[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes de guerra, crimes contra la humanidad

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
14 de febrero a 26 de febrero de 1946

Sexagésimo Día: Viernes, 15 de febrero de 1946
(2 de 8)


[continúa el CORONEL L. N. SMIRNOV]

[Página 45]

La ofensiva del Frente Occidental que comenzó el 10 de mayo de 1940 distrajo la atención de la opinión pública mundial sobre los crímenes cometidos bajo la dirección personal de Frank, y permitió a Frank hacer que se condenara a muerte a varios miles de intelectuales y líderes polacos en consejos de guerra y que fueran exterminados.

Cito las declaraciones de Frank en la reunión policial celebrada el 30 de mayo de 1940 en la que se decidió llevar a cabo este crimen. Comienzo la cita en la página 86 del libro de documentos, sexto párrafo:

"La ofensiva occidental comenzó el 10 de mayo. Ese día el centro de interés dejó de estar en los acontecimientos que tienen lugar aquí. A mi me es completamente indiferente si

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los hechos que una propaganda atroz e informes mentirosos distribuidos por todo el mundo nos atribuyen a las autoridades nacionalsocialistas de estos distritos preocupaban a los americanos, los franceses, los judíos, o incluso al Papa. Pero era terrible para mi y para todos nosotros que nos dijeran incesantemente durante todos estos meses el Ministerio de Propaganda, el Ministerio de Asuntos Exteriores, el Ministerio de Interior e incluso el Ejército que teníamos un régimen asesino, que nuestros crímenes debían cesar, etc.

Y tuvimos que decir, por supuesto, que dejaríamos de hacerlo.

También teníamos claro que en ese momento, bajo el punto de mira del mundo entero, no podíamos hacer nada de ese tipo a gran escala.

Pero desde el 10 de mayo nos es indiferente esa propaganda de atrocidades. Debemos aprovechar la oportunidad que tenemos a mano".

Omito dos párrafos y sigo con la cita:
"Admito francamente que esto le costará la vida a miles de polacos y que serán seleccionados principalmente los miembros más destacados de la intelectualidad polaca.

En estos tiempos, como nacionalsocialistas estamos obligados a garantizar que el pueblo polaco no ofrecerá más resistencia".

Llamo la atención del Tribunal sobre esta frase en concreto:
"Soy consciente de la responsabilidad que estamos asumiendo con esto".
Omito un párrafo y sigo citando, el Tribunal encontrará el texto en la página 86 del libro de documentos, quinto párrafo.
"Además, el Obergruppenführer de las SS Kruger y yo hemos decidido que se deberían acelerar las medidas.

Caballeros, les pido que tomen las medidas más rigurosas posibles para ayudarnos en esta misión. Por mi parte, haré todo lo que esté en mi mano para facilitar su ejecución.

Apelo a ustedes como campeones del nacionalsocialismo, y seguro que no necesito decir nada más. Llevaremos a cabo esta medida y puedo decirles en confianza que actuaremos cumpliendo órdenes del Führer. El Führer me dijo que el control de la política alemana en el Gobierno General y su establecimiento sobre una base firme es una cuestión que recae personalmente en los hombres que dirigen el Gobierno General.

Se expresó de la siguiente manera: 'Los hombres con capacidades de liderazgo que hemos encontrado en Polonia han de ser liquidados. Los que les sucedan deberán ser a su vez eliminados'.

No hay necesidad de hacer cargar al Reich y a la policía del Reich con esto. No hay necesidad de enviar a estos elementos a campos de concentración del Reich, y al hacerlo vernos envueltos en disputas y correspondencia innecesaria con sus familiares y conocidos. Liquidaremos nuestras dificultades en el mismo país y lo haremos de la forma más simple posible".

Concluyo esta cita y paso a la página 87, segundo párrafo. Creo que esta cita es importante porque fue precisamente Frank, como prueba el diario, el que pensó por primera vez en la creación de campos de concentración especiales, después conocidos oficialmente como "Vernichtungslager" o "Campos de Exterminio".

