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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 20 de noviembre al 1 de diciembre de 1945

Décimo Día: sábado, 1 de diciembre de 1945
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[Página 323]

DR. DIX: Sufrió la misma muerte de Canaris y Oster. Como información para el Tribunal, querría añadir que hice esta pregunta porque nombré testigo a Struenck, y el Tribunal le ha admitido como tal. Quería aprovechar esta oportunidad... pero si usted no le conocía, no seguiré haciéndole preguntas.

LAHOUSEN: En cuanto a la pregunta de si todavía vive, creo recordar que este hombre, al igual que otros a los que conocí, podría muy bien haber sido asesinado, pero no puedo ser más preciso en este punto.

[Página 324]

DR. FRITZ (abogado del acusado Fritzsche): Querría hacerle al testigo unas pocas preguntas.

INTERROGATORIO DEL DR. FRITZ:

P: Testigo, ¿sabe que el acusado Fritzsche, después de mayo de 1942, fue transferido al Sexto Ejército como militar, y que allí supo por primera vez de la existencia de una orden de ejecución y que recomendó al Comandante Supremo del Sexto Ejército, Paulus, que suspendiera esta orden dentro de la jurisdicción de su ejército y que diera a conocer esta decisión por medio de folletos arrojados sobre el frente ruso?

EL PRESIDENTE: Tenga cuidado y haga sólo una pregunta cada vez. Acaba de hacer tres o cuatro preguntas de un golpe. 

P (continuando): Sí, Señoría. ¿Sabe que Fritzsche le aconsejó a Paulus que anulara la orden en el área de su ejército?

R: Esa orden ya había sido dada a su ejército. ¿Sería tan amable de indicarme la fecha aproximada?

P: Fue durante la campaña de Rusia, como dije ayer. La mayoría de estas cosas ocurrieron en mayo de 1942.

R: No. En relación a Fritzsche, no lo sé. En relación con el nombre de Reichenau, que fue mencionado antes, recuerdo una conversación entre Reichenau y Canaris. Eso fue para mi algo muy interesante, y las ideas y juicio de Reichenau sobre cosas de esta conversación, en este círculo, en el que había presentes otros caballeros, demostraron que él era totalmente diferente de lo que me esperaba y de la opinión que tenía de él. No sé nada de esta cuestión en particular.

P: ¿Tampoco nada sobre el hecho de que Paulus ya entonces había anulado la orden dentro de la zona de su ejército?

R: No, nada relacionado con el nombre de Paulus, pero en general creo, como también mencioné ayer, que varios comandantes de ejército, cuyos nombres ya no recuerdo, todos esos nombres están registrados, y ya les he informado de ellos.

INTERROGATORIO DEL DR. KAUFFMANN (abogado del acusado Kaltenbrunner):

P: ¿Conoce a Kaltenbrunner?

R: ¿Kaltenbrunner? Vi a Kaltenbrunner una vez, un día que siempre quedará en mi memoria. También era la primera vez que se veían Canaris y Kaltenbrunner. Los hechos ocurrieron en Munich, en el Hotel Regina, y ese día dos jóvenes, un estudiante y su hermana, fueron arrestados y ejecutados. Habían distribuido panfletos en el auditorio de la Universidad de Munich. Leí el contenido de los panfletos y recuerdo que entre otras cosas se hacía un llamamiento a la Wehrmacht.

Puedo reconstruir fácilmente lo ocurrido aquel día. Fue la primera y la última vez que vi a Kaltenbrunner, cuyo nombre me era familiar. Por supuesto, Kaltenbrunner mencionó este tema a Canaris en presencia de testigos y todo el mundo estaba terriblemente impresionado por lo que había ocurrido, y Kaltenbrunner le habló de ello a Canaris de una forma tal que calificarlo de cinismo sería una descripción comedida. Es todo lo que puedo decir para responderle.

P: Kaltenbrunner afirma que Himmler mantuvo para si mismo plenos poderes ejecutivos, mientras que él estaba a cargo sólo de informar. ¿Concuerda esto con la conversación que usted acaba de mencionar?

R: Querría que usted me dijera qué relación tiene esto con el asunto de Kaltenbrunner y Himmler -el poder político que había en las SS, sólo he dado una simple descripción de este hecho- le puedo dar los nombres y las personas presentes, que sufrieron una gran impresión.

INTERROGATORIO DEL DR. BOEHM (abogado de la SA)

P: Se le preguntó ayer a usted si las órdenes sobre el trato a los prisioneros de guerra soviéticos eran conocidas por los líderes de las SA y otras organizaciones,

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y usted respondió que estas órdenes debieron ser conocidas por ellos, y querría ahora preguntarle quiénes eran estos líderes en aquel tiempo y cuáles eran sus nombres.

