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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 7 de enero al 19 de enero de 1946

Trigésimo Séptimo Día: Viernes, 18 de enero de 1946
(8 de 9)


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Omitiré el resto de la primera página y continuaré en la página 2 de la traducción al francés:
"Los internados italianos que, tras investigarlos, no se declaren dispuestos a continuar la lucha bajo mando alemán, quedan a disposición del Plenipotenciario General para el Uso de Mano de Obra,

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que ya ha dado las instrucciones necesarias para su empleo a los Jefes de las Oficinas de Trabajo Regionales.

Hay que señalar que los militares internados italianos no se deben usar junto a los prisioneros de guerra británicos y americanos".

Los prisioneros de guerra ofrecieron resistencia pasiva a la fuerza alemana. Las autoridades nacionalsocialistas intervinieron una y otra vez para tratar de incrementar su productividad. Cito el documento 233-PS, que presento al Tribunal como prueba RF 53. Es una directiva del OKW del 17 de octubre de 1944. El objetivo es indicar al departamento de prisioneros de guerra medidas capaces de incrementar la productividad de los prisioneros. Leo del documento:
"Asunto: Trato debido a los Prisioneros de Guerra- Incremento de Producción.

Las medidas tomadas hasta ahora con respecto al trato debido a prisioneros de guerra y el incremento de su productividad no han dado los resultados que se habían esperado. Las oficinas del Partido, y las de economía, se quejan continuamente de la poca productividad de todos los prisioneros de guerra. Por tanto, se hacen saber las siguientes directivas para prisioneros de guerra, de acuerdo con todas las oficinas interesadas del Partido y el Estado. Consecuentemente, todas las compañías de guardia y sus auxiliares deberán recibir instrucciones detalladas.

Colaboración con los detentadores de soberanía del NSDAP. La cooperación de todos los oficiales a cargo de prisioneros de guerra con los detentadores de soberanía del Partido debe ser reforzada hasta un punto aún mayor. A tal fin, los comandantes de los campos de prisioneros de guerra asignarán inmediatamente para todos los Kreise bajo su mando a un oficial enérgico familiarizado con todas las cuestiones relativas a prisioneros de guerra para actuar como oficial de enlace con los Kreisleiter. Este oficial tendrá como misión tratar con la colaboración más estrecha posible de los Kreisleiter y según las instrucciones del comandante del campo todas las cuestiones relativas a prisioneros de guerra que puedan ser de dominio público. El objetivo de esta colaboración debería ser:

(a)Incrementar la productividad de los prisioneros de guerra;

(b) Resolver todas las dificultades rápidamente e in situ;

(c) Organizar el empleo de prisioneros de guerra en los Kreise de tal forma que se satisfagan las necesidades políticas, militares y económicas.

La Cancillería del Partido dará las órdenes necesarias a los Gauleiter y los Kreisleiter.

(2) Trato debido a los prisioneros de guerra. El trato debido a los prisioneros de guerra será dictado dentro de límites compatibles con la seguridad con el único objetivo de incrementar en la medida de lo posible la productividad. Es necesario, además de un trato justo, de proporcionar a los prisioneros la comida que les corresponde según lo estipulado, y de proporcionarles un alojamiento adecuado, el supervisar la productividad para alcanzar los resultados más altos posibles.

Se han de emplear los medios disponibles con un rigor extremo con los perezosos y los rebeldes".

Aquí termina mi cita. La resistencia de los prisioneros de guerra provocó que el Departamento de Trabajo Alemán usara un subterfugio para forzarles a trabajar. Me refiero a la operación denominada la transformación de prisioneros de guerra en trabajadores libres. Consistía en transformar a prisioneros de guerra en los denominados trabajadores libres, a los que se les ofrecía un contrato de trabajo. La operación fue perfeccionada por el acusado Sauckel durante uno de sus viajes a París el 9 de abril de 1943. Ofrecía a Alemania la ventaja de permitir el uso de prisioneros transformados en fábricas de armamento, sin quebrantar directamente la Convención de Ginebra. Para los prisioneros suponía sólo una ventaja aparente, la disminución de la vigilancia a la que estaban sometidos. En realidad, la duración y las características del trabajo que se les impuso no cambió de ninguna manera; las condiciones de su alojamiento y la calidad de sus raciones

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no cambió. Además, esta operación, presentada por la propaganda alemana como una medida favorable para los prisioneros de guerra, provocó un deterioro de su status jurídico.