Cito del mismo discurso de Frank, página 9, primer párrafo:

"En cuanto a los campos de concentración, sabemos muy bien que realmente no se crearán en el Gobierno General. Todas las personas sospechosas han de ser liquidadas de inmediato. Se nos deben entregar los internos del Gobierno General que se encuentran en este momento en campos de concentración del Reich para operaciones AB o para ser liquidados sumariamente".
Sigo citando ese mismo discurso, en la sección "fragmentos adicionales del diario de Hans Frank sobre el año 1940". El Tribunal encontrará este texto

[Página 47]

en la página 94 del libro de documentos, quinto párrafo:
"No podemos hacer que los campos de concentración del Reich se hagan cargo de nuestros asuntos. Tuvimos grandes problemas con los profesores de Cracovia. Si hubiéramos hecho las cosas desde aquí habría sido diferente. Por esta razón, les pido con la máxima urgencia que no envíen a más personas a campos de concentración del Reich y que los liquiden aquí o impongan penas según las normas. Cualquier otro método es una carga para el Reich y una fuente de problemas perpetua. Aquí tenemos un método de tratamiento enteramente distinto y debemos seguirlo. Debo señalar expresamente que incluso si se firmara la paz, no se cambiaría este tratamiento. La paz sólo significará que como potencia mundial tendremos que aplicar aún más intensamente las mismas operaciones políticas generales".
Considero oportuno llamar la atención del Tribunal sobre el hecho de que todos los principales campos de exterminio estaban ubicados en el territorio del Gobierno General.

Los crímenes fascistas seguían ciclos y variaban en dimensiones, y si en 1940 Frank dio un largo discurso ante los policías justificando las llamadas "acciones" contra varios miles de intelectuales polacos, el 18 de marzo de 1944 en su discurso ante el Reichstag afirmó, cito en la página 93 del libro de documentos, tercer párrafo:

"18 de marzo de 1944. Discurso ante el Reichstag. Dr. Frank: Si hubiera ido y le hubiera dicho al Führer: 'Führer, tengo que informarle de que he destruido a otros 150.000 polacos', habría dicho: 'Muy bien, si era necesario...' ".
Este fascista especialista en cuestiones legales aniquiló a tres millones de judíos en el territorio de su jurisdicción, que estuvo sólo temporalmente en manos de los invasores fascistas. Cito ahora un discurso de Frank en una reunión de negocios de los portavoces del NSDAP en Cracovia celebrada el 4 de marzo de 1944, y el Tribunal encontrará este fragmento en la página 93 del libro de documentos, segundo párrafo:
"Dr. Frank: Si hay algún alma afligida que se lamenta por el destino de los judíos y dice, con lágrimas en sus ojos: '¿No es terrible lo que se le está haciendo a los judíos?', deberíamos preguntarle si aún opina lo mismo ahora. Si tuviéramos por un lado a dos millones de judíos continuando con sus actividades y por el otro a los pocos alemanes que hoy hay en el país, ya no tendríamos el control de la situación. Los judíos son una raza que debe ser erradicada. Cuando cogemos a uno, es su fin".
Paso a la parte del diario de Frank...

EL PRESIDENTE: Haremos un descanso ahora.

(Se hizo un receso).

CORONEL SMIRNOV: Sr. Presidente, he recibido información de nuestro personal según la cual les han entregado las 11 páginas que no se añadieron al texto en inglés. ¿Es cierto, Señoría?

EL PRESIDENTE: Sí.

CORONEL SMIRNOV: Cito el diario de Frank, el texto que el Tribunal encontrará en la página 93 del libro de documentos, segundo párrafo bajo el título: "Reunión de líderes políticos del NSDAP en Cracovia, 15 de enero de 1944". Comienza así:

"Dr. Frank: No dudo en decir que por cada alemán muerto, se debería fusilar a hasta cien polacos".
En estos oscuros días el pueblo polaco consideraba que las víctimas de Frank y sus matones eran mártires.

