[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
14 de febrero a 26 de febrero de 1946

Sexagésimo Primer Día: Lunes, 18 de febrero de 1946
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EL PRESIDENTE: Tengo que anunciar una decisión, y lo haré en este orden, en forma de párrafos.

Párrafo 1: El Tribunal no puede aceptar el párrafo 1 de la moción de la acusación sobre las pruebas de los acusados hecha el 11 de febrero de 1946 y ordena que, según el Artículo 24 (d) del Estatuto, la defensa de los acusados limitará sus pruebas a lo requerido para responder a los cargos presentados en la Acusación.

El Tribunal anunciará más adelante su decisión sobre los párrafos 2 a 5 de la moción de la acusación.

Párrafo 2: Con respecto al nombramiento de testigos, etc. por la defensa según el Artículo 24 (d) del Estatuto, mencionado en el párrafo 1 del memorándum del Dr. Stahmer presentado al Tribunal con fecha del 4 de febrero de 1946, el Tribunal da la siguiente orden:

Para evitar retrasos a la hora de hacer comparecer a testigos y obtener documentos, sin perjuicio del derecho de los acusados a presentar más pruebas al terminar la presentación del caso por parte de la acusación, la defensa de los acusados Goering, Hess, Ribbentrop y Keitel deberá entregar antes de las 5 p.m. del jueves 21 de febrero al Secretario General declaraciones por escrito con los nombres de los testigos que desean llamar a declarar y detalles de los documentos que quieren presentar como prueba, con un resumen de los hechos que probarán y una explicación de su relevancia.

El Tribunal les convoca el sábado 23 de febrero a las 10:00 horas, es decir, las 10 en punto, para escuchar argumentos sobre esas declaraciones en sesión abierta.

Párrafo 3: El Tribunal, a su debido tiempo, dará instrucciones sobre la presentación de declaraciones similares en nombre del resto de acusados.

Párrafo 4: El Tribunal anunciará más adelante su decisión sobre las demás cuestiones planteadas en el memorándum del Dr. Stahmer.

El Tribunal escuchará ahora la petición de la defensa de un receso.

PROFESOR KRAUS (en representación de los abogados de la defensa):

La defensa agradece la oportunidad concedida por el Tribunal para exponer con detalle las razones de su solicitud del 4 de febrero de un aplazamiento del proceso tras las conclusiones del caso presentado por la acusación.

Esta solicitud incluye varias sugerencias con las que la defensa ha tratado de conseguir una presentación simple, clara y lo más rápida posible, del caso.

Sólo unos pocos puntos de esta solicitud requieren más explicaciones.

A todos los acusados se les acusa de colaborar en una conspiración. Eso supuestamente significa que se acusa de todos los actos mencionados en este proceso, sin importar quién los cometiera ni contra quién, a todos los acusados, y que todos pueden ser procesados por todos y cada uno de estos actos. El abogado de un acusado puede encontrar alguna prueba que concierna en particular a su cliente, pero no hay nada que pueda ignorar por completo.

Dado que la mayoría de los abogados de la defensa están trabajando con un solo asistente, y a veces solos, es fácil entender la enormidad del trabajo que supone estudiar y analizar el material presentado diariamente por la acusación. Las necesarias conversaciones con los acusados ocupan las horas nocturnas y los días en los que no se celebra sesión. Estas conversaciones son además, debido a las medidas de seguridad que se han tomado, muy agotadoras.

Por tanto, está más allá de las capacidades de los abogados de la defensa,

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que tienen que asistir al juicio y trabajar continuamente con el material presentado en el juicio, hacer los preparativos intelectuales y técnicos que se pueden esperar en un juicio de tanta importancia como éste.

Aún no se ha terminado de presentar las pruebas. La acusación soviética presenta pruebas nuevas cada día. En opinión de la defensa, sólo se conseguiría una evaluación incorrecta del alcance e importancia de las acusaciones presentadas por la Delegación Rusa si se espera que la defensa concluya sus preparativos para la defensa antes incluso de que oigan las conclusiones del caso de la acusación.

Ya se ha informado al Tribunal por escrito de las dificultades que supone obtener pruebas. Se pueden citar unos pocos ejemplos, ejemplos que podría dar cualquier miembro de la defensa.