R: No sé quiénes eran ni sus nombres. También he dicho explícitamente ayer por qué dije eso. Estas órdenes deberían haber sido conocidas ambas por ellos y por un amplio círculo, a través de su ejecución y por supuesto a través de la vuelta de los heridos. El pueblo alemán tenía que saberlo.

P: En otras palabras, tan sólo es una opinión suya pero de ninguna manera un hecho basado en información.

R: No, no se basa en información. Nunca he hablado con ningún líder de las SA sobre ello. Nunca tuve nada que ver con ellos, y no creo que ninguno me conozca bien.

P: ¿Puede declarar esto, es decir, que las órdenes que se mencionaron ayer se dieron a cuerpos de las SA, destacando el término SA?

R: ¿Podría por favor volver a formular esa pregunta?

P: ¿Podría usted declarar si usted supo si el contenido de estas órdenes de las que se habló ayer fue enviado a cuerpos de las SA a través de los canales habituales?

R: No, no a través de los canales habituales, no, sino en la forma que he indicado anteriormentes en otras palabras, que miembros de las SA que también estaban en la Wehrmacht vieron realmente lo que ocurría, y cuando volvieron o se pusieron en contacto con ellos hablaron de los judíos como hacía todo el mundo. Sólo fue así.

P: ¿Sabe usted si miembros de las SA se encargaron de los prisioneros de guerra?

R: Dentro del marco de la utilización de las SA en la Wehrmacht, sí.

P: ¿Tiene alguna información personal sobre eso?

R: No, nunca he dicho eso. He dicho que ya había hablado de las SA.

P: Le he preguntado qué líderes de los cuerpos de las SA lo han sabido, y usted contestó que tenían que haberlo sabido.

R: Dije que los líderes de estas organizaciones, de esta forma, lo han sabido.

P: Y hoy le pregunto si cuerpos específicos de las SA habían recibido estas órdenes.

R: Sólo puedo repetir lo que dije ayer, y creo que fui muy claro en este punto, en otras palabras, cómo estas órdenes, que yo no leí, aunque conozco sus efectos de todas formas...

P: Puedo imaginarme cómo ocurrió esto, pero le he preguntado si usted sabe si realmente se dieron estas órdenes a las SA.

R: No.

P: ¿No lo sabe? ¿Sabe algo que demuestre que se utilizó a miembros de las SA para supervisar a los prisioneros de guerra, de acuerdo con su información personal?

R: Sí, porque yo mismo, en un visita al Grupo de Ejércitos Norte vi a un hombre de las SA que le dio una patada a un prisionero de guerra ruso, por lo que le reprendí. Seguramente esto aparece en algún lugar en mis archivos, así como unos hechos sobre un Arbeitsdienst Mann.

P: ¿Informó de alguno de estos incidentes a sus oficiales superiores?

R: Informé a mis oficiales superiores, y también elaboré informes sobre estos viajes, verbalmente o por escrito, y en muchas de estas ocasiones hubo discusiones.

P: ¿Tiene algo en sus archivos?

R: Sí.

P: ¿Puede ser tan amable de presentar esto?

(Conversación entre el abogado y el testigo en alemán no traducida).

R: Lo estoy buscando. Esto es sobre el Arbeitsdienst Mann, este documento.

[Página 326]

P: ¿No es sobre las SA?

R: No lo tengo aquí. Tendría que buscarlo.

P: ¿Existe alguna posibilidad de que usted pueda encontrar algún documento?

R: Tendría que obtener todo el material que tienen las autoridades americanas, y tendría que buscar detalladamente por esta posibilidad.

DR. GEORG BOEHM (abogado de las SA): Le pediré al Tribunal que lo haga posible en algún momento.

P (continuando): También querría preguntarle si tiene alguna otra información que demuestre que se hizo que miembros de las SA, de los que usted dijo anteriormente que eran empleados en tareas de supervisión, ejecutaran estas órdenes, con respecto a lo dicho sobre prisioneros de guerra rusos.

R: No, no personalmente.

P: Gracias.

DR. STAHMER (abogado de Goering): Querría pedirle al Tribunal que establezca una regla fundamental, si el acusado tiene también derecho a hacerle preguntas al testigo personalmente. De acuerdo con el Estatuto en alemán, Párrafo 16, creo que esto está permitido sin duda.

EL PRESIDENTE: El Tribunal estudiará la cuestión que usted ha planteado y le contestará más tarde.

SR. LETRADO JACKSON: La acusación de Estados Unidos desearía ser escuchada, estoy seguro, si hubiera alguna posibilidad de que ese punto de vista sea adoptado por el Tribunal.