Esa, creo, es la razón por la que el 16 de diciembre de 1942, en una reunión gubernamental en Cracovia, cito fragmentos del diario, página 92 del libro de documentos, tercer párrafo después del título, Frank dijo:

[Página 48]

"Debemos estudiar si por razones prácticas se deberían llevar a cabo las ejecuciones lo más lejos posible del lugar en el que se intentó asesinar a un alemán. Se podría también considerar si se han de escoger lugares especiales para las ejecuciones, ya que se ha visto que la población polaca acude en masa a los lugares de ejecución, accesibles a todo el mundo, con el fin de llenar recipientes con la tierra manchada de sangre y llevarlos a la iglesia".
Llamé su atención sobre el diario de Frank, Señorías, porque era una de las personas más estrechamente vinculadas a Hitler y porque este famoso y "docto" jurista del fascismo era un alter ego positivo de aquellos que cortaban cuerpos de niños en dos en el Campo de Yanov. Además, fue uno de los creadores de esa parte de las leyes de los fascistas alemanes que impedía completamente que se hiciera justicia.

A fin de cuentas, toda la miserable sabiduría jurídica de Mein Kampf se puede reducir básicamente a una maligna fórmula, "la fuerza es el derecho". Estudié este libro y no encontré otro sentido en el texto. Cito la sexagésima cuarta edición, página 740.

Frank fue para Hitler ese necesario duende maligno de la jurisprudencia que Hitler requería para revestir de formas legales las teorías inhumanas del fascismo. Para demostrar lo lejos que llegó la profanación de las ideas básicas de justicia incorporadas en los códigos penales y civiles de todos los pueblos civilizadas, presento al Tribunal la copia original de una de las directrices de Frank publicadas en el boletín oficial del Gobernador General de 1943. La fecha es 2 de octubre de 1943, y la delegación soviética la presenta al Tribunal como prueba URSS 335. El Tribunal encontrará el documento citado en la página 95 del libro de documentos.

Cito el documento completo:

"Decreto

Medidas contra los ataques a obras de construcción alemanas en el Gobierno General, promulgadas el 2 de octubre de 1943.

En aplicación del párrafo 5 de la Sección Primera del decreto del Führer del 12 de octubre de 1939 (Reichsgesetzbl.1 2077), decreto hasta nueva orden:

Párrafo 1.

(1) Aquellos que no sean alemanes y quebranten leyes, decretos, normativas oficiales u órdenes con la intención de dificultar o interferir en las obras de construcción alemanas en el Gobierno General serán condenados a muerte.

(2) Las Sección 1 no es aplicable a ciudadanos de países aliados del Gran Reich Alemán o de aquellos países que no están en guerra con el Reich.

Párrafo 2.

El instigador y los cómplices serán considerados tan culpables como el perpetrador; se aplicará la misma pena tanto a los intentos de ataque como a los ataques con éxito.

Párrafo 3.

(1) Los tribunales sumarios de la policía serán competentes para juzgar estos casos.

(2) El tribunal sumario de la Policía de Seguridad puede transferir el asunto a la Fiscalía Alemana si hay razones especiales que lo justifiquen.

Párrafo 4.

Los tribunales sumarios de la Policía de Seguridad estarán formados por un Führer de las SS perteneciente a la oficina del Comandante de la Policía de Seguridad y del Servicio de Seguridad y por dos miembros de la oficina.

[Página 49]

Párrafo 5.

(1) Se registrará por escrito lo siguiente:

1. Los nombres de los jueces.
2. Los nombres de aquellos a los que se aplica la sentencia.
3. Las pruebas en las que se basó la sentencia.
4. El delito.
5. La fecha en la que se anunció la sentencia.
6. La fecha en la que se aplicó la sentencia.
(2) En asuntos no cubiertos por los puntos anteriores, el Tribunal Sumario de la Policía de Seguridad decidirá el procedimiento a seguir tras un estudio adecuado.

