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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
2 de febrero a 13 de febrero de 1946

Quincuagésimo Cuarto Día: Viernes, 8 de febrero de 1946
(21 de 22)


El llamado "Cuerpo Libre de Henlein" (Freikorps Henlein) fue creado en Bohemia y Moravia.

Durante el interrogatorio del 15 de agosto de 1945, Karl Hermann Frank declaró que Henlein y su personal estuvieron en el Castillo de Tandorft, cerca de Reuch. Henlein era el Jefe del Estado Mayor del Cuerpo, con el título de "Freikorps des Führers". Según Frank, el Cuerpo Libre se fundó por orden de Hitler. Parte de ese cuerpo que estaba en territorio del Reich Alemán fue equipado con armas ligeras en pequeñas cantidades, según declara Frank. De acuerdo con éste, el Cuerpo Libre estaba formado por unas 15.000 personas, sobre todo alemanes de los Sudetes. Podemos ver esta información en la página 3 de la traducción al ruso del documento 3061-PS. En su libro, está en la página 185 del Volumen I, Parte 1.

Entre los trofeos conseguidos por nuestro heroico Ejército Rojo están los archivos del Ministerio de Asuntos Exteriores alemán.

La Delegación Soviética dispone de otros documentos que considero aconsejable leer en parte para complementar los datos anteriomente ofrecidos al Tribunal. Son especialmente interesantes si tenemos en cuenta que uno de los pretextos favoritos para la agresión de los conspiradores hitlerianos era su intención de proteger los intereses de las minorías alemanas. Leeré un fragmento de las actas clasificadas como alto secreto de la reunión celebrada en el Ministerio de Asuntos Exteriores el 29 de marzo de 1938 a mediodía en Berlín, especialmente sobre el asunto de los alemanes de los Sudetes. Les remito a nuestra prueba URSS 271. Encontrarán este fragmento en la página 196, Volumen I, Parte 1. Cito:

"A la reunión acudieron los caballeros mencionados en la lista adjunta. En su discurso de inicio el Reichsminister destacó la importancia de mantener esta reunión bajo un estricto secreto, y después, comentando las instrucciones del Führer que le había dado a Conrad Henlein ayer por la tarde, afirmó que había principalmente dos cuestiones de importancia sobre la orientación política del Partido Alemán de los Sudetes.

(1) Los alemanes de los Sudetes deben saber que les apoya una nación alemana de 75,000.000 de habitantes que no tolerará una mayor opresión a los alemanes de los Sudetes por parte del Gobierno de Checoslovaquia.

(2) Es responsabilidad del Partido Alemán de los Sudetes transmitir al Gobierno Checoslovaco ciertas demandas".

EL PRESIDENTE: Lamento interrumpirle, pero en la traducción que hemos escuchado no queda muy claro si usted ha depositado el original de este documento ni si le ha asignado un número de prueba... es decir, si ya ha sido presentado.

CORONEL POKROVSKY: Todos los documentos presentados por la Delegación Soviética los presentamos al Tribunal en ruso, y después son entregados para su traducción al equipo de traductores internacionales, encargado de examinar la traducción de documentos. Hago referencia a este documento con una correspondencia exacta con su número de registro, nuestro número URSS 271.

[Página 205]

EL PRESIDENTE: Si el documento original no está en ruso, debe depositarse en el Tribunal en sus condiciones originales. No sé qué es el documento. Al parecer, habla de una reunión, y supongo que el original está en alemán.

CORONEL POKROVSKY: El documento original está en alemán.

EL PRESIDENTE: Siendo así, querríamos ver el original en alemán.

CORONEL POKROVSKY: El documento original en alemán está en este momento a disposición del Tribunal. ¿Puedo continuar?

EL PRESIDENTE: Un momento. ¿Es éste el original?

CORONEL POKROVSKY: Es una copia fotostática.

EL PRESIDENTE: Me temo que debemos insistir en obtener el original.

CORONEL POKROVSKY: El Gobierno Soviético dispone del documento original y si el Tribunal lo desea, se puede enviar y presentar al Tribunal un poco más adelante. Se ha certificado la copia fotostática.

EL PRESIDENTE: Me temo que deberíamos tener el documento original. Después de que se hayan presentado los documentos originales y se les haya asignado número de prueba, permanecerán en poder del Tribunal. Por supuesto, la cuestión de las traducciones es algo totalmente distinto, pero con el fin de aseguarnos de que se nos proporcionan pruebas genuinas, se han de entregar los originales al Secretario General.

