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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
21 de enero a 1 de febrero de 1946

Cuadragésimo Sexto Día: Miércoles, 30 de enero de 1946
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CUADRAGÉSIMO SEXTO DÍA

MIÉRCOLES, 30 DE ENERO DE 1946

ALGUACIL: Con la venia del Tribunal, quiero anunciar que los acusados Kaltenbrunner y Seyss-Inquart se ausentarán de la sesión de esta mañana por enfermedad.

EL PRESIDENTE: Dr. Babel, creo que no quiere interrogar a esa testigo francesa.

Dr. BABEL: Correcto.

EL PRESIDENTE: Entonces la testigo francesa puede irse a casa.

Sr. DUBOST: Gracias, Sr. Presidente.

EL PRESIDENTE: Sr. Dubost, hay una razón por la que quizás esa testigo francesa no debería irse. Creo que la he visto saliendo de la Sala. ¿Puede hacerla volver, por favor? Me temo que tendrá que quedarse hoy.

Sr. Dubost, ¿va usted a presentar documentos esta mañana?

Sr. DUBOST: Sí, Sr. Presidente.

EL PRESIDENTE: ¿Tendría la bondad de darnos cuidadosa y lentamente primero el número de los documentos? Tenemos grandes dificultades buscándolos.

Sr. DUBOST: Sí, Sr. Presidente.

EL PRESIDENTE: Y especifique también en la medida en que pueda el libro en el que se encuentran.

Sr. DUBOST: Con el permiso del Tribunal, continuaré con mi descripción de la organización de los campos y la forma en la que funcionaban. Avisamos de ello la noche pasada presentando al Tribunal el documento R-91, que se cita en fragmentos: "para lograr un doble fin: compensar la falta de mano de obra y eliminar esfuerzos vanos..."

Después del documento R-91 que presenté ayer y que el Tribunal encontrará en las páginas 20 y 21 del segundo libro de documentos, leeremos el documento F-285, en especial las páginas 14, 17, 18 y 19 del segundo libro de documentos. Este documento se ha presentado como prueba RF 346.

Este documento es del 17 de diciembre de 1941 y es una continuación del documento que les leímos ayer. Primer párrafo:

"Por importantes razones militares que no se deben especificar, el Reichsführer de las SS y Jefe de la Policía Alemana..."
EL PRESIDENTE: Leyó eso ayer.

Sr. DUBOST: Correcto, Sr. Presidente. Página 18, sexto párrafo, al principio de la página:

"Los polacos aptos para su germanización y los prisioneros por los que se han hecho peticiones especiales no serán entregados".

Último párrafo, página 19: "No se requerirán otros papeles para trabajadores que sean ciudadanos de países del Este".

Esto demuestra que se hicieron arrestos indiscriminados para obtener mano de obra, y que esta mano de obra se consideraba tan poco importante que bastaba con registrarla con números de serie.

Ahora expondremos cómo se utilizó esta mano de obra. Los hombres eran alojados, como dijo ayer el testigo Balachowsky, cerca de fábricas en Dora, en cuevas subterráneas que ellos mismos cavaban, y allí vivían en condiciones que

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rompían todas las normas de higiene. En Ohrdruf, cerca de Gotha, los prisioneros construyeron campos de munciones: Buchenwald proporcionó la mano de obra para Hollerith y Dora, además de para las minas de sal de Neustasstfurt.

El Tribunal leerá en el documento 274, página 45, al final de la página:

"Ravensbruck suministraba a las fábricas de Siemens, a las de Checoslovaquia, y a las fábricas de Hanover".
Esta mano de obra especial, según el testigo, permitió a los alemanes mantener en secreto la fabricación de ciertas armas como las V-1 y las V-2, de las que nos dijo el Sr. Balachowsky: "los deportados no tenían ningún contacto con el mundo exterior. El trabajo de los deportados permitió a los alemanes obtener una productividad que no habrían podido lograr ni siquiera con trabajadores extranjeros".

