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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
21 de enero a 1 de febrero de 1946

Cuadragésimo Séptimo Día: Jueves, 31 de enero de 1946
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EL PRESIDENTE: Continúe, Sr. Dubost. Como decía, vaya despacio.

Dr. STAHMER: No es cierto que lo recibiéramos hace tres días. Nos encontramos con esta pila en nuestra sala ayer por la tarde. Realmente no hemos tenido tiempo de numerar estas páginas. Como he dicho, esto llegó a nuestra sala ayer por la tarde o esta mañana.

EL PRESIDENTE: Continúe, Sr. Dubost, y vaya despacio al describir la identificación del documento.

Sr. DUBOST: Pasaremos al documento F-357, que se presentará como prueba RF 381, que está en la página 120 del libro de documentos francés. Este documento habla de la ejecución de órdenes generales sobre la ejecución de prisioneros de guerra. Incluye el testimonio de un oficial de policía alemán que fue hecho prisionero el 25 de mayo de 1945 y que en la página 127, penúltimo párrafo, líneas subrayadas en el texto francés, declara:

"Todos los prisioneros de guerra que pudieran estar en nuestro poder, sin importar cómo había ocurrido, debían ser asesinados por nosotros en lugar de entregarlos al puesto más cercano de la Wehrmacht como se había hecho hasta entonces".
Esto se refiere a una orden que se dio a mediados de agosto de 1944.

El testigo continúa:

"Esta ejecución debía tener lugar en un lugar solitario".
En la página 128 el mismo testigo, párrafo 3, da los nombres de los alemanes que ejecutaron a prisioneros de guerra.

Presentaremos ahora el documento 1634-PS, que será la prueba RF 382. El Tribunal lo encontrará en la página 129 de su libro de documentos. Es un documento que aún no se ha leído que relata el asesinato de 129 prisioneros

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de guerra americanos perpetrado por el Ejército Alemán en un campo al suroeste de Baignes, en Bélgica, el 17 de diciembre de 1944, durante la ofensiva alemana.

Página 129, al final de la página. El autor de este informe resumió los hechos.

"Se reúne a los prisioneros americanos cerca del cruce. Unos pocos soldados, cuyos nombres se indican, corren atravesando el campo hacia el oeste, se esconden entre los árboles, en la hierba alta, entre los matorrales y en zanjas y escapan así de la masacre de sus compañeros. Otros pocos que en el momento en el que comenzó la masacre estaban cerca de un granero lograron esconderse en él. También sobrevivieron".
Tercer párrafo:
"El fuego de artillería y ametralladoras contra la columna de vehículos americanos continuó durante diez o quince minutos, y después dos tanques alemanes y algunos vehículos semioruga bajaron por la carretera que viene de Weismes. Al llegar a la intersección, estos vehículos giraron al sur por la carretera de St. Vith. Los tanques dirigieron fuego de ametralladora contra la cuneta de la carretera en la que estaban agachados los soldados americanos, y al ver esto, los otros soldados americanos tiraron las armas y levantaron los brazos por encima de la cabeza. Se hizo entonces volver a los soldados americanos que se habían rendido a la intersección de la carretera, y según pasaban junto a algunos de los vehículos alemanes que estaban en la Carretera N-23, soldados alemanes de estos vehículos les quitaron a los prisioneros de guerra americanos diversos objetos, como relojes de pulsera, anillos y guantes. Se reunió después a los soldados americanos en la carretera de St. Vith, enfrente de una casa en la esquina suroeste de la intersección. Otros soldados alemanes que habían llegado a la intersección en tanques y semiorugas siguieron registrando a los americanos capturados en este lugar y también les quitaron objetos de valor".
Al principio de la página 131, antes del final del párrafo:
"Se interrogó a un prisionero americano y se le llevó junto a sus otros camaradas al cruce antes mencionado".
Tercer párrafo:
"Mientras tanto, algunos tanques ligeros o semiorugas alemanes trataron de maniobrar para colocarse en la carretera de tal forma que sus cañones apuntaran al grupo de prisioneros de guerra americanos reunido en el campo a unos quince o veinte metros de la carretera". Me salto cuatro líneas. "Algunos se pararon cuando quedaron enfrente del campo en el que estaban los prisioneros de guerra americanos desarmados formando un grupo, con las manos arriba o en la nuca. Un soldado alemán, se cree que un suboficial, de uno de los vehículos que se detuvieron se puso en pie y apuntó con una pistola hacia el grupo de prisioneros de guerra americanos, disparando a continuación. Cayó uno de los soldados americanos. Esto se repitió una segunda vez, y cayó al suelo otro soldado americano del grupo. En ese momento, ametralladoras de dos de los vehículos de la carretera comenzaron a disparar al grupo de prisioneros de guerra americanos en el campo. Todos, o la mayoría, de los soldados americanos se tiraron al suelo y se quedaron ahí mientras duraron los disparos, unos dos o tres minutos. La mayoría de los que estaban en el campo recibieron disparos de este fuego de ametralladora. Los vehículos alemanes de la carretera se movieron entonces hacia el sur, seguidos de más vehículos que también venían de Weismes, y cuando estos últimos vehículos pasaron por delante del campo en el que estaban tumbados los soldados americanos, también dispararon con armas ligeras desde los vehículos en movimiento a los cuerpos que yacían en el campo".
Página 132, primer párrafo:
"Algunos soldados alemanes, evidentemente del grupo de los que estaban