El pasado noviembre un abogado de la defensa solicitó que se llamara a declarar a cierto testigo que era decisivo para la presentación de su caso. La solicitud fue aprobada por el Tribunal. Aunque este testigo era un alto cargo alemán, no se logró averiguar hasta enero de este año en qué campo se encontraba encerrado. El testigo aún no se ha presentado en Nuremberg. Por tanto, este abogado no tiene por ahora ni idea de sobre qué cuestiones puede declarar este testigo, ni lo que declararía.

En numerosos casos no se ha podido averiguar el lugar de residencia de testigos cuya comparecencia en el juicio ha sido ordenada por el Tribunal en noviembre o diciembre del año pasado. La defensa no puede ayudar en la localización de testigos que, internados en campos Aliados de prisioneros de guerra, no han tenido oportunidad de dar información de su paradero. Se ha sugerido a algunos miembros de la defensa que deberían interrogar a testigos que no están en Alemania enviando cuestionarios que les permitirían ser interrogados al momento. Nadie ha enviado de vuelta contestados estos cuestionarios a los abogados de la defensa.

En el caso de los testigos que viven en Alemania, se ha pedido repetidas veces a la defensa que hagan ellos mismos el interrogatorio o que presenten una declaración escrita. Dado que no pueden moverse de Nuremberg durante las sesiones, sólo podrían llevar a cabo esta tarea durante un receso de cierta longitud.

Finalmente, un miembro de la defensa solicitó a primeros de noviembre permiso para presentar varios documentos indispensables para su caso. Estos documentos están en poder de uno de los firmantes del Estatuto. Han sido examinados por la acusación y la acusación los ha presentado como prueba ya que permiten incriminar al acusado en cuestión. El abogado de la defensa aún no tiene en su poder las partes que exoneran a su cliente.

Querríamos destacar de nuevo las dificultades puramente técnicas que provocan las copias mimeográficas y las múltiples traducciones...

EL PRESIDENTE: Un momento, Profesor Kraus. Usted ha mencionado un documento que ha dicho que es indispensable, que está en poder de una Potencia Firmante, ha sido examinado por la acusación y presentado como prueba, y dice que los acusados aún no lo tienen en su poder.

¿Cuál es la referencia de ese documento?

PROFESOR KRAUS : No, Sr. Presidente, es una recopilación de documentos de la que la acusación presentó la parte incriminatoria, pero nosotros, la defensa, aún no disponemos de la parte que exonera a los acusados.

El Dr. Kranzbuehler, que también se ha visto afectado por este caso, puede darle información más detallada.

EL PRESIDENTE: Bien, sé que hay una solicitud del Dr. Kranzbuehler, pero si realmente es una parte de un documento, el Tribunal ha dicho en varias ocasiones que si la acusación presenta una parte de un documento, el documento entero debe estar a disposición de la defensa para que puedan criticar y comentar cualquier otra parte que pueda arrojar luz sobre la parte del documento presentada como prueba.

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PROFESOR KRAUS: No se trata de un solo documento, sino de todo un grupo de documentos, y el Dr. Kranzbuehler sólo quiere tomar de este grupo los documentos que le ayudarían a exonerar a su cliente tras ver los documentos incriminatorios presentados por la acusación.

EL PRESIDENTE: Puede continuar.

PROFESOR KRAUS: La defensa agradece a la acusación la buena disposición que ha mostrado para ayudarnos en cuestiones técnicas. Las grandes dificultades que la misma acusación ha sufrido en este aspecto y que han llevado a repetidas discusiones ante el Tribunal muestran sin embargo que una solución eficiente de este problema requiere una cantidad de tiempo adecuada. La defensa considera importante garantizarle al Tribunal su disposición y su determinación para no prolongar el juicio innecesariamente. Sin embargo, opinamos que una preparación inicial inadecuada llevará a un retraso en la presentación de la defensa, y los resultados subsiguientes podrían no ser suficientes para permitirle al Tribunal pronunciar un veredicto justo.

