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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
21 de enero a 1 de febrero de 1946

Cuadragésimo Quinto Día: Martes, 29 de enero de 1946
(8 de 9)


[Página 259]

P: ¿Sabe si a las personas que recibieron permisos, es decir, los internos a los que se permitió temporalmente salir del campo, se les permitió hablar de sus experiencias dentro del campo y relatar estas experiencias al mundo exterior?

R: Todos los campos de concentración eran a fin de cuentas enormes campos de tránsito. Los internos eran constantemente intercambiados y reemplazados, pasando de un campo al otro, yendo y viniendo. Por tanto, siempre había caras nuevas. Pero la mayor parte del tiempo estos prisioneros eran, aparte de los que conocíamos de antes o después de nuestro arresto, extraños, y por lo general no sabíamos nada de los que iban y venían.

P: Quizás no me he expresado con claridad. Me refiero a lo siguiente:

De vez en cuando, como dijo usted antes, se permitía a los internos políticos dejar el campo temporalmente. ¿Conocían estos internos estos excesos, y si los conocían, se les permitió hablar de estos experimentos en el resto de Alemania?

R: Los prisioneros políticos (muy pocos, y todos de nacionalidad alemana) que habían obtenido permisos eran prisioneros a los que las SS habían confiado puestos importantes en el campo y que habían estado presos durante al menos diez años en el campo. Fue el caso por ejemplo de Karl, el Kapo, el jefe de la cantina del campo de Buchenwald, la cantina de las Waffen SS, que era el responsable de la cantina y al que se le dio un permiso de una quincena para que visitara a su familia en su casa en la ciudad de Zeitz. Por tanto el "Kapo" estuvo libre durante estas dos semanas y podría haber hablado todo lo que hubiera querido, pero por supuesto no sé si lo hizo. Evidentemente, teníamos que ser cuidadosos. En cualquier caso, los prisioneros a los que se permitía salir de campo eran prisioneros antiguos, como he dicho, que sabían aproximadamente todo lo que estaba pasando, incluidos los experimentos.

P: Ahora viene mi última pregunta. Si supusiera que las personas que acaba de describir le dijeron algo a los miembros de sus familias, aun habiéndoseles exigido secreto, y el liderazgo del campo hubiera sido informado de estas indiscreciones, ¿no cree que esto habría acarreado la pena de muerte?

R: Si hubiera habido indiscreciones de esta clase por parte de la familia (ya que esas indiscreciones pueden repetirse entre el círculo de amistades) o al menos, si estas indiscreciones hubieran sido conocidas por las SS, es obvio que estos prisioneros se habrían arriesgado a ser condenados a muerte.

Dr. KAUFFMANN: Muchas gracias.

EL PRESIDENTE: ¿Hay algún otro miembro de la defensa que quiera hacer alguna pregunta?

Dr. BABEL (abogado de las SS y el SD): Protesto por la declaración de que he tratado de confudir a los testigos con mis preguntas. No estoy aquí para preocuparme por la opinión, buena o de otro tipo, de la prensa, sino para cumplir con mi deber como abogado defensor...

EL PRESIDENTE: Está yendo demasiado deprisa.

Dr. BABEL: (continuando) ...y opino que las cosas no deberían complicarse con la interferencia de nadie, ni siquiera de la prensa.

Esta guerra me ha causado mucho infortunio y dolor, y no tengo ninguna razón para justificar a ningún responsable de nuestro triste destino o de la desgracia que cayó sobre todo nuestro pueblo...

[Página 260]

EL PRESIDENTE: ¿Tendría la bondad de sentarse?

Dr. BABEL (continuando): ...a nadie que sea culpable en este aspecto, y no trataré de evitar que alguna de esas personas no reciba su justo castigo. Sólo me interesa ayudar al Tribunal a descubrir la verdad para que se pronuncien sentencias justas, y para que no se condene a personas inocentes.

EL PRESIDENTE: Le digo que por favor se siente. No es correcto que dé un discurso. Usted ha estado dando un discurso a mi parecer. No es ocasión para ello.

Dr. BABEL: Lo considero necesario porque no se me protegió del reproche de la acusación.

(El Dr. Babel comienza a volver a su sitio)

EL PRESIDENTE: Vuelva un momento.

