supremo en el ámbito civil".
El decreto añade:
"El Reichskommissar está subordinado directamente a mi y recibe de mi directrices e instrucciones".
En cuanto a la división de funciones, leeré el texto del Artículo 4:
"El Comandante de las tropas alemanas en Noruega ejerce los derechos de soberanía militar. Sus órdenes son ejecutadas en el ámbito civil por el Reichskommissar".
Este decreto se publicó en la Gaceta Oficial de Decretos Alemanes de 1940, nº 1. Se dan las mismas instrucciones en un decreto similar del 18 de mayo de 1940 sobre Holanda. El nombramiento de Reichskommissars vino acompañado al principio de algunas declaraciones destinadas a tranquilizar a la población. Terboven proclamó que tenía intención de limitar lo más posible las incoveniencias y costes de la ocupación. Es la proclama del 5 de abril de 1940, que está en la Gaceta Oficial, página 2.

El acusado Seyss-Inquart dirigió de la misma manera tras su nombramiento una proclama al pueblo holandés. Se encuentra en la Gaceta Oficial de Holanda de 1940, página 2, y en ella se expresó de la siguiente manera. Comienza con una frase categórica:

"Tomaré todas las medidas, incluidas las de carácter legislativo, que sean necesarias para cumplir este mandato".
Y también dice:
"Es mi deseo que las leyes en vigor hasta ahora sigan en vigor, y que las autoridades holandesas colaboren en la ejecución de las tareas gubernamentales, y que se mantenga la independencia de la justicia".
Pero no se mantuvieron estas promesas. Es evidente que el Reichskommissar se convertiría en Noruega y en Holanda en el instrumento principal de usurpación de la soberanía. Debía actuar sin embargo en estrecha relación con un segundo instrumento de usurpación, la organización nacionalsocialista del país. Esta colaboración del partido nazi local con la autoridad alemana representada por el Reichskommissar tuvo formas perceptiblemente diferentes en los dos países que estamos estudiando. Así, el ejercicio del poder por parte del Reichskommissar presenta diferencias entre Noruega y Holanda que fueron más aparentes que reales.

En ambos países existía un partido nacionalsocialista local antes de la guerra. Crecieron y se inspiraron en el Partido Nazi Alemán y tuvieron su lugar en el plan general de preparativos de guerra y en el plan de germanización. Querría ahora dar cierta información sobre Noruega.

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El Partido Nacionalsocialista se llamaba "Nasjonal Samling". Su líder era el famoso Quisling. Fue una imitación perfecta del Partido Nazi Alemán. Presento al Tribunal como prueba RF 920 el texto del juramento de fidelidad suscrito por miembros de este partido, el "Nasjonal Samling". Cito:
"Mi promesa de fidelidad: prometo por mi honor:

(1) Fidelidad y lealtad a toda prueba hacia el movimiento nacionalsocialista, su idea y su Führer.

(2) Trabajar enérgica y valientemente por la causa. Ser siempre digno de confianza en mi trabajo y ser disciplinado. Hacer todo lo que pueda para adquirir los conocimientos y aptitudes que mi actividad en el movimiento requiera.

(3) En la medida en la que me sea posible, vivir de acuerdo con el espíritu nacionalsocialista, y mostrar solidaridad y comprensión con todos mis compañeros en la lucha, y ser un buen camarada con ellos.

(4) Obedecer cualquier decisión administrativa tomada por el Führer o por sus asesores de confianza cuando éstos últimos no actúen en contra o en desacuerdo con las directrices del Führer.

(5) Nunca revelar a otros (extranjeros o enemigos) detalles de los métodos de trabajo del N.S. o cualquier detalle que pueda dañar al movimiento.

(6) Hacer todo lo posible en todo momento para contribuir al avance del movimiento, y al logro de su objetivo, y jugar el papel en la organización de combate que he asumido bajo promesa de fidelidad, plenamente consciente de que sería culpable de un acto despreciable y vil si rompiera esta promesa.