La acusación francesa presentará ahora el documento R-129 como prueba RF 348, que el Tribunal encontrará en la página 22 del segundo libro de documentos. El segundo párrafo de este documento habla de la gestión de los campos de concentración: "las dimensiones de la producción de su organización dependen del comandante del campo".

Quinto párrafo: "El comandante del campo es el único responsable del trabajo realizado por los obreros. Este trabajo" -subrayo la palabra "trabajo"- "este trabajo debe, en el estricto sentido de la palabra, ser agotador para que podamos obtener la máxima productividad de la mano de obra".

Dós párrafos más abajo en esa página: "No se limita la duración del trabajo. La duración depende de las características del trabajo a realizar y es determinada únicamente por el comandante del campo".

Último párrafo, página 23 de este libro, las cuatro últimas líneas: "Él" -el comandante del campo- "debe combinar un conocimiento técnico en el ámbito económico y militar con una gestion inteligente y hábil de grupos de hombres de los que debe obtener un alto potencial de producción".

Este documento lo firma Pohl. La fecha es Berlín, 30 de abril de 1942.

Querría ahora sólo recordar para que figure en el sumario un documento que ya hemos citado en relación al campo de Ohrdruf, y que se presentó como prueba RF 140.

Leeré el documento 1584-PS, que está en el apéndice de su segundo libro de documentos. Es el sexto documento del apéndice. El documento será la prueba RF 349.

El documento lo firma Goering y va dirigido a Himmler. El segundo párrafo demuestra claramente la responsabilidad de Goering en la utilización criminal de esta mano de obra deportada. Leeré el segundo párrafo de la segunda página.

"Estimado Himmler:

Le solicito que ponga a mi disposición para el armamento aéreo al mayor número posible de prisioneros KZ" -las iniciales KZ significan "campo de concentración"- "Los experimentos llevados a cabo hasta ahora demuestran que esta mano de obra puede ser aprovechada muy bien. La situación de la guerra aérea requiere la transferencia de esta industria aérea a fábricas subterráneas. Es exactamente en esas fábricas donde los prisioneros "KZ" pueden ser mantenidos juntos de la mejor manera posible por lo que respecta al trabajo y el alojamiento".

Sabemos así quién fue el responsable de las terribles condiciones que tuvieron que soportar los deportados de Dora. La persona responsable se sienta en el banquillo de los acusados.

EL PRESIDENTE: No nos ha indicado la fecha, ¿verdad?

Sr. DUBOST: No la he visto en el documento.

EL PRESIDENTE: ¿Es 19 de febrero de 1944?

Sr. DUBOST: En la primera página pueden ver que el 19 de febrero de 1944 se envió una carta al Dr. Braut sobre los teletipos que se adjuntaban y que fueron enviados por el Mariscal de Campo.

[Página 271]

EL PRESIDENTE: ¿Es la segunda carta la carta que usted ha leído? ¿Es la fecha de ésa 19.2.44?

Sr. DUBOST: Es el 15 de abril de 1944 en el original, esto es una copia fotostática.

EL PRESIDENTE: ¿Y podría decirnos que significa K.Z., las dos letras K.Z.?

Sr. DUBOST: 15.4.44 en el original del teletipo. Eso significa campo de concentración.

EL PRESIDENTE: Sí, no estoy hablando de eso ahora.

Sr. DUBOST: K.Z. se refiere a campos de concentración.

EL PRESIDENTE: En aras de la precisión del sumario, parece que la carta de la segunda página no es del 15 de abril de 1944, sino del 14 de febrero. ¿No es así?

Sr. DUBOST: Sí. Es del 14 de febrero, 20:30 horas. Es un teletipo que fue registrado el 15 de abril de 1944. Esa fue la causa de mi error.

EL PRESIDENTE: Pero Sr. Dubost, ¿estaba usted alegando que esta carta demostraba que el acusado Goering tomó parte en los experimentos que se realizaron, o sólo el hecho de que estos prisioneros se usaron para trabajar?