(El Dr. Babel vuelve de nuevo al micrófono)

No sé a qué se refiere con lo de no ser protegido. Escúcheme. No sé a qué se refiere con lo de no ser protegido de la acusación. La acusación llamó a declarar a este testigo, y la defensa tuvo oportunidad de interrogarlo sin limitaciones, y entendimos que usted compareció ante el Tribunal para interrogar al testigo. No entiendo su protesta.

Dr. BABEL: Señoría, por desgracia no conozco las normas del procedimiento judicial en Inglaterra, América y otros países. Según el código penal alemán y las normas judiciales alemanas, se acostumbra que el juez que preside el juicio rechace los ataques injustificados e infundados de esta clase hechos contra alguna de las personas que participan en el juicio. Esperaba por tanto que esto se hubiera hecho aquí también, pero cuando esto no ocurrió, me vi llevado a...

Si al hacerlo quebranté las normas del procedimiento judicial, ruego me disculpen.

EL PRESIDENTE: ¿A qué acusaciones injustas se refiere?

Dr. BABEL: El fiscal dio a entender que hago preguntas a los testigos calculadas para confundirles, para evitar que los testigos declaren de manera adecuada. Es una acusación contra la defensa que es un insulto para nosotros, al menos para mi, no sé qué postura adoptarán otros miembros de la defensa.

EL PRESIDENTE: Me temo que no entiendo a qué se refiere.

Dr. BABEL: Señoría, lo siento. Pero creo que no puedo convencerle, ya que probablemente usted no conoce este aspecto de la mentalidad alemana, ya que nuestras normas alemanas son totalmente diferentes. No quiero de ninguna manera hacerle un reproche a nuestro Presidente. Tan sólo quería señalar que considero esta acusación injusta y que la rechazo.

EL PRESIDENTE: Dr. Babel, entiendo que usted dice que el fiscal le dijo algo. ¿Qué es lo que le dijo el fiscal?

Dr. BABEL: El fiscal dijo que quería confundir a los testigos con mi forma de interrogarles, y en mi opinión eso significa que estoy haciendo algo inadecuado. No estoy aquí para confundir a testigos, sino para ayudar al Tribunal a averiguar la verdad, y eso no se puede hacer confundiendo a los testigos.

EL PRESIDENTE: Ahora lo entiendo. No creo que el fiscal tuviera intención en absoluto de hacer acusaciones contra su actuación profesional. Si eso es sólo lo que quiere decir, entiendo muy bien el planteamiento que usted hace. ¿Quiere hacerle alguna pregunta a este testigo?

Dr. BABEL: Sí, tengo una pregunta.

P: Usted declaró que se llevaron armas, cincuenta rifles si le entendí bien, al Bloque 46 o al 50. ¿Quién llevó allí esas armas?

R: Nosotros, los prisioneros, las llevamos y las escondimos.

[Página 261]

P: ¿Con qué fin?

R: Salvar el pellejo.

P: No le he entendido.

R: Dije que escondimos estos rifles porque teníamos intención de vender caras nuestras vidas en el último momento, es decir, de defendernos hasta la muerte en lugar de ser exterminados como lo eran la mayoría de nuestros camaradas en los campos, con lanzallamas y ametralladoras. En ese caso nos habríamos defendido con los rifles que escondimos.

P: Ha dicho "nosotros los prisioneros". ¿Quiénes eran estos prisioneros?

R: Los internos del campo.

P: ¿Qué internos?

R: Nosotros, los prisioneros políticos.

P: ¿Se supone que por lo general eran alemanes?

R: Eran de todas las nacionalidades. Sin que lo supieran las SS, había en el campo una organización de defensa secreta internacional con batallones de choque.

P: ¿Hubo internos alemanes que quisieron ayudarles?

R: Había también prisioneros alemanes que pertenecían a estos batallones de choque, prisioneros políticos alemanes, y en particular antiguos comunistas alemanes que habían estado encarcelados durante diez años, y que fueron de gran ayuda al final.

P: Muy bien, eso es lo que quería saber. Entonces, con excepción de los criminales, que llevaban triángulos verdes, usted y los demás internos, incluso los de origen alemán, eran amigos y se ayudaban unos a otros, ¿es correcto?

R: La cuestión de los "verdes" no surgió, porque las SS evacuaron a los "verdes" en los días justo anteriores a la liberación de los campos. Exterminaron a la mayoría. En cualquier caso, se fueron del campo, y no sabemos lo que les ocurrió. Sin duda algunos aún se esconden entre la población alemana.