Los prisioneros de guerra no se dejaron engañar; en la mayoría de los casos se negaron a cooperar con esta maniobra alemana; algunos aceptaron hacerlo, pero varios se aprovecharon del primer permiso que se les concedió por su cambio de estatus y huyeron. El informe del Instituto Estadístico sobre Mano de Obra Forzada que presenté al Tribunal esta mañana como prueba RF 22 proporciona la siguiente información sobre este asunto. Lo cito, página 70 del texto en francés, página 70 de la traducción al alemán. Leeré el segundo párrafo:

"La transformación de prisioneros en trabajadores 'libres', que se realizó o llevó a cabo como la segunda acción de Sauckel y que, debido a este hecho, debe indicarse en la lista presente como ocurrida a partir del 25 de abril de 1942, fue decidida por Sauckel durante un viaje a París el 9 de abril de 1943. Incluía, después de que el prisionero hubiera firmado su contrato como trabajador, un permiso para ir a Francia, dependiendo de la vuelta de los hombres que habían ido de permiso antes. Se hicieron dos intentos de llevar a cabo este plan. El 24 de abril de 1943, de 1.000 de permiso, 43 no volvieron. En el mes de agosto siguiente, 2.000 de un total de 8.000 no regresaron. Se publicó un último llamamiento dirigido a ellos en la prensa del 17 de agosto sin resultado. No hay un tercer experimento, y la transformación en la práctica se limitó a quitar centinelas y guardias de campo, pero no cambiaron las características ni la duración del trabajo, ni las condiciones del alojamiento ni las raciones. Por otro lado, supuso pérdidas de derechos, como el de recibir paquetes de Cruz Roja Internacional y la pérdida de la protección diplomática como prisioneros de guerra".
La utilización forzada de prisioneros de guerra no permitió a las autoridades alemanas resolver el problema de mano de obra de la economía de guerra. Es por ello por lo que aplicaron su política de fuerza contra las poblaciones civiles de los territorios ocupados.

Las autoridades nacionalsocialistas sistematizaron su política de fuerza de 1942 estableciendo el Departamento de Trabajo Obligatorio en los diferentes territorios ocupados. Se ha comprobado que partir de finales de 1941 ni el reclutamiento de trabajadores voluntarios ni la utilización de prisioneros permitían una solución al problema de la mano de obra requerida por la economía de guerra. Los alemanes decidieron entonces proceder al reclutamiento forzado de trabajadores civiles. Decretaron una verdadera movilización civil, cuya ejecución caracteriza su actividad criminal.

Citaré una directiva del 29 de enero de 1942 del Dr. Mansfeld, con la autorización del acusado Goering. Le recuerdo al Tribunal que ya he presentado este documento como prueba RF 26. Leo el fragmento del documento donde me detuve esta mañana, página 2, último párrafo de la traducción al francés, página 2, último párrafo también del original alemán:

"Para evitar causar un daño a la industria armamentística, todas las dudas deben desaparecer en aras de la necesidad de cubrir de cualquier forma los huecos en el empleo de mano de obra causados por un amplio reclutamiento de la Wehrmacht. A tal fin, no se debe descuidar la movilización forzada de trabajadores de los territorios ocupados si el reclutamiento voluntario sigue sin tener éxito. El mero factor de una movilización obligatoria hará en muchos casos el reclutamiento más fácil.

Por tanto, le pido que tome medidas inmediatas en su distrito para promover el empleo de trabajadores en el Reich Alemán de forma voluntaria. Por la presente, le solicito que se prepare para la publicación de normativas que hagan posible la movilización forzosa de mano de obra de su territorio para enviarla a Alemania, de tal forma que se puedan decretar de inmediato si el reclutamiento de forma voluntaria sigue sin tener el éxito necesario para aliviar la falta de mano de obra en el Reich".

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El nombramiento del acusado Sauckel puede considerarse una medida preparatoria para la creación del Departamento de Trabajo Obligatorio. Era necesario crear una autoridad central para coordinar la actividad de los diferentes departamentos de trabajo y para proceder a la movilización de trabajadores civiles. Los términos de la exposición de motivos del decreto de nombramiento son explícitos: la misión del Plenipotenciario para la Mano de obra es satisfacer las necesidades de mano de obra de la economía alemana a través del reclutamiento de trabajadores extranjeros y de la utilización de prisioneros de guerra. El decreto de Sauckel, del 22 de agosto de 1942, que he presentado al Tribunal como prueba RF 17, expresa además la intención del acusado de reclutar por medio de la coerción.

La institución de la oficina de trabajo obligatorio es un quebrantamiento deliberado de convenciones internacionales. La deportación de trabajadores está prohibida en varias normativas contractuales que tienen valor de ley. Citaré en primer lugar el Artículo 52 del Anexo de la Cuarta Convención de La Haya. Ya la he comentado ante el Tribunal para demostrar que la confiscación de servicios de trabajo llevada a cabo por las autoridades de ocupación era ilegal.

Además, la institución del trabajo obligatorio estaba prohibida por el Artículo 52. Se impuso trabajo obligatorio a trabajadores extranjeros en interés de la economía de guerra; se llevó a cabo en fábricas de armamento de la Alemania Nacionalsocialista; privó a los territorios ocupados de mano de obra necesaria para la explotación racional de sus riquezas. Por tanto, no entra en el marco de la confiscación de servicios de trabajo que el Artículo 52 de la Convención de La Haya autoriza.

La prohibición del trabajo forzado se encuentra también en otra convención internacional. Es una cuestión de la Convención del 25 de septiembre de 1926 sobre esclavitud, de la que Alemania es uno de los firmantes. Este tratado declara en su Artículo 5 que el trabajo forzado es equivalente a la esclavitud. Ruego al Tribunal que lo incluya en el sumario.