Párrafo 6.

Las sentencias dictadas por el Tribunal Sumario de la Policía de Seguridad se aplicarán sin demora.

Párrafo 7.

En los casos en los que un delito contra los Párrafos 1 y 2 de este decreto constituya otro delito que debe ser juzgado por el Tribunal Sumario, se aplicarán sólo los párrafos de este decreto relativos a procedimiento.

Párrafo 8.

Este decreto entrará en vigor el 10 de octubre de 1943.

Cracovia, 2 de octubre de 1943,
el Gobernador General

FRANK".

De esta forma, el punto uno del primer párrafo establecía una condena única, la pena de muerte, para prácticamente cualquier acto de un "no alemán", sin importar si esa acción era clasificada por los Señores Supremos Alemanes como un quebrantamiento de la ley o un quebrantamiento de una orden administrativa.

Se aplicaba la misma pena a cualquier intento de cometer acciones similares, con lo que los funcionarios de policía podían incluir prácticamente cualquier acto o palabras de una persona sospechosa (párrafo 2 del documento antes mencionado).

Se privaba al acusado de todo derecho procesal y garantías. El documento que, de acuerdo con el párrafo 5, sustituía a la sentencia del tribunal tenía como finalidad, como se puede ver por los detalles que tenían que quedar por escrito, el registrar casos individuales de justicia sumaria y no el fin de encontrar una base justificable para la aplicación de la condena.

Se excluía toda posibilidad de casación o recurso a las autoridades superiores. El veredicto se debía ejecutar de inmediato.

Y finalmente, incluso el procedimiento "judicial" en sí, basado en directrices de Frank, era una burla a la justicia. El tribunal, y creo que la palabra "tribunal" debería estar entre comillas, estaba formado por tres funcionarios del mismo SD que arrestaba a personas inocentes en las calles de las ciudades polacas y que organizaba ejecuciones en masa de rehenes.

Podrán ver lo justificadas que están las conclusiones que he sacado del documento antes mencionado en el texto de otro documento presentado al Tribunal como prueba URSS 332. En el libro de documentos entregado al Tribunal se encuentra la copia original de las actas del interrogatorio al abogado Stefan Korbonski; también hay una traducción al ruso del documento, certificada por los miembros de la Delegación Polaca. Stefan Korbonski vive en Varsovia y según información proporcionada por la Delegación Polaca, si el Tribunal considera necesario hacerle comparecer para ser interrogado por la defensa, es posible hacerlo.

Me tomaré la libertad de expresar con mis propias palabras la introducción del documento.

Tras tomarle juramento en Varsovia el 31 de octubre de 1945, Stefan Korbonski, abogado, fue interrogado, y declaró que era uno de los líderes de la

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resistencia del pueblo polaco que luchaba contra los invasores alemanes. Esto se encuentra en el primer párrafo del texto de las actas. En la segunda mitad de las actas el Tribunal verá en el libro de documentos, de la página 98 a la página 102, que Stefan Korbonski habla de exactamente las mismas directrices de Frank que leí ante el Tribunal hace un momento. En el párrafo uno de las actas del interrogatorio declara que a principios de octubre de 1943 los alemanes pegaron en los muros de las casas de Varsovia y otras ciudades del Gobierno General el texto de esa orden que leí ante el Tribunal.

Sigo citando hasta el final, omitiendo la primera parte de la página 99 del libro de documentos que está en manos del Tribunal, ya que considero que este documento es muy importante:

"Poco después de la publicación de este decreto y cambiando completamente de forma de actuar con respecto al cada vez mayor número de ejecuciones realizadas por los alemanes en secreto en lo que había sido el Gueto de Varsovia y en la cárcel de Varsovia, llamada 'Pavwiac', los alemanes comenzaron a llevar a cabo ejecuciones públicas, fusilando a grupos enteros de polacos de entre 20 y 200 personas.