Sr. DUBOST: No hablaba de experimentos. Hablaba del internamiento en campos subterráneos, como en el campo de Dora, del que habló ayer el testigo Balachowsky en la primera parte de su testimonio.

EL PRESIDENTE: Muy bien.

Sr. DUBOST: En cuanto a este deseo de exterminar del que hemos hablado desde el principio de mi presentación esta mañana, creo que lo demuestra lo primero de todo el texto del documento R-91 que leí ayer por la tarde al final de la sesión, una carta que aún no ha sido autenticada, y declaraciones de los testigos que les demostraron que en todos los campos en los que estuvieron se usaron los mismos métodos de exterminio por medio del trabajo.

En cuanto al brutal exterminio con gas, tenemos las facturas de gases destinados a Oranienburg y Auschwitz, que presentamos al Tribunal como prueba RF 350. El Tribunal encontrará traducciones en la página 27 del segundo libro de documentos, documento 1553-PS.

Además, quiero señalar, página 27 del segundo libro de documentos, que la traducción al francés de estos pedidos, y digo esto para ser honesto, no concuerda a la perfección con el texto alemán. Así, en la quinta línea, en lugar de "exterminio", lean "purificación".

El testimonio de la Sra. Vaillant Couturier nos informó de que estos gases se usaban para la destrucción de piojos y otros parásitos, y que también se usaban para destruir a seres humanos. Además, la cantidad de gas que se enviaba y la frecuencia con la que se enviaba, como pueden ver por el gran número de pedidos que presentamos como prueba, demuestran que el gas tenía un doble fin.

Tenemos pedidos del 14 de febrero, el 16 de febrero, el 8 de marzo, el 13 de marzo, el 20 de marzo, el 11 de abril, el 27 de abril, el 12 de mayo, el 26 de mayo, y el 31 de mayo, que se presentan todos como prueba RF 350.

EL PRESIDENTE: ¿Presenta como pruebas los originales de estas otras facturas que usted menciona en este documento?

Sr. DUBOST: Solicito que el alguacil se los entregue a Su Señoría, y aprovecho eso para pedirle al Tribunal que examine cuidadosamente estos pedidos. Observarán que las cantidades de cristales tóxicos enviadas a Oranienburg y Auschwitz fueron considerables. En el pedido del 30 de abril de 1944 el Tribunal verá que se enviaron 832 kilogramos de cristales, con un peso neto de 555 kilogramos.

EL PRESIDENTE: ¿Qué es este documento que acaba de presentar?

[Página 272]

Sr. DUBOST: 30 de abril de 1944, pero los estoy escogiendo al azar.

EL PRESIDENTE: No pregunto por la fecha. Lo que quiero saber es quién es el autor de este documento. ¿Es de uno de los comités creados por la República Francesa?

Sr. DUBOST: No, Sr. Presidente. Es un documento americano que estaba en los archivos americanos, con el número 1553-PS.

EL PRESIDENTE: Sr. Dubost, esta nota al final de documento 1553-PS no estaba en el original, sino que fue añadida por Estados Unidos, ¿verdad?

Sr. DUBOST: No, Sr. Presidente, pero tienen ante ustedes todos los originales con el número que el alguacil del Tribunal les acaba de entregar.

EL PRESIDENTE: A no ser que tenga una declaración jurada que identifique estos originales, los originales no se certifican por sí solos. Tiene que certificar estos documentos que nos acaba de entregar por medio de un testigo o de una declaración jurada. Los documentos son documentos, pero no se certifican solos.

Sr. DUBOST: Estos documentos fueron hallados por el Ejército Americano e incluidos en los Archivos del juicio de Nuremberg. Los tomé de los archivos de la delegación americana, y los considero tan auténticos como todos los demás documentos que mis colegas americanos pusieron en sus archivos. Probablemente fueron capturados por el Ejército Américano.