P: Mi pregunta no se refería a los prisioneros marcados de verde, sino a sus relaciones con los prisioneros políticos alemanes.

R: Los prisioneros políticos, sin importar si eran alemanes, franceses, rusos, holandeses, belgas o de Luxemburgo, formaron dentro del campo batallones de choque secretos que se hicieron con armas en el último momento y cooperaron en la liberación del campo. Las armas que se escondieron venían de las fábricas de armamento Guslow, que estaban cerca del campo. Estas armas fueron robadas por los trabajadores de esta fábrica, que cada día traían consigo una culata escondida en su ropa, o un cañón. Y en secreto, con muchas dificultades, se montaron los rifles con las diferentes piezas y se escondieron. Estos son los rfiles que usamos en los últimos días del campo.

Dr. BABEL: Gracias. No tengo más preguntas.

EL PRESIDENTE: ¿Quiere algún otro abogado alemán hacer alguna pregunta? ¿Tiene usted alguna pregunta, Sr. Dubost?

Sr. DUBOST: No tengo más preguntas, Sr. Presidente.

EL PRESIDENTE: Entonces el testigo puede retirarse.

Sr. DUBOST: Estos dos días de testimonios obviarán que lea los documentos con más detalle, ya que para el Tribunal está demostrado que los excesos, el maltrato y los crímenes que nuestros testigos les describieron ocurrieron repetidas veces y fueron idénticos en todos los campos. Por tanto, son evidencia de una voluntad superior procedente del propio Gobierno, una voluntad sistemática de exterminio y terror bajo la que tuvo que sufrir toda la Europa ocupada.

Así, sólo les presentaré, sin leerlos, los documentos que hemos recopilado, y me limitaré a un breve análisis cuando puedan darles...

EL PRESIDENTE: Sr. Dubost, por supuesto usted entiende que el Tribunal tiene suficiente con los testimonios que ha escuchado hasta hoy, pero que por supuesto

[Página 262]

espera escuchar testimonios o posiblemente podrá escuchar testimonios de los acusados, y naturalmente no dictará sentencia hasta que haya escuchado los testimonios, y como le señalé ayer, creo, según el Artículo 24E del Estatuto usted tendrá ocasión de solicitar al Tribunal, si lo considera correcto, el presentar pruebas para refutar cualquier prueba que los acusados puedan presentar. Todo lo que quiero indicarle ahora es que el Tribunal no está tomando una decisión en este momento. Esperará hasta que haya escuchado las pruebas de la defensa.

Sr. DUBOST: Creo que las pruebas que presentamos en forma de testimonios durante estos dos días constituyen una parte esencial de nuestra acusación. Nos permitirá acortar considerablemente la presentación de nuestros documentos, de los que sólo presentaremos un análisis de fragmentos muy breves.

Nos detuvimos en la descripción de los transportes de prisioneros y de las condiciones en las que eran transportados cuando empezamos a llamar a declarar a nuestros testigos.

Para determinar quiénes de los acusados son los particularmente responsables de estos transportes, presento el documento UK 56, firmado por Jodl, que ordenaba la deportación de judíos de Dinamarca. Estará entre los documentos como prueba RF 335.

EL PRESIDENTE: Creo que será mejor que se ponga los cascos, tengo aquí dos libros ante mi, uno que...

Sr. DUBOST: Está en el primer libro de documentos.

EL PRESIDENTE: ¿Sobre la deportación?

Sr. DUBOST: Correcto, sobre deportación.

EL PRESIDENTE: ¿Cuándo se han entregado estos libros? Porque al parecer los miembros de Estados Unidos del Tribunal...

Sr. DUBOST: Se les entregaron el sábado (*), Sr. Presidente.

[(*)NOTA: La transcripción en francés dice "sábado". Dado que no hubo sesión el sábado, el Sr. Dubost debía querer decir "viernes", ya que hubo un receso del viernes 25 de enero a las 17 horas al lunes 28 de enero a las 10 horas].

Continúo ahora presentando una cuestión que fue interrumpida el sábado [* ver nota anterior] cuando terminó la sesión a las 17 horas. Este documento UK 56 es un telegrama transmitido sin cifrar con la mención "Documento Secreto". Es el octavo del primer libro. Su segundo párrafo dice lo siguiente: "La deportación de judíos..." Es el octavo de su primer libro.

