[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
14 de febrero a 26 de febrero de 1946

Sexagésimo Día: Viernes, 15 de febrero de 1946
(4 de 8)


[Página 56]

EL PRESIDENTE: El Tribunal considera que si ya se ha leído un documento, no se debe leer otra vez.

CORONEL SMIRNOV: Creo que este fragmento en particular no se leyó ante el Tribunal. El documento fue presentado el 19 de diciembre de 1945 como 1919-PS. Pero este fragmento en particular que quería citar ahora no se leyó ante el Tribunal. Sólo son seis líneas.

EL PRESIDENTE: Bien, por supuesto, si lo ha comprobado y puede afirmarlo con certeza, sin duda, puede leerlo.

CORONEL SMIRNOV: He examinado la transcripción y no he encontrado este fragmento. Por tanto, considero que no se ha leído ante el Tribunal. Me limitaré literalmente a seis líneas.

EL PRESIDENTE: Bien, mejor continúe y cítelo, porque estas interrupciones requieren mucho tiempo.

CORONEL SMIRNOV: Esta es la cita: "El que otras naciones vivan prósperamente o se mueran de hambre sólo me interesa en la medida de nuestra necesidad de ellas como esclavas para nuestra cultura. Salvo eso, no me interesan. No me importa que 10.000 mujeres rusas mueran agotadas cavando una trinchera antitanque mientras la trinchera antitanque quede acabada".

Ya se ha presentado un documento al Tribunal que demuestra que la legalización de los asesinatos en masa y del exterminio de la población pacífica de la Unión Soviética llevados a cabo por el Ejército con el fin de aterrorizar a la población fue comenzada por Hitler y su banda en una fecha tan temprana como el 13 de mayo de 1941, es decir más de un mes antes del comienzo de la guerra.

En este caso les remito a una directriz bien conocida por el Tribunal. Esta directriz fue promulgada por Keitel y se titula: "Aplicación de la jurisdicción militar en la Región Barbarroja y medidas especiales del ejército". La fiscalía americana ya leyó ante el Tribunal este documento como prueba USA 50 el 7 de enero de 1946. No lo citaré porque creo que el Tribunal lo conoce bien. Tan sólo quiero recordarle al Tribunal que niega categóricamente la necesidad de demostrar la culpabilidad; la sospecha era suficiente para aplicar una condena a muerte. Se creó un sistema oficial de responsabilidad conjunta y represión masiva. Además, se decía que el "sospechoso" debía ser exterminado en todos los casos.

Esto se dice claramente en el párrafo 5 de la primera sección de la directriz.

EL PRESIDENTE: Haremos un descanso ahora.

(Se hizo un descanso hasta las 14 horas).

CORONEL SMIRNOV: De acuerdo con sus instrucciones, Sr. Presidente, omito documentos que ya se han presentado al Tribunal y cito un documento presentado al Tribunal ayer por mi colega el Coronel Pokrovsky como prueba URSS 3. Es el informe de la Comisión Estatal Extraordinaria titulado "Directrices y órdenes del Gobierno Hitleriano y del Mando Militar Alemán sobre el Exterminio del pueblo soviético".

Mi colega leyó ante el Tribunal ayer un breve fragmento de la cuarta edición de este documento sobre las ejecuciones en masa, las llamadas "ejecuciones" en campos, donde había internados tanto civiles como prisioneros de guerra. Dado que ya se ha leído esta sección, la omito y paso a otras secciones de este informe que hablan de la organización por parte de los criminales fascistas alemanes desde los primeros días de la guerra con la Unión Soviética de los llamados "Sonderkommandos", batallones especiales.

El documento que estoy citando habla de la organización de Sonderkommandos en los campos, en los que había internados tanto prisioneros de guerra como civiles.

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Cito este fragmento porque el término "Sonderkommando" adquirió un terrible significado para la población civil de los territorios temporalmente ocupados de la Unión Soviética. Era una de las organizaciones más crueles y más brutales jamás creadas por los fascistas alemanes para el exterminio en masa de seres humanos.