EL PRESIDENTE: Quizás sea mejor entonces que le escuchemos ahora, Sr. Letrado Jackson.

SR. LETRADO JACKSON: Bien, creo que está muy claro que estas normas son mutuamente excluyentes. Todos tienen derecho a dirigir su propia defensa o disponer de la ayuda de un abogado. Ciertamente esto parecería más una actuación que un juicio si entramos en ese tipo de cosas. Al definir este Estatuto nos adelantamos a la posibilidad de que algunos de estos acusados, siendo ellos mismos letrados, pudieran dirigir su propia defensa. Si lo hacen, por supuesto, tendrán los mismos privilegios que un abogado. En cambio, si se aprovechan de los privilegios de tener abogado, alegamos que no tienen derecho a ser oídos en persona.

DR. STAHMER: Querría señalar una vez más que el párrafo 16(e), según mi opinión, apoya muy claramente mi punto de vista, y dice que el acusado tiene el derecho, sea personalmente o a través de su abogado, de presentar evidencias, y de acuerdo con el texto alemán está claro que el acusado tiene derecho a interrogar a los testigos llamados a declarar por la acusación.

EL PRESIDENTE: ¿Desea algún otro abogado alemán, abogado de los acusados, interrogar al testigo?

DR. SERVATIUS (abogado del acusado Sauckel): Querría señalar que según los formularios que el Tribunal nos ha dado, tanto el acusado como su abogado pueden presentar una alegación. Hay espacio para dos firmas en el cuestionario. Pido por tanto que el propio acusado tenga derecho a hablar en la sala.

EL PRESIDENTE: Lo que he preguntado es si algún otro abogado de los acusados desea interrogar al testigo. 

(El Dr. Boehm se aproximó al estrado).

EL PRESIDENTE: ¿Qué? ¿Puede ponerse los auriculares, por favor, a no ser que entienda el inglés?

¿Qué es lo que quiere preguntar ahora? Usted ya ha interrogado al testigo.

DR. BOEHM: Sí, le he interrogado, pero le he oído decir que tiene declaraciones escritas, que ha elaborado un informe sobre algo de lo que ha sido testigo. No puedo dar por terminado mi interrogatorio al testigo aún.

Querría presentar una alegación pidiendo que se permita al testigo de la acusación buscar en todos los informes y archivos y que nosotros podamos inspeccionar todo el material.

EL PRESIDENTE: Creo que su interrogatorio ha de concluir ahora.

DR. BOEHM: De acuerdo.

[Página 327]

EL PRESIDENTE: El Tribunal considera que sería mejor, si quiere presentar alguna otra alegación con referencia a este testigo, que lo haga por escrito más tarde. 

DR. BOEHM: Sí.

EL PRESIDENTE: Entonces, ya que ningún otro abogado de los acusados desea interrogar al testigo, el Tribunal se retirará ahora para estudiar la alegación presentada por el Dr. Stahmer: si un acusado tiene derecho a interrogar al igual que su abogado.

(Se hizo un receso).

EL PRESIDENTE: El Tribunal ha analizado cuidadosamente la cuestión planteada por el Dr. Stahmer, y sostiene que los acusados que son representados por abogados no tienen derecho a interrogar a los testigos. Tienen derecho a ser llamados como testigos ellos mismos y a hacer una declaración al final del juicio.

¿Desea la acusación formular alguna otra pregunta a este testigo como segundo interrogatorio?

CORONEL AMEN: Tan sólo una pregunta, Señoría.

EL PRESIDENTE: Hagan volver al testigo aquí.

EL ALGUACIL DE LA SALA: Se lo han llevado.

EL PRESIDENTE: ¿Se lo han llevado?

EL ALGUACIL: Correcto. Se lo llevó un capitán que lo trajo aquí al juicio. Han ido a buscarle ahora. 

EL PRESIDENTE: ¿Sabe lo lejos que puede estar?

EL ALGUACIL: No, Señoría, no lo sé. Lo averiguaré inmediatamente.

EL PRESIDENTE: Coronel Amen, ¿son las preguntas que quiere hacer de tal importancia para el Tribunal como para esperar a este testigo, o se le puede volver a llamar a declarar el lunes?

CORONEL AMEN: Creo que no son tan importantes, Señoría.

EL PRESIDENTE: Muy bien, entonces, se levanta la sesión, y se ha de saber que en el futuro ningún testigo abandonará, mientras se le esté interrogando, el recinto de este Juzgado, salvo orden del Tribunal.

CORONEL AMEN: No sé cómo ha ocurrido, Señoría, creía que seguía aquí.

(Se levantó la sesión hasta las 10 horas del 3 de diciembre de 1945).


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