(7) Si las circunstancias me hicieran imposible seguir siendo un miembro de la organización de combate, prometo retirarme de una manera leal. Me mantendré vinculado al voto de secreto que hice y no haré nada que dañe al movimiento. Nuestro objetivo, el objetivo del Nasjonal Samling, es éste: un Estado Nuevo, una Hermandad Noruega y Nórdica dentro de la Comunidad Mundial construida orgánicamente sobre la base del trabajo, con un liderazgo fuerte y estable. La unión entre el bien común y la propiedad y los derechos privados".

Así pues, este partido acepta plenamente el principio de liderazgo, y aunque muestra una fachada noruega, no es más que una fachada. De hecho, el mismo día de la invasión los nazis impusieron la creación de un supuesto Gobierno Noruego presidido por Quisling. En ese momento el Tribunal Supremo Noruego nombró a un consejo de funcionarios al que se concedieron, con el título de Consejo Administrativo, poderes de la administración superior. Este Consejo Administrativo constituía por tanto en las circunstancias excepcionales en las que fue creado una autoridad cualificada para representar la soberanía legítima, al menos de una forma conservadora. Ejerció sus funciones durante un breve tiempo. En septiembre los nazis vieron que no les era posible conseguir no ya la participación, sino ni siquiera la aceptación pasiva del Consejo Administrativo y de los administradores. Nombraron entonces a trece Kommissaere, de los que diez fueron escogidos de las filas del partido de Quisling. El propio Quisling no ejerció ninguna función nominal, pero siguió siendo el Führer de su partido.

Finalmente, comenzó un tercer periodo el 1 de febrero de 1944. Ese día Quisling volvió al poder como Ministro Presidente, y los Kommissaere asumieron el cargo de Ministros. Esta situación se mantuvo hasta la liberación de Noruega. Así, excepto durante unos pocos meses de 1940, los alemanes usurparon completamente toda la soberanía de Noruega. Esta soberanía se dividió entre su agente directo, el Reichskommissar, y su agente indirecto, primero llamado

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Consejero de Estado y después el Gobierno Quisling, pero siendo siempre algo emanado del nacionalsocialismo.

No hay ninguna duda de que la independencia de estas organizaciones con respecto a las autoridades alemanas fue nula. El hecho de que la segunda organización fuera llamada Gobierno no supuso un refuerzo de su autoridad autónoma. Eran meras diferencias de forma cuyas características expondré al Tribunal. Presento en relación a esto dos documentos como pruebas RF 912 y 922. Comparando estos dos documentos verán que lo que acabo de afirmar es correcto. Son instrucciones enviadas por el Reichskommissar a sus departamentos encargados de procedimientos legislativos. Señalo al Tribunal que el que por orden debería ir el primero ha sido numerado el segundo, así que primero de todo le leeré al Tribunal parte de la prueba RF 922, y después de la 921. Los dos son una unidad.

El nº 922 tiene fecha del 10 de octubre de 1940, es decir, el comienzo del periodo de los Consejeros de Estado. Cito un fragmento:

"Todos los decretos del Consejero de Estado deben ser presentados antes de su publicación al Reichskommissar".
Esto está en el segundo párrafo. Es el único punto que querría destacar de este documento. Así pues, todos los decretos de la administración superior noruega estaban bajo el control del Reichskommissar.

El segundo, 921, es del 8 de abril de 1942. Habla del periodo inmediatamente posterior a la formación del segundo Gobierno Quisling. Comienzo en la segunda frase:

"En vista de la formación del Gobierno Nacional Noruego, el Reichskommissar ha decidido que a partir de ahora ya no se requiere esta forma de acuerdo, un acuerdo previo por escrito. Sea como sea, esta modificación en la forma del procedimiento legislativo no significa que el Gobierno Noruego pueda aprobar leyes y decretos sin el conocimiento del departamento competente del Reichskommissar. Su Excelencia el Reichskommissar espera de todos los jefes de departamento que se enteren, a través de un contacto estrecho con los departamentos noruegos competentes, de todas las medidas legislativas que se estén preparando y que averigüen en cada caso si estas medidas afectan a intereses alemanes y que se aseguren, si es necesario, de que los intereses alemanes serán tenidos en cuenta".
Así, en un caso, hay un control formal con autorización por escrito. En el otro caso hay un control ejercido a través de información transmitida por los diferentes departamentos, pero el principio es el mismo. El establecimiento de una autoridad local bajo una u otra forma fue meramente una forma de buscar la mejor manera de engañar a la opinión pública. Cuando los alemanes pusieron a Quisling en un lugar discreto, fue porque pensaron que los Consejeros de Estado, al ser menos conocidos, podrían engañar más fácilmente al público. Cuando volvieron a traer a Quisling fue porque la primera maniobra había obviamente fracasado, y porque pensaron que quizás el establecimiento oficial de una autoridad cualificada como gubernamental daría la impresión de que no se había abolido la soberanía del país. Sin embargo, cabe preguntarse cuál fue la razón de estos artificios y por qué los nazis los usaron en lugar de una pura y simple anexión del país. Hay una razón muy importante. Es aplicable a Noruega, y también será aplicable a Holanda. Los nazis siempre preferían mantener la ficción de un Estado independiente y ganarse una posición desde el interior usando y desarrollando el partido local. Es por eso por lo que le dieron poder y prestigio al partido de Noruega, y aunque no actuaron de manera idéntica en Holanda, su conducta general se vio sin embargo imbuida del mismo espíritu.

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Esta política de los alemanes en Noruega está perfectamente ilustrada en la ley noruega, o la llamada ley noruega, del 12 de marzo de 1942 (Gaceta Oficial Noruega, 1942, página 215, que presento como prueba RF 923). Cito:
"Ley sobre el Partido y el Estado, 12 de marzo de 1942, nº 2.

Párrafo 1: En Noruega, el Nasjonal Samling es el Partido del Estado fundamental y está estrechamente vinculado al Estado.

Párrafo 2: La organización del Partido, su actividad, y los deberes de sus miembros son definidos por el Tribunal del Nasjonal Samling. Oslo, 12 de marzo de 1942, firmado Quisling, Presidente del Consejo".

Por otro lado, los nazis organizaron a gran escala el sistema de duplicación de funciones que existía entre las autoridades superiores. De hecho, es la transposición del sistema alemán, que muestra un constante paralelismo entre la administración del Estado y las organizaciones del Partido. Se colocó en todas partes a nazis alemanes para secundar y supervisar a los nazis noruegos que habían sido colocados en puestos oficiales.

Dado que este punto es interesante desde el punto de vista de la toma de la soberanía y de las acciones tomadas en la administración, creo que puedo presentar dos documentos que serán las pruebas RF 924 y 925. Son fragmentos de interrogatorios judiciales tomados por el Tribunal Noruego a dos altos cargos alemanes del Reichskommissariat de Oslo. La prueba 924 es el interrogatorio de Georg Wilhelm Müller, interrogatorio efectuado el 5 de enero de 1946. Wilhelm Müller fue Jefe del Departamento de Instrucción Pública y Propaganda. La información que da trata sobre todo del funcionamiento del Servicio de Propaganda, pero por lo general se usaron métodos similares en todas partes, como admite esta declación. Cito:

"Pregunta: En 1941 nadie de nuestro país pensaba que habría dificultades militares. ¿Trataron ciertamente en aquel tiempo de organizar al pueblo noruego siguiendo líneas nacionalsocialistas?

Respuesta: Lo hicieron hasta el final.

Pregunta: ¿Cuáles fueron las medidas prácticas para lograr esta formación nacionalsocialista?

Respuesta: Apoyaron al Nasjonal Samling en la medida de lo posible, y lo hicieron en primer lugar reforzando la estructura fuertemente desde el punto de vista organizativo".

Debo decir que esta traducción al francés no es muy buena, pero al menos se entiende.
"Pregunta: ¿De qué forma fue reforzado?

Respuesta: En cada fyking, o provincia, nombraron a nacionalsocialistas que habían sido especialmente seleccionados para apoyar a los nacionalsocialistas noruegos.