La defensa considera que está de acuerdo con el Tribunal en que este juicio, tan importante en la Historia de la Humanidad, debería llevarse a cabo con la paz y reflexión que hasta ahora han caracterizado su transcurso. Por otro lado, no se debería dar una importancia inadecuada a la comprensible impaciencia de los que insisten en un final rápido del juicio. En este sentido la defensa solicita a la acusación que apoye su solicitud. El receso solicitado, de por ejemplo tres semanas, no se puede considerar poco razonable en vista de todo el tiempo que la acusación ha previsto para completar su caso. La concesión de este receso, por otro lado, compensaría el hecho de que la defensa se encuentra en la presentación de su caso en una situación muy difícil, tanto espiritual como materialmente. Se debería mencionar que algunos de nosotros apoyamos la solicitud de hoy en contra de la opinión de los acusados a los que representamos, que desean que este proceso termine rápido. Consideramos que sólo debemos responder ante nuestra conciencia y nuestro deber profesional como abogados de la defensa.

Solicito por tanto al Tribunal que tome nota de que, tras un análisis serio y detallado, mis colegas y yo, sin excepción, estamos convencidos de que un receso de digamos tres semanas es el tiempo mínimo que consideramos esencial para una preparación adecuada de la defensa.

EL PRESIDENTE: Dr. Kraus, el Tribunal querría saber, si puede responder a esta pregunta, si la defensa ha decidido ya, o casi decidido, qué testigos quiere llamar a declarar; si ya han aclarado, al menos hasta ahora, qué testigos quieren llamar a declarar.

PROFESOR KRAUS: No puedo responder a esa pregunta, ya que es necesario averiguarlo. Querría preguntarle a mis colegas. Los casos que conozco varían de un abogado a otro. Algunos de los abogados de la defensa están más o menos preparados, otros no.

SIR DAVID MAXWELL FYFE: Con la venia, creo que sería conveniente que interviniera en la admirablemente clara exposición del Profesor Kraus pidiéndole al Tribunal que dirija su atención a dos aspectos del asunto: primero, lo que el Profesor Kraus ha llamado preparación intelectual, y segundo, las necesidades mecánicas para la presentación de la defensa.

En cuanto al primer punto, llamo la atención del Tribunal sobre la forma en la que se explica en la solicitud por escrito firmada por el Dr. Stahmer, que es la que ha seguido casi en su totalidad hoy el Profesor Kraus. Dice que es necesario un aplazamiento para preparar la defensa tras la conclusión de la Acusación, es decir, del caso de la acusación; en segundo lugar, que la defensa no ha tenido hasta ahora tiempo de preparar su defensa de una forma que garantice un proceso sin incidentes; y en tercer lugar, una o dos líneas más abajo, que siendo justos, no se puede esperar de la defensa que puedan responder al momento.

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Solicito respetuosamente al Tribunal que preste atención a algunas cuestiones de fechas.

La Acusación de este proceso se presentó el 18 de octubre, hace exactamente cuatro meses. Se dio a conocer de inmediato a los acusados el contenido de la Acusación, y es un documento de suficiente relevancia pública como para permitir afirmar que la defensa conoció con mucha rapidez sus contenidos generales.

Ese día el General Nikitchenko, presidiendo este Tribunal, dijo en Berlín: "Se ha de entender que el Tribunal, que según el Estatuto debe garantizar que se hará un proceso expeditivo al tratar los cargos presentados, no permitirá que haya ningún retraso ni en la preparación de la defensa ni del juicio".

Le recuerdo al Tribunal que la Acusación contiene posiblemente más detalles concretos que ninguna otra acusación en la historia del Derecho.

El tercer punto es que se enviaron listas preliminares de documentos al Centro de Información de los Acusados el 1 de noviembre. El archivado de documentos preliminares, no completo pero con un total de varios centenares, se hizo el 15 de noviembre. Exceptuando al Dr. Bergold, abogado del acusado Bormann, todos los abogados que representan a acusados individuales fueron nombrados antes del 10 de noviembre.

Después ha habido cuatro discursos detallados de la acusación que han explicado el alcance y los puntos destacados del caso de la acusación. Todo abogado experimentado sabe que el discurso de apertura que expone los puntos destacados es una de las cuestiones más importantes para la defensa.