La deportación de trabajadores es el objeto de una prohibición formal. Por tanto, el trabajo forzado en fábricas bélicas alemanas se instituyó siendo una violación flagrante de la Ley Internacional y de todas las garantías suscritas por Alemania. Las autoridades nacionalsocialistas transgredieron la Ley Internacional, y además quebrantaron los derechos de las naciones.

Estos últimos garantizan la libertad individual, y el principio del reclutamiento forzoso es un ataque característico contra ésta.

La violación de tratados y el desprecio de los derechos individuales son bases de la doctrina nacionalsocialista. Por tanto, los acusados procedieron no sólo a la movilización de trabajadores extranjeros; proclamaron la necesidad y la legitimidad del trabajo forzado. Primero indicaré al Tribunal ciertas declaraciones hechas por los acusados que tienen el valor de confesiones. Después indicaré cómo las autoridades de ocupación introdujeron el servicio de trabajo obligatorio en los diferentes territorios ocupados. Finalmente, demostraré que los alemanes tomaron medidas de coerción violenta en un intento de de lograr la ejecución de la movilización civil que había sido decretada.

Hitler defendió la legitimidad del reclutamiento forzoso. La prueba se encuentra en el informe de la Conferencia del Plan de Cuatro Años celebrada los días 10, 11 y 12 de agosto de 1942. Se encuentra en el documento R-124, que presenté esta mañana como prueba RF 30. No lo leeré ante el Tribunal, ya que mi colega americano el Sr. Dodd lo ha hecho durante su presentación sobre mano de obra forzada. Señalaré que el documento al que me refiero indica que el Führer aceptó ejercer todas las coacciones que fueran necesarias tanto en el Este como en el Oeste si no se podía regular la cuestión de reclutar a trabajadores extranjeros de forma voluntaria.

La necesidad de la utilización de mano de obra forzada fue expresada en términos idénticos por algunos de los acusados.

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No repetiré las numerosas declaraciones del acusado Sauckel que ya he expuesto ante el Tribunal. La exposición de motivos de su decreto del 22 de agosto de 1942, el programa incluido en su carta del 24 de abril de 1942, y la política defendida en su discurso de Posen en febrero de 1943 reproducen fielmente la determinación del acusado de justificar el principio de reclutamiento forzoso. No volveré a esta cuestión. Presento al Tribunal la declaración del acusado Jodl. Esta declaración es un fragmento de un largo discurso dado por Jodl el 7 de noviembre de 1943 en Munich ante una audiencia de Gauleiters. Este discurso es el documento L-172. Lo presento al Tribunal como prueba RF 54. Leeré en la página 2 de la traducción al francés, el segundo párrafo, páginas 38-39 del original alemán:
"Este dilema de la escasez de mano de obra ha llevado a la idea de hacer un uso más cuidadoso de las reservas de mano de obra de los territorios ocupados por nosotros. Aquí se mezclan el pensamiento correcto y el pensamiento erróneo. Creo que en lo que concierne a la mano de obra se ha hecho todo lo que se podía hacer; pero donde esto no es aún así, parecía preferible, desde el punto de vista político, no tener que recurrir a medidas obligatorias, sino tender al orden y el alivio económico. Sin embargo, en mi opinión, ha llegado ahora el momento de dar pasos con un vigor y una decisión implacables en Dinamarca, Holanda, Francia y Bélgica, y también de obligar a miles de personas desocupadas a llevar a cabo las obras de fortificación, que son más importantes que cualquier otro trabajo. Se han dado ya las órdenes necesarias para esto".
El Servicio de Trabajo Alemán no esperó al llamamiento del General Jodl para decretar la movilización de trabajadores extranjeros civiles. Voy a demostrar al Tribunal cómo el Departamento de Trabajo Obligatorio fue creado y organizado en Francia, en Noruega, en Bélgica y en Holanda.

Querría recordarle al Tribunal que en Dinamarca nunca existió ninguna normativa legal sobre el trabajo forzado, y que se llevó a cabo como una simple medida de facto.

También quiero recordarle al Tribunal que el Departamento de Trabajo Forzado fue introducido de una forma especial en Luxemburgo y en los departamentos franceses de Alsacia y Lorena. Las autoridades de ocupación incorporaron a los ciudadanos de Luxemburgo y a los ciudadanos franceses de los departamentos de Bas-Rhin, Haut-Rhin y Moselle en el Servicio de Trabajo del Reich. Esta incorporación se llevó a cabo por medio de ordenanzas del Gauleiter Simon y el Gauleiter Wagner. Las ordenanzas constituyen una parte integral del plan de germanización de los territorios de Luxemburgo, Alsacia y Lorena. Sus consecuencias sobrepasan las de las medidas de reclutamiento forzoso que se tomaroan en otros territorios ocupados. Es por ello por lo que remito al Tribunal en este punto a la explicación que se dará en el informe de la acusación del Sr. Edgar Faure.

Dos textos alemanes de carácter general sirven como base para la legislación sobre trabajo forzado en los territorios ocupados de Europa Occidental.


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