Pregunta: ¿Hubo otras medidas prácticas?

Respuesta: Eso se hizo en todos los dominios, incluso en el dominio de la propaganda; el Einsaustab puso propagandistas a su disposición. También hicieron esto en Oslo, en las oficinas centrales del Nasjonal Samling.

Pregunta: ¿Cómo trabajaban estos propagandistas?

Respuesta: Trabajaban estrechamente con propagandistas noruegos similares y les hacían sugerencias. Grele lo hacía en virtud de su doble cargo de Jefe de Propaganda del Reichskommissariat y de Jefe del Landesgruppe.

Pregunta: ¿Cuál era el método práctico?

Respuesta: Estas reuniones continuadas se llevaban a cabo a través de la cúspide de la jerarquía. Hubo un hombre especialmente nombrado para

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esto; primero Wegeler, después Neuman, después Schnurbusch, que tenía como misión reforzar las ideas nacionalsocialistas en el Nasjonal Samling.

Pregunta: En el Einsaustab había expertos de las diferentes ramas cuya tarea era contactar con noruegos y darles consejos útiles. ¿En qué dominios?

Respuesta: Había organizadores, y especialmente consejeros para Hird, líderes de las SA y las SS. Teníamos como jefe a un periodista, un propagandista, Herr Schnurbusch, hasta que se convirtió en líder del Einsatzstab, un financiero, un experto en cuestiones de bienestar social, al igual que el N.S.V. de Alemania".

El Tribunal observará en este documento el nombre de Schnurbusch como líder del Einsatzstab y del organismo dedicado al enlace e infiltración en el partido local. Voy ahora a citar un fragmento del interrogatorio de Schnurbusch, que está en la prueba RF 925.

EL PRESIDENTE: ¿Va a presentar estos documentos?

Sr. FAURE: Sí, Sr. Presidente.

EL PRESIDENTE: ¿Puede decir, para que figure en las notas taquigráficas, que los presenta como prueba?

Sr. FAURE: Discúlpeme. Querría señalar que presento la prueba RF 925, así como la 924, de la que acabo de hablar.

Esto es del interrogatorio de Heinrich Schnurbusch, líder del servicio de enlace del Reichskommissariat efectuado el 8 de enero de 1946 en Oslo:

"Pregunta: ¿Cómo trataron los departamentos alemanes de llevar a cabo esta transformación nacionalsocialista?"
Quiero indicarle al Tribunal que he omitido las tres primeras preguntas, ya que no son de mucho interés.
"Respuesta: Tratamos de reforzar este movimiento con todos los medios habituales usados para dirigir a las masas, de la misma forma que lo hicimos en Alemania. El Nasjonal Samling se aprovechó del hecho de que tenía a su disposición todos los medios de comunicación y propaganda. Pero pronto vimos que no se podría alcanzar el objetivo. Después del 25 de septiembre de 1940 el ambiente en Noruega cambió de un día para otro, cuando algunos Consejeros de Estado fueron nombrados Consejeros de Estado del N.S., y eso fue así porque la acción de Quisling en abril de 1940 fue considerada una traición.

Pregunta: ¿De qué forma ayudó a usted desde el punto de vista material al Nasjonal Samling en esta propaganda? ¿De qué forma aconsejó usted al Nasjonal Samling?

Respuesta: Durante el tiempo que ejercí mi cargo, cuando se iba a llevar a cabo una acción de propaganda, se coordinaba con la propaganda que se difundía en Alemania.

Pregunta: ¿Dio usted alguna instrucción al Nasjonal Samling?

Respuesta: No. En el tiempo que ejercí el cargo, el Nasjonal Samling trabajaba de manera autónoma en este dominio, e incluso en algunas cosas contrariamente a nuestros consejos. El Nasjonal Samling consideraba que entendía mejor la mentalidad noruega, pero cometió muchos errores.

Pregunta: ¿Puso a su disposición medios económicos?

Respuesta: Sin duda se proporcionó ayuda financiera, pero desconozco la cantidad exacta".

(Se hizo un receso).


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