CORONEL POKROVSKY: Tomo nota del deseo del Tribunal, y daremos instrucciones para que se envíen los documentos originales al Tribunal, aunque en este caso hemos seguido el precedente establecido con el que el Tribunal considera suficiente aceptar las copias fotostáticas certificadas. Podemos presentar el original, pero tendremos que hacerlo más tarde, ya que no todo el material requerido se encuentra en Nuremberg en este momento.

EL PRESIDENTE: Sí, con tal de que se propongan hacerlo. Pero no creo que esté usted en lo cierto al decir que es la práctica ya establecida, ya que hemos estado pidiendo la presentación del documento original a los fiscales franceses, y los han presentado.

CORONEL POKROVSKY: Tomaremos las medidas necesarias para que el Tribunal reciba, aunque por supuesto más adelante, todos los documentos originales de los que se hicieron estas copias fotostáticas. ¿Puedo continuar?

EL PRESIDENTE: Coronel Pokrovsky, imagino que podrá presentar mañana los originales de los documentos referenciados hoy.

CORONEL POKROVSKY: No puedo prometerlo, porque no todos los originales están aquí. Una parte considerable de estos documentos es única y por tanto, no está en Nuremberg. Tenemos aquí sólo una parte de los originales. Todo lo que puedo hacer es presentar los originales de los que disponemos. En cuanto a los que no están aquí, pediremos al Gobierno Soviético que los envíe en sustitución de las copias fotostáticas. Eso es lo que podemos hacer.

EL PRESIDENTE: Creo que sería mejor que el Tribunal se retirara para estudiar esta cuestión.

(Se hizo un receso).

EL PRESIDENTE: El Tribunal ha considerado la cuestión de la entrega de documentos originales, y desea que se adopte el siguiente procedimiento:

En primer lugar, quiere que se entreguen documentos originales al Secretario General del Tribunal cuando sea posible. En segundo lugar, cuando sea imposible entregar los documentos originales, o muy complicado, se aceptarán copias fotostáticas de los documentos originales, a condición de que un certificado acompañe el documento fotostático indicando que es una copia fidedigna de un documento original, y que el original es un documento auténtico, especificando el origen del documento original y el lugar donde se encuentra custodiado en ese momento. En tercer lugar, se aceptarán copias fotostáticas en este momento con la condición de que la acusación se comprometa a proporcionar certificados como los que he indicado lo antes posible.

¿Está claro, Coronel Pokrovsky?

[Página 206]

CORONEL POKROVSKY: Querría pedirle al Tribunal que me explique un punto. ¿Debo entender que el Tribunal tan sólo confirma su anterior decisión y su práctica anterior, determinada en relación a la presentación de documentos como pruebas por mis colegas americanos y británicos, o es algo nuevo lo que está aprobando el Tribunal?

Los documentos que presenté aquí hoy ya han sido aceptados como copia fotostática en la misma sesión del Tribunal, como prueba USA 95 o documento 2788-PS. Por tanto, no me queda muy claro si estoy ante una nueva decisión o ante la reiteración de una práctica antigua.

EL PRESIDENTE: Creo que lo que dice es cierto, que este documento en particular no parece tener ningún certificado que diga que es una copia fidedigna. Pero el Tribunal espera que Estados Unidos presente un certificado que diga que es una copia fidedigna de un documento auténtico y que especifique el origen y la custodia del documento original.

CORONEL POKROVSKY: Ruego me disculpen, pero considero que la cuestión que quiero elucidar es de interés para todos los fiscales. ¿Debo entender, junto con todos los representantes de la acusación, que la decisión del Tribunal significa que debemos presentar documentación complementaria para todas las copias fotostáticas, incluidas las copias fotostáticas aceptadas anteriormente por el Tribunal, o se refiere sólo a los documentos que la Delegación Soviética presentará de ahora en adelante?

EL PRESIDENTE: Si se ha aceptado un documento en forma de copia fotostática y no hay ningún certificado que diga que es una copia fidedigna de un documento auténtico, entonces se ha de proporcionar ese certificado. Y deseamos que el certificado indique también que el documento es auténtico, y el lugar donde se custodia. Y esto se aplica igualmente a todos los fiscales jefe.

CORONEL POKROVSKY: Entiendo que el Tribunal está confirmando su práctica anterior, que quiere decir que podemos presentar una copia fotostática pero certificándola, y presentando los originales si es posible. ¿Le he entendido correctamente?

EL PRESIDENTE: Sí, queremos originales si es posible. Si es imposible o es muy complicado, aceptaremos copias fotostáticas. Y mientras tanto, y para su comodidad, dado que esta práctica quizás no se ha expresado adecuadamente antes, aceptaremos copias fotostáticas sin certificando, asumiendo que presentarán el certificado más adelante.

¿Está claro?


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