Solicito al Tribunal que examine la página 207 del libro de documentos, columna 1 del texto:

"Es evidente por los documentos descubiertos que incluso antes del ataque a la URSS los carniceros de Hitler elaboraron listas e índices y recopilaron la información necesaria sobre los trabajadores soviéticos cuyos planes sedientos de sangre habían condenado al exterminio. De esta manera prepararon lo siguiente: 'Índices Especiales para la URSS'; 'El Índice Alemán'; listas para averiguar domicilios; y otros índices y listas de la misma clase que facilitarían el trabajo de los asesinos hitlerianos en el exterminio de círculos progresistas de la población de la URSS".
Sin embargo, el documento titulado "Apéndice nº 2 a la Orden de Operaciones nº 8 de los Jefes de la Sipo y el SD, Berlín", del 17 de julio de 1941, y firmada por Heydrich, que era por aquel entonces el adjunto a Himmler, destaca las carencias de esas listas e índices y señala la importancia de no poner trabas a la iniciativa de los que perpetraban los asesinatos. El documento dice:
"No hay posibilidad de prestar ninguna ayuda a los 'Kommandos' para la ejecución de su misión. El 'Índice Alemán', las 'Listas para la Averiguación de Domicilios' y los 'Índices Especiales para la URSS' sólo son útiles en unos pocos casos. Los 'Índices Especiales para la URSS' son por tanto insuficientes, ya que sólo se ha incluido en estos archivos a un número insignificante de ciudadanos rusos soviéticos considerados peligrosos".
Omito un párrafo y continúo:
"Para la ejecución de sus planes criminales las autoridades alemanas de ocupación crearon 'Sonderkommandos' en los campos de tránsito y los campos permanentes para prisioneros de guerra en territorio alemán, en el llamado 'Gobierno General' polaco y en el territorio temporalmente ocupado de la Unión Soviética".
Omito los siete párrafos siguientes y sigo citando en la páginan 207 del libro de documentos, párrafo 6, columna 2 del texto:
"El procedimiento de formación del 'Sonderkommando' se describe en el Apéndice 1 de la Orden de Operaciones nº 14 del Jefe de la Sipo y el SD (marcada como Alto Secreto del Estado, copia nº 15).

La formación de los 'Sonderkommandos' de la Sipo y el SD se lleva a cabo según el acuerdo del 7 de octubre de 1941 alcanzado entre el Jefe de la Sipo y el SD por un lado y el OKW por el otro.

En virtud de sus poderes especiales, los 'Kommandos' actuarán independientemente de acuerdo con directrices generales, dentro del ámbito de las normas de campaña. Los 'Kommandos', por supuesto, mantendrán un estrecho contacto con los comandantes en campaña y con los oficiales del Servicio de Inteligencia".

Omito el texto siguiente y sigo citando en la página 208 del libro de documentos, párrafo 1. El Tribunal observará la gran importancia que el Liderazgo del Reich le daba a la creación de estas organizaciones policiales extremadamente peligrosas. Los "Sonderkommandos" actuaron desde la ciudad de Krasnogvardeisk (un suburbido de Leningrado) hasta la ciudad de Nikolaiev, en el Mar Negro. Sigo citando:
"La orden del Jefe de la Sipo y el SD del 29 de octubre de 1941 sobre la organización de los 'Sonderkommandos' se envió a los grupos de operaciones de Krasnogvardeisk, Smolensk, Kiev y Nikolaiev, y para su información, a Riga, Moghiliev y Krivoy Rog".
También querría señalar que durante su ataque a Moscú, los hitlerianos

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organizaron en Smolensk un "Sonderkommando Moscú" especial que se iba a encargar del asesinato en masa de ciudadanos de Moscú.

Se ha hecho mención anteriormente a los amplios poderes concedidos a los "Sonderkommandos". En el documento que estoy citando se dice:

"La misión de los 'Sonderkommandos' está definida en el Apéndice a las directrices de la Orden de Operaciones nº 8 adscritas al Decreto nº 8 de los Jefes de la Sipo y el SD, fechadas en 'Berlín, 17 de julio de 1941', que, con el pretexto de 'investigar cuidadosamente a civiles y prisioneros de guerra capturados en la Campaña Oriental' indican que:
El carácter especial de la campaña oriental requiere medidas especiales que se llevarán a cabo bajo responsabilidad personal y fuera del rango de cualquier influencia burocrática".
Omito el fragmento siguiente de este documento, ya que es una simple repetición de las normas básicas que ya he leído ante el Tribunal.