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de guardia en la intersección, caminaron entre el grupo de prisioneros de guerra americanos que aún estaban en la posición original en el campo, y también entre los que habían corrido una corta distancia, y dispararon con pistolas o rifles, o golpearon con la culata del rifle u otros objetos pesados a todos los soldados americanos que aún mostraban algún signo de vida. En algunos casos es evidente que se disparó a prisioneros de guerra americanos a bocajarro entre las cejas, en la sien, o en la nuca".
Este acto es un acto de puro terrorismo cuya vergüenza permanecerá en el Ejército Alemán, ya que nada lo justificaba. Estos prisioneros iban desarmados y se habían rendido.

El Tribunal me autorizó ayer a presentar los documentos en los que se basa la acusación francesa para demostrar la culpabilidad de Goering, Keitel, Jodl, Bormann, Frank, Rosenberg, Streicher, Schirach, Hess, Frick, el OKW, el OKH, el OKL, el Gabinete del Reich y el Liderazgo del Partido, así como las SS y la Gestapo, por las atrocidades cometidas en los campos. Seré muy breve. Tengo que presentar muy pocos documentos para sumarlos a los que ya se han presentado.

El primero acusa a Kaltenbrunner. Es el documento americano L-35, que el Tribunal encontrará en la página 266 del libro de documentos sobre campos de concentración, es decir, el segundo libro. No se ha presentado este documento. El párrafo 3, página 246, es el testimonio de Rudolf Mildner, Doctor en Derecho y Coronel de la Policía, que declara, párrafo 2 de su declaración:

"Las órdenes de internamiento fueron firmadas por el Jefe de la Sipo y el SD, el Dr. Kaltenbrunner, o, como su adjunto, por el Jefe del Amt IV, el Gruppenführer de las SS Muller".
Lo presento como prueba RF 383. En cuanto a Goering, presentamos el documento americano 343-PS, página 203 del segundo libro de documentos. Es una carta del Mariscal de Campo Milch para Wolff. En la página 204 esta carta concluye con la frase:
"Expreso a las SS el agradecimiento especial del Comandante en Jefe de la Luftwaffe por la enorme ayuda que han prestado".
De lo anterior se puede concluir que este agradecimiento se refiere a los experimentos biológicos del Dr. Rascher. Por tanto, Goering está implicado en ellos.

También está implicado el Cuerpo Médico Alemán de las SS. Esto se puede ver en el documento 1635-PS, que aún no se ha entregado al Tribunal, y que será la prueba RF 385, el Tribunal lo encontrará en el anexo del segundo libro de documentos. Son fragmentos de revistas sobre investigación microscópica y anatómica. Hablan de experimentos hechos con personas que murieron repentinamente aunque tenían buena salud. Las circunstancias de su muerte son descritas por los autores de los experimentos de tal forma que ningún lector se quedará con la duda de lo que fueron.

