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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
2 de febrero a 13 de febrero de 1946

Quincuagésimo Cuarto Día: Viernes, 8 de febrero de 1946
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EL PRESIDENTE: Llamo al estrado al General Rudenko en nombre de la Unión Soviética.

GENERAL RUDENKO: Con la venia, Señorías. Al dar mi discurso de apertura, el último que darán en este juicio los Fiscales Jefes, soy plenamente consciente de la suprema importancia histórica de este proceso.

Por primera vez en la Historia de la Humanidad, la justicia se enfrenta a crímenes cometidos en tan vasta escala, con crímenes que han tenido tan graves consecuencias.

Es la primera vez que comparecen ante un tribunal de justicia criminales que se han hecho con todo un Estado y han convertido este Estado en un instrumento de sus monstruosos crímenes.

Es también la primera vez que al juzgar a estos acusados, juzgamos no sólo a los propios acusados sino también a las instituciones y organizaciones criminales que crearon, y a las "teorías" e "ideas" inhumanas que promulgaron con el fin de cometer Crímenes contra la Paz y la Humanidad, crímenes que fueron planeados por ellos mucho antes de que fueran perpetrados.

Hace nueve meses, tras haber torturado durante varios años de sangrienta guerra a las naciones amantes de la libertad de Europa, la Alemania de Hitler se hundió bajo los golpes de martillo de las fuerzas armadas combinadas de la coalición anglo-soviético-americana. El 8 de mayo de 1945, la Alemania de Hitler se vio obligada a dejar las armas, tras sufrir una derrota militar y política sin parangón en la Historia.

El hitlerismo impuso al mundo una guerra que causó a las naciones amantes de la libertad innumerables privaciones y sufrimientos sin fin. Millones de personas cayeron víctimas de la guerra iniciada por los forajidos hitlerianos, que se embarcaron en un sueño de conquista de los pueblos libres de los países democráticos, y de imposición del gobierno de la tiranía hitleriana en Europa y el mundo entero.

Ha llegado el día en el que los pueblos del mundo demandan una retribución justa y un castigo severo a los verdugos hitlerianos, el día en el que demandan un castigo severo a los criminales. Todos los desmanes cometidos individual o conjuntamente por los principales criminales de guerra hitlerianos, todos juntos y cada uno de ellos individualmente, deberán ser considerados por ustedes, Señorías, con todo el detalle y la atención que la ley, el Estatuto del Tribunal Militar Internacional, la justicia y nuestra conciencia exigen.

Acusamos a los acusados de la iniciación, instigación y ejecución directa, individualmente y a través de sus agentes, del Plan criminal o Conspiración. Toda la maquinaria del Estado Hitleriano estaba dedicada a la ejecución de este plan, con todas sus agencias e instituciones gubernamentales, con su Ejército, su policía, y sus así llamadas agencias públicas, como se expone en la Acusación y en particular en el Apéndice B.

Antes de comenzar a examinar los hechos y acontecimientos concretos que son la base de los cargos presentados contra los acusados, creo que es necesario tratar ciertas cuestiones legales generales relacionadas con el proceso. Es indispensable porque este juicio es el primero de la Historia en el que administra justicia una agencia de un sistema

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legal internacional, el Tribunal Militar Internacional. También es necesario porque se ha concedido una atención especial a cuestiones legales en las mociones, tanto escritas como verbales, presentadas ante el Tribunal.

El primer y principal problema legal general que, en mi opinión, ha de ser considerado por el Tribunal es el problema de la legalidad. Contrariamente al sistema de la tiranía fascista y a las prácticas arbitrarias fascistas, las grandes democracias que han creado este Tribunal, así como todas las democracias del mundo, existen y actúan sobre una firme base legal. Pero ni la ley positiva ni el concepto de ley puede ser idéntico en los significados nacional e internacional de estos términos. "Lex" en el sentido de Ley Nacional es un acto de poder legislativo de un Estado investido de una forma adecuada. En el sentido de Ley Internacional es diferente. En el ámbito internacional nunca existió ni existe ahora ningún organismo legislativo con competencias en la aprobación de leyes que sean vinculantes para Estados individuales. El sistema legal de relaciones internacionales, que incluye las relaciones manifestadas en el esfuerzo coordinado para combatir el crimen, se basa en diferentes principios legales. En el ámbito internacional la fuente básica de la ley y el único acto legislativo es un tratado, un acuerdo entre Estados. Por tanto, al igual que las leyes debidamente promulgadas, aprobadas por órganos legislativos y publicadas adecuadamente son un base legal absoluta y suficiente para la administración de justicia nacional, en el ámbito internacional un tratado internacional es una base legal absoluta y suficiente para el establecimiento y actividad de agencias de justicia internacional creadas por los firmantes.

El Tribunal Militar Internacional fue creado para el juicio y condena de destacados criminales de guerra en base al Acuerdo de Londres del 8 de agosto de 1945, firmado por los cuatro países que actuaban representando los intereses de todas las naciones amantes de la libertad. Siendo una parte integral de este acuerdo, el Estatuto del Tribunal Militar Internacional se ha de considerar un acto legislativo incuestionable y suficiente que define y determina la base y el procedimiento para el juicio y castigo de destacados criminales de guerra. Provocadas por el temor a la responsabilidad o, en el mejor de los casos, por desconocimiento del carácter orgánico de la justicia internacional, las referencias al principio "nullum crimen sine lege" o al principio de que "un estatuto no puede tener carácter retroactivo" no son aplicables debido al siguiente hecho fundamental y decisivo: el Estatuto del Tribunal está en vigor y se ha aplicado, y todo lo que contiene tiene un poder absoluto y vinculante.

Según el Artículo 6 del Estatuto, se han presentado cargos contra los acusados por Crímenes contra la Paz, Crímenes cometidos quebrantando las Leyes y Costumbres de la Guerra, y Crímenes contra la Humanidad. Debemos afirmar con gran satisfacción que, al marcar esas acciones con el estigma de la criminalidad el Estatuto del Tribunal ha convertido en leyes esos principios e ideas internacionales que durante muchos años se plantearon en defensa de la ley y la justicia en el campo de las relaciones internacionales.


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