Tras lanzar su guerra criminal, los hitlerianos la utilizaron para llevar a cabo el exterminio masivo de civiles inocentes de la Unión Soviética y de los países de Europa Oriental. Ya he leído ante el Tribunal varios documentos que exponen el carácter de los asesinos hitlerianos y las características de sus crímenes. Esto incluía la formación de grandes unidades criminales especialmente adiestradas por los líderes de la banda hitleriana. Sin embargo, todo criminólogo sabe que no basta con crear estas hediondas bandas criminales, es esencial que una vez se ha perpetrado el crimen, el criminal sienta que ha actuado con total impunidad. Para que los crímenes planeados por los principales criminales fueran perpetrados en su monstruosa totalidad, se hizo necesario crear para los criminales menores una atmósfera de total impunidad. De acuerdo con sus deseos, Sr. Presidente, no citaré el documento ya leído ante el Tribunal como C-50 por la acusación americana y titulado "Instrucciones Relativas a la Aplicación de la Ley Marcial y Medidas Especiales a adoptar por el Ejército en el Àrea 'Barbarroja' ". Pero considero que el contenido de este documento se debería tener presente en todo momento, ya que si no se comprende claramente su significado, es casi imposible entender los crímenes perpetrados por los criminales hitlerianos en el territorio de la Unión Soviética.

Esta orden firmada por Keitel pero dada en nombre de Hitler fue aceptada por todos los soldados y todos los oficiales del Ejército fascista como una orden personal de Hitler. Las conclusiones que la soldadesca alemana extrajo de esta orden de Keitel se ven confirmadas por un comunicado de la Comisión Estatal Extraordinaria que citaré ahora. Habla de las atrocidades cometidas en la ciudad de Minsk por los invasores fascistas alemanes.

Presento este documento al Tribunal como prueba URSS 38. Contiene un fragmento del testimonio del Presidente del Tribunal Militar de la 267ª División de Rifles Alemana, el Capitán Julius Reich. Querría pedirle al Tribunal que pase a la página 215 del libro de documentos.

Cito el texto del comunicado de la Comisión Estatal Extraordinaria sobre el testimonio de Julius Reich:

"Según una orden de Hitler, los soldados alemanes no podían ser sometidos a consejo de guerra por actos cometidos contra ciudadanos soviéticos. El soldado sólo podía ser castigado por el comandante de su unidad si éste consideraba necesario un castigo. Esta misma orden concedía derechos aún más amplios a todos los oficiales del Ejército Alemán. Podían destruir a la población rusa según su criterio.

El comandante tenía derecho a aplicar medidas de castigo contra la población civil: se le permitía quemar pueblos y ciudades enteros, robarle a la población suministros y ganado y, bajo su responsabilidad, deportar a ciudadanos soviéticos a Alemania para que trabajaran como esclavos. La orden de Hitler fue comunicada

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a todos los soldados del Ejército Alemán en vísperas del ataque a la Unión Soviética. De acuerdo con la orden de Hitler, los soldados alemanes, bajo el mando de sus oficiales, cometieron toda clase de atrocidades".
Pero hasta esto le pareció insuficiente a los líderes hitlerianos. En 1942 consideraron necesario volver a confirmar con una cruda directriz que no toleraba excepciones que cualquier crimen perpetrado por la soldadesca fascista alemana contra la población civil de la Unión Soviética quedaría totalmente impune. Los líderes militares y del Reich destacaron especialmente que las atrocidades cometidas quedarían sin castigo incluso aunque las víctimas de estas atrocidades fueran mujeres y niños.

EL PRESIDENTE: ¿Cuál es la referencia de lo que usted ha llamado "una cruda directriz"?


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