EL PRESIDENTE: Hay dos puntos, Sr. Dubost. El primero es que en el caso del documento original 1553-PS, fue certificado, imaginamos, por un oficial de Estados Unidos. Estos documentos que usted nos ha presentado ahora no han sido certificados así por nadie, por lo que podemos ver. Sin duda no podemos incluir en el sumario estos documentos, que son documentos privados, y por tanto, a no ser que se lean en la sala, no pueden presentarse como pruebas. Esto se puede rectificar de una manera muy simple con un certificado o una declaración jurada adjuntos a estos documentos y que demuestren que son análogos al documento que es una prueba de Estados Unidos.

Sr. DUBOST: Son todos documentos de Estados Unidos, y están todos en los Archivos de Estados Unidos de la delegación americana con el número 1553-PS.

EL PRESIDENTE: El documento americano 1553-PS aún no se ha presentado al Tribunal, y el Tribunal opina que no puede incluirlo directamente en el sumario sin más certificación, y considera que se debe obtener alguna declaración jurada breve que identifique el documento.

Sr. DUBOST: Pediré a mis colegas de la acusación americana que presenten esta declaración jurada. No consideré posible que este documento, que fue clasificado en sus archivos, pudiera ser rechazado.

Este deseo de exterminar, además, no necesita demostrarse con este documento. Está suficientemente demostrado con el testimonio que hemos presentado al Tribunal. El testigo Lampe dijo estas palabras: "Nadie se irá vivo de este campo. Sólo hay una salida, y es la chimenea del crematorio".

El documento F-321, página 49, al principio de la página, página 36 del texto alemán, dice que la única explicación que los hombres de las SS daban a los prisioneros era que nadie se iría vivo del campo.

En la página 179, el penúltimo párrafo del texto francés, página 152 del texto alemán: "los SS nos dijeron que sólo había una salida, la chimenea".

En la página 174, página 148 del texto alemán, el último párrafo: "Gaseamiento y cremación".

El fin esencial de estos campos era el exterminio del mayor número posible de personas. Eran conocidos como campos de exterminio. Esta destrucción, este exterminio de los internos, asumió dos formas diferentes. Una fue progresiva, la otra fue brutal.

[Página 273]

En el segundo libro de documentos presentado al Tribunal, páginas 28, 29 y 30, vemos el informe de una delegación de miembros del Parlamento Británico de abril de 1945, será la prueba RF 351, y citamos de él estas palabras, tercer párrafo de la página 29:
"Aunque se había trabajado intensamente en la limpieza del campo desde una semana antes de nuestra visita... nuestra impresión inmediata y duradera fue la de una intensa miseria general".
Página 30, debajo de los guiones, penúltimo párrafo, tercera línea de este párrafo:
"Deberíamos sin embargo concluir declarando que es una nuestra opinión meditada y unánime, con las pruebas de las que disponemos, que se llevó a cabo una política de hambruna constante y brutalidad inhumana en Buchenwald durante un largo periodo de tiempo, y que campos como éste marcan el más bajo punto de degradación al que haya jamás llegado la Humanidad".
Además, está el informe de un comité que incluye al General Eisenhower en las páginas 31, 32 y 33 del mismo libro de documentos. Leemos el segundo párrafo del fragmento francés, página 32 de su libro de documentos:
"El fin de este campo era el exterminio".
En el primer párrafo al principio de la página:
"Las formas de exterminio eran golpes, tortura, aglomeración en los dormitorios, enfermedad".
Página 32, al principio, en el segundo libro de documentos...

EL PRESIDENTE: ¿Puede ir un poco más despacio con estos números? Dijo primero 31 y luego 32. Nos han dicho a nosotros 22. Es más bien imposible seguirle si no sabemos la página correcta.

Sr. DUBOST: El documento L 159 está en las páginas 31, 32 y 33 del segundo libro de documentos.


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