Con el permiso del Tribunal, leeré unos breves fragmentos. Página 132, al principio del documento que presentamos al Tribunal:

"La tiroides. Se examinó a 21 personas de entre 20 y 40 años de edad. Gozaban de una supuesta buena salud, pero murieron de repente".
EL párrafo siguiente:
"Las personas en cuestión, 19 hombres y 2 mujeres, habían vivido todas hasta su muerte durante varios meses bajo las mismas condiciones, tanto de alojamiento como de alimentación. Al final la comida que se les daba consistía principalmente en hidratos de carbono". "Productos de Reemplazo y Métodos de Examen" (es el título). "Durante un periodo bastante largo, se tomaron muestras para el experimento del hígado de 24 adultos con buena salud que murieron repentinamente entre las 5 y las 6 de la mañana".

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Al examinar estos documentos, el Tribunal verá que la literatura médica alemana es muy rica en experimentos llevados a cabo con "adultos de buena salud que murieron repentinamente entre las cinco y las seis de la mañana". No se podía engañar a nadie en Alemania, ya que los informes sobre los experimentos de los doctores de las SS en los campos se publicaban de esta forma.

El último documento es el F-185, A y B, que habla de un experimento con balas envenenadas llevado a cabo el 11 de agosto de 1944 en presencia del Sturmbannführer de las SS Dr. Ding y del Dr. Widmann, página 187 del segundo libro de documentos sobre campos de concentración. Estos dos documentos se presentan como pruebas RF 386 y 387. El Tribunal encontrará en la página 187 la descripción de este experimento en el que las víctimas son personas condenadas a muerte, donde, de hecho...

EL PRESIDENTE: Creo que ya se ha leído este documento.

Sr. DUBOST: El F-185 es un documento francés.

EL PRESIDENTE: Eso no tiene nada que ver. Creo que ya se ha leído.

Sr. DUBOST: Ruego al Tribunal me disculpe. No me había dado cuenta. Es un documento de los archivos franceses. Sin embargo, Sr. Presidente, dudo de que se haya leído ante el Tribunal el documento 185 B, elaborado por el profesor francés May, un cirujano. Este documento será la prueba RF 386, y en la página 222, segundo párrafo, el Profesor May, Profesor de Cirugía, al que se enviaron hace un tiempo los documentos pseudocientíficos que mencioné, los informes sobre revistas científicas de experimentos, escribió:

"Me dejaron atónito la perversidad y estupidez de los experimentadores. Los síntomas del envenenamiento con digitalia se conocen desde tiempos inmemoriales. Este veneno es usado a veces por ciertas tribus salvajes para envenenar sus flechas de guerra. Jamás se había visto que presentaran observaciones sobre el resultado anticipado de experimentos con un estilo tan pretencioso, observaciones por cierto que son completamente inadecuadas e infantiles, y resulta increíble que pudieran ser firmadas por un 'Doz', es decir, por un profesor".
Presentamos ahora el documento F-278A como prueba RF 388. El Tribunal lo encontrará en la página 75. Implica a Keitel. Es una carta firmada: "Por orden del Alto Mando de la Wehrmacht, Dr. Lehmann". Se envía el 10 de febrero de 1942 al Ministerio de Asuntos Exteriores, y le incrimina. Citos los párrafos 2 y 3 de la página 75, sobre el régimen en los campos de internamiento:
"Los delincuentes traídos a Alemania en virtud del decreto del Führer no podrán mantener ninguna comunicación de ninguna clase con el exterior. No podrán por tanto ni escribir ni recibir cartas, paquetes o visitas. Se rechazarán las cartas, paquetes y visitas con la observación de que se prohibe toda comunicación con el exterior".
El Alto Mando comparte el punto de vista del destinatario de esta carta, expresado en su carta del 31 de enero de 1942, según la cual no se permitirá a abogados belgas hablar con prisioneros belgas.

Presentamos ahora el documento 682-PS, página 134 del segundo libro de documentos, que será la prueba RF 389. Este documento implica al Gobierno Alemán y al Gabinete del Reich. Es un registro de una conversación del Dr. Goebbels con Thierack, Ministro de Justicia, el 15 de septiembre de 1942 de las 13 a las 14:15 horas.

"En cuanto a la destrucción de elementos asociales, el Dr. Goebbels opiina que se debería exterminar a los siguientes grupos: judíos y gitanos incondicionalmente, polacos que hayan cumplido condenas de al menos 3-4 años, y checos y alemanes que sean condenados a muerte o a cadena perpetua o a custodia protectora (Sicherungsverwahrung) perpetua. La idea del exterminio por medio del trabajo es la mejor..."

[Página 307]

Destacamos esta última frase que demuestra que existía en el Gobierno Alemán el deseo de "exterminar por medio del trabajo".