EL PRESIDENTE: ¿En qué página?

Sr. DUBOST: Si el Tribunal considera que nuestro secretario intérprete puede ser de ayuda en localizar los documentos...

EL PRESIDENTE: Continúe.

Sr. DUBOST: El segundo párrafo: "La deportación de judíos debe ser realizada por el Reichsführer de las SS, que enviará dos batallones a Dinamarca para este fin.

Para autorización:

Firmado: JODL".

Aquí tenemos la ejecución de una acción política por parte de una organización militar, o como mínimo por un líder que pertenecía a una organización militar: el Estado Mayor Alemán. Este cargo afecta así tanto a Jodl como al Estado Mayor Alemán.

Hemos presentado como prueba RF 324 en la sesión del sábado por la tarde [* ver nota anterior] un fragmento del informe del Gobierno Holandés. El Tribunal encontrará en este informe un fragmento sobre el transporte de judíos holandeses detenidos en Westerbork, que cito: en la primera página, segundo párrafo...

EL PRESIDENTE: ¿Está en el mismo libro?

Sr. DUBOST: En el mismo libro, Sr. Presidente.

[Página 263]

EL PRESIDENTE: ¿Qué número? ¿El 324?

Sr. DUBOST: El 224-F, que es la prueba RF 324 una vez presentado.

Es un fragmento del informe del Gobierno Holandés, párrafos 2 y 3...

"Todos los judíos holandeses capturados por los alemanes eran reunidos en el campo de Westerbork". Párrafo 3: "poco a poco todos los prisioneros de Westerbork fueron deportados a Polonia".

¿Es necesario recordar las consecuencias de estos transportes (llevados a cabo en las condiciones que se han descrito ante ustedes) cuando tres testigos han acudido para decirles que cada vez que se abrían los vagones lo primero de todo se tenían que sacar numerosos cadáveres antes de que se pudieran encontrar unos pocos supervivientes?

El documento francés 115, que es el informe del Profesor Charles Richest, también se encuentra en su primer libro de documentos, nº 115, el decimotercero de su libro de documentos, página 6. El Profesor Richest repite lo que han dicho nuestros testigos, que los deportados eran...

EL PRESIDENTE: ¿Qué párrafo?

Sr. DUBOST: El último párrafo, página 6. Había entre 75 y 120 deportados por vagón. Morían hombres en todos los transportes. Al llegar a Buchenwald desde Compiègne, después de un viaje medio de 60 horas, al menos el 25 por ciento de los hombres habían sucumbido. Este testimonio corrobora los de Blaha, la Señora Vaillant Couturier y el Profesor Dupont.

El testimonio de Blaha está en su libro de documentos como documento 3249-PS. Es la segunda declaración de Blaha, el segundo documento de su libro. Hemos escuchado a Blaha. No considero necesario releer lo que ya nos ha declarado.

EL PRESIDENTE: No.

Sr. DUBOST: Unos transportes horriblemente infames fueron los que durante los meses de agosto y septiembre de 1944 fueron a Dachau, cuando numerosos trenes que habían partido de Francia, generalmente desde los campos de Bretaña, llegaban a ese campo con entre cuatrocientos y quinientos muertos de unos dos mil por cada tren. Tenemos esta información en el documento 140-F, que está en su primer libro de documentos. La primera página de este documento dice, y cito para no tener que volver a ello de nuevo, en el cuarto párrafo, que habla de Auschwitz: "unos siete millones de personas murieron en este campo". Está en la página 5 de su libro de documentos, el penúltimo párrafo, en la mitad, documento 406, que no es necesario presentar después del testimonio dado. Sólo repite las condiciones en que se hacían los transportes y que la Sra. Vaillant Couturier les ha descrito.

El documento 174, página 16, indica que en el tren del 2 de julio de 1944 que salió de Compiègne, los hombres enloquecieron y se pelearon unos con otros, y más de 600 murieron entre Compiègne y Dachau. Es de este tren de lo que trata el documento 83-F, repito, 83-F, que presentamos como prueba RF 337, y que dice en las actas del Dr. Louviers: Rheims, 12 de febrero de 1945, (página 5 del documento 83-F, en el primer libro de documentos), indicando que estos prisioneros (es el decimocuarto documento de su primer libro de documentos) para cuando llegaron a Rheims...


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