Estas ejecuciones públicas se llevaron a cabo en varios distritos de la ciudad, en calles normalmente abiertas al tráfico rodado que eran rodeadas por guardias de la Gestapo inmediatamente antes de las ejecuciones para que la población polaca atrapada en el distrito rodeado tuviera que ver las ejecuciones en las calles o desde las ventanas de las casas situadas inmediatamente detrás de las espaldas de los hombres de la Gestapo.

Durante estas ejecuciones los alemanes fusilaban a personas de la 'Pavwiac' que estaban encerradas allí tras ser arrestadas en redadas en las calles, y a personas detenidas inmediatamente antes de la ejecución. El número de estas ejecuciones públicas, así como el número de personas ejecutadas cada vez, se fue incrementando hasta un momento en el que se pasó a fusilar a 200 personas cada vez. Estas ejecuciones siguieron hasta el comienzo de la insurrección de Varsovia. Al principio los alemanes llevaban a los polacos al lugar de ejecución en camiones cubiertos. Iban vestidos de civil y a veces tenían las manos atadas a la espalda. Sin embargo, como las víctimas, camino del lugar de ejecución, iban gritando 'Abajo Hitler', 'Viva Polonia', 'Abajo los alemanes', y lemas similares, los alemanes tomaron medidas para evitar la posibilidad de alteraciones de esa clase y a partir de cierto momento las víctimas iban con la boca llena de pegamento o con los labios pegados con cinta adhesiva. Las víctimas venían de la 'Pavwiac' en camisa, o con ropas hechas de papel.

Recibí con frecuencia información de nuestra organización clandestina, a través de nuestros agentes que trabajaban en la cárcel de Pavwiac, según la cual poco antes de la ejecución los alemanes solían operar a los condenados. Les sangraban y les inyectaban diversas sustancias químicas para causarles debilidad, evitando así cualquier intento de fuga o de resistencia.

Esta es la razón por la que los condenados llegaban al lugar de ejecución pálidos, débiles y con aspecto apático, y apenas capaces de mantenerse en pie. Pero aun así, se comportaron como héroes y nunca pidieron clemencia.

Los cuerpos de los que eran fusilados eran cargados en camiones por otros prisioneros y llevados a lo que antes fue el Gueto, donde habitualmente los quemaban. Los prisioneros encargados de transportar y quemar los cadáveres eran sobre todo presos de la cárcel de Pavwiac, era su trabajo habitual.

La población polaca cubría inmediatamente de flores las manchas de sangre que quedaban en el suelo, ponía velas donde habían estado los cuerpos, y se colgaban cruces e iconos en los muros de alrededor. Durante la noche miembros de las organizaciones clandestinas o de la resistencia hacían alguna pintada en los muros como 'Gloria a los Héroes', 'Gloria a los que Perecieron por la Madre Patria', y similares. Cuando los alemanes veían esas inscripciones, arrestaban a todos los que por casualidad

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estaban en el lugar y los llevaban a la cárcel de Pavwiac. A vece los alemanes disparaban a grupos de personas que estaban de rodillas rezando en el lugar de la ejecución. Tuvo lugar un incidente así en la calle Senator, donde varias personas recibieron disparos y bastantes fueron heridas.

Después de cada ejecución pública los alemanes ponían en los muros de las casas listas de los nombres de los que acababan de ser ejecutados, y los nombres de los rehenes que serían ejecutados en caso de que no se obedecieran las normativas alemanas.

Sólo en Varsovia los alemanes fusilaron a varios miles de polacos en estas ejecuciones públicas. Esto no incluye a las víctimas fusiladas en otras ciudades. En el Distrito de Cracovia se fusiló de forma similar a varios miles de personas".

Así se llevó a cabo la directriz de Frank, que ya he presentado al Tribunal. En vista del testimonio de Korbonski, está claro por qué el 16 de diciembre de 1943 pone en el diario de Frank...


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