EL PRESIDENTE: ¿Se ha leído anteriormente ese documento?

Sr. DUBOST: No parece que se haya leído antes este documento. Se lo preguntamos a la Delegación Americana.

EL PRESIDENTE: Lea las dos últimas líneas.

Sr. DUBOST: "La idea del exterminio por medio del trabajo es la mejor".

El último documento que presentaremos sobre los campos de concentración es el F-662, que será la prueba RF 390, páginas 77 y 78, segundo libro de documentos. Este documento es el testimonio del Sr. Poutiers, que vive en París, Place de Breteuil, y que señala que los prisioneros de los kommandos de Mauthausen Ebens trabajaban bajo el control directo de civiles, encárgandose las SS sólo de la supervisión de los prisioneros. Este testigo, que estuvo en numerosos pelotones de trabajo, testifica que todos fueron controlados por civiles y sólo supervisados por las SS, y que por tanto los habitantes del país, durante el movimiento de los trabajadores yendo y viniendo del trabajo, podían observar su aspecto miserable, lo que confirma los testimonios ya presentados ante el Tribunal.

Resumiremos la evolución de la política criminal alemana en el Oeste: al principio de la ocupación: quebrantamiento del Artículo 50: ejecución de rehenes, y creación de una pseudoley "de rehenes" para justificar estas ejecuciones ante la población de los países ocupados.

En los años siguientes aumenta el desprecio por los derechos del ser humano. Se vuelve absoluto en los últimos meses de la ocupación. En aquel tiempo el encarcelamiento arbitrario, parodias de juicios y ejecuciones sin juicio eran una práctica diaria.

Como recordará el Tribunal, se dejan de aplicar las sentencias cuando se trata de absoluciones o indultos; las personas absueltas por tribunales alemanes, en lugar de ser liberadas, son deportadas y mueren en campos de concentración.

Al mismo tiempo se desarrolla y aumenta la fuerza de la organización de franceses que siguen en territorio francés y se niegan a dejar morir su país. En este momento el terrorismo alemán contra ellos se intensifica, aumentando cada mes. Lo que viene a continuación es la descripción de la represión terrorista perpetrada por los alemanes contra los patriotas de Europa Occidental, contra lo que fue denominada la "Resistencia", sin darle a esta palabra más significado que su sentido genérico.

Cuando Alemania se da cuenta de que su política de colaboración está condenada al fracaso, y de que su política de rehenes tan sólo exaspera la furia del pueblo al que trata de someter, en lugar de modificar su política hacia los ciudadanos de los países ocupados, intensifica el terror ya reinante, y trata de justificarse diciendo que es una campaña anticomunista.

El Tribunal recuerda la orden de Keitel. El Tribunal entiende lo que se ha de pensar de este pretexto. Todos los franceses, todos los ciudadanos de Europa, sin distinción de partido, profesión, religión o razón que se implicaron en la resistencia contra Alemania fueron mezclados en las tumbas, en las fosas comunes a las que los alemanes les arrojaron después de su exterminio.

Pero esta confusión es deliberada, es calculada, justifica hasta cierto grado esta arbitrariedad de las medidas represivas, esta arbitrariedad de la que ya tenemos pruebas en el documento F-278, página 4 del libro de documentos, que presentamos como prueba RF 391, del 12 de enero de 1943, firmado "Falkenhausen".

EL PRESIDENTE: ¿En qué libro de documentos?

Sr. DUBOST: "Acción terrorista contra Patriotas", documento F-278, página 4, segundo párrafo:

"De ahora en adelante, las personas a las que se encuentre en posesión de explosivos

[Página 308]

y armas de fuego sin una autorización válida pueden ser ejecutadas de inmediato sin juicio".
Esta orden y otras análogas siguieron siendo aplicadas incluso después del desembarco Aliado en Europa Occidental. Estas ordenes se aplicaron incluso contra fuerzas organizadas en Bélgica, así como en Francia, aunque los propios alemanes consideraban hasta cierto punto a estas fuerzas como tropas. Esto se puede verificar viendo el documento F-673, página 167, tercer párrafo.

EL PRESIDENTE: Me temo que está en un libro diferente, ¿verdad?

Sr. DUBOST: Estamos tratando ahora las acciones terroristas contra patriotas, y está en el libro de documentos titulado "Acción Terrorista contra Patriotas".


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