Como dijo el Profesor Kraus, desde primeros de noviembre se han solicitado testigos. Trataré después algunos puntos concretos, pero querría decir en general que cualquiera que haya leído estas solicitudes habrá visto que la defensa ya desde una fecha temprana no sólo ha entendido el caso al que tienen que responder, sino además el planteamiento que quieren hacer.

Mi punto siguiente es que tras haber oído practicamente todo el caso planteado con los Cargos Primero y Segundo, el Plan Común y la Guerra de Agresión, los acusados dispusieron de un receso de doce días en Navidad, y el Presidente me indicó que en parte esto se hizo para ayudarles.

Creo que es un comentario justo decir que la mayoría de nosotros hemos estado implicados en bastantes juicios en los que han estado en juego vidas de hombres y en los que nunca se planteó ni de lejos la cuestión de un receso. Esto también es aplicable aquí.

Mi punto siguiente es que en los Cargos Primero y Segundo, el Plan Común y la Guerra de Agresión, los casos contra los acusados individuales fueron coordinados y los documentos relevantes agrupados en las presentaciones individuales. En todos los casos la defensa de los acusados tuvo a su disposición estos documentos e informes judiciales como muy tarde a mediados de enero. Todas las presentaciones excepto cuatro terminaron el 17 de enero. El juicio ha continuado después con las presentación del Sr. Dubost, el Sr. Quatre, y mis colegas soviéticos. Además, las transcripciones, de las que todos los acusados reciben una copia en alemán, indican el peso e importancia que la acusación da a los diferentes casos individuales.

Todos sabemos por experiencia propia que no se puede preparar una defensa en un juicio sin trabajar durante largas horas por la noche, pero quiero decirle al Tribunal que la ayuda que se ha proporcionado y el tiempo que se ha concedido es excepcional en este caso.

Quiero tratar mucho más brevemente el aspecto mecánico, ya que el Profesor Kraus ha sido justo y bondadoso y ha indicado que la acusación ha colaborado. Y quiero decir que estamos plenamente preparados, cuando surja alguna cuestión relativa a la copia fotostática de un documento alemán, o con la copia mimeográfica o reproducción de un documento de cualquier otra manera, o relativa a proporcionar más ayuda administrativa, para ir más allá de lo que ya hemos hecho para satisfacer cualquier petición que se nos haga con todo lo que permitan nuestras capacidades.

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Ahora quiero tratar el punto esencial que ha planteado el Profesor Kraus, que la acusación ha tenido mucho tiempo para preparar y desarrolar su caso, y que a la defensa le corresponden los mismos derechos.

Alego respetuosamente que hay una diferencia esencial entre el caso de la acusación y el de la defensa. La acusación debe abarcar todo; la defensa selecciona los asuntos con los que querrá luchar.

Con todo el respeto, no estoy de acuerdo con la afirmación del Profesor Kraus de que esto se vea alterado por el hecho de que estamos tratando un cargo de conspiración. Sea o no un cargo de conspiración, hay ciertos hechos que no se discuten. Hay ciertos hechos que, como indica el memorándum del Dr. Stahmer, será objeto de argumentos legales o discusiones sobre el verdadero sentido que se les puede dar, y el hecho de que un caso se base en una conspiración no altera el hecho de que ciertoas asuntos serán rebatidos con pruebas, y otros no.

Yo mismo no he visto nada que sugiera, por ejemplo, que el restablecimiento de la fuerza militar en Alemania, la ocupación de Renania, el Anschluss de Austria, la existencia y condiciones de los campos de concentración, o muchas de las acciones de ciertas divisiones de las SS y organismos dirigidos por Himmler, vayan a ser rebatidos, ya que la defensa ha tenido la oportunidad de interrogar a testigos sobre muchas de estas cuestiones, y estos interrogatorios no han rebatido nada.

No planteo ninguna objeción por el momento ni quiero tratar la decisión del Tribunal esta mañana, que por supuesto, acepto con total lealtad, pero espero que el Tribunal no piense que no es correcto que mencione como explicación que la acusación deseaba que la defensa eliminara las cuestiones en disputa y que habría estado dispuesta, por lo que respecta a nosotros, a aceptar que se concediera cierto tiempo para ese fin. Pero los acusados han dicho, e insisto, no es ninguna protesta, que no están preparados para ello. Por tanto, desaparece la razón que justificaría el aplazamiento.


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