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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 7 de enero al 19 de enero de 1946

Trigésimo Sexto Día: Jueves, 17 de enero de 1946
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Como consecuencia de esa doctrina, la alteración de la condición humana resulta ser no sólo un medio al que recurrir ante la existencia de ocasiones temporales, como las provocadas por la guerra, sino que es además un objetivo necesario y deseable. Los nazis se propusieron clasificar a la Humanidad en tres categorías principales: la de sus adversarios, o personas que consideraban inadaptables a sus peculiares principios, esta categoría puede ser acosada de múltiples maneras o incluso destruida; la del hombre superior, que afirman que es reconocible por su sangre o por algunos medios arbitrarios; la del hombre inferior, que no merece ser destruida y cuyo poder vital debería usarse en un régimen de esclavitud para el bienestar de los "señores", los amos.

Los líderes nazis se propusieron aplicar este concepto siempre que pudieran, en territorios cada vez más y más amplios, a poblaciones cada vez más numerosas, y además demostrar una aterradora ambición por el éxito en imponerlo a personas inteligentes, en convencer a sus víctimas y demandarles, además de tantos sacrificios, un acto de fe. La guerra nazi es una guerra de una religión fanática en la que se puede tanto exterminar a infieles como imponerles la conversión. Se debería señalar además que los nazis agravaron los excesos de esos horribles tiempos, ya que en una guerra religiosa, los adversarios convertidos eran recibidos como hermanos, mientras que los nazis nunca dieron a sus lamentables víctimas la oportunidad de salvarse, ni siquiera a través de la abjuración completa.

En base a estos principios, los alemanes llevaron a cabo la germanización de territorios ocupados, y tenían sin duda la intención

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de dedicarse a germanizar el mundo entero. Esta germanización se puede distinguir de las antiguas teorías del pangermanismo, ya que es tanto una nazificación como un verdadero retorno a la barbarie.

El racismo clasifica las naciones ocupadas en dos categorías principales; la germanización es para algunas una asimilación nacionalsocialista, y para otras su desaparición o esclavización. Para los seres humanos de la denominada "raza superior", la condición más favorable asignada a ellos comprende la aceptación de los nuevos conceptos de la comunidad germánica. Para los seres humanos de la llamada "raza inferior" se propuso, o bien abolir todos sus derechos mientras esperaban o se preparaban para su destrucción física, o bien utilizarlos como servidumbre. En ambos casos, el racialismo significa la aceptación de los mitos nazis.

Este doble programa de germanización absoluta no se llevó a cabo en su totalidad ni en todos los países ocupados. Los alemanes lo concibieron como un trabajo largo que pensaban llevar a cabo gradualmente con una serie de medidas sucesivas. Este planteamiento progresivo es siempre característico del método nazi. Encaja aparentemente, en ambos casos con la variedad de obstáculos encontrados, con el deseo hipócrita de evitar a la opinión pública, y con un ansia horrible por experimentar y por la ostentación científica.

Cuando los países fueron liberados, el estado de la germanización variaba enormemente según el país, y dentro del propio país, dependiendo de la categoría de la población. A veces el método se llevó hasta sus consecuencias extremas; en otros casos, sólo se ven señales de preparativos. Pero es fácil ver en todas partes la tendencia hacia el mismo mal, interrumpido en diferentes momentos en su desarrollo, pero en todas partes dirigido por el mismo movimiento inexorable.

En cuanto a la condición de nación, los alemanes procedieron a una anexión pura y simple en Luxemburgo, en los cantones belgas de Eupen y Malmédy, y en los departamentos franceses de Alsacia y Lorena. Aquí la acción criminal consistió tanto en la abolición de la soberanía del Estado, protector natural de sus cuidadanos, como en la abolición aplicada a esos ciudadanos del rango que tenían como ciudadanos de este Estado, un rango reconocido por las leyes nacionales y la Ley Internacional.

Los habitantes de estos territorios perdieron así su nacionalidad original, dejando de ser luxemburgueses, belgas o franceses. Pero tampoco adquirieron la nacionalidad alemana completa; se les concedió sólo gradualmente este singular favor, con la condición adicional de que proporcionaran ciertas razones que lo justificaran.

Los alemanes intentaron incluso borrarles la memoria de su antiguo país. En Alsacia y la región del Mosela se prohibió el idioma francés; se germanizaron los nombres de los lugares y las personas.

Los nuevos ciudadanos o meros súbditos estaban igualmente sujetos a las obligaciones relativas al régimen nazi: a trabajos forzados, por supuesto, y poco después al reclutamiento. En caso de resistirse a estas órdenes injustas y abominables -ya que se trataba de armar a franceses para luchar contra sus aliados y en realidad contra su propio país- se aplicaban sanciones, no sólo a las partes en cuestión, sino también a los miembros de sus familias, siguiendo las tesis de la ley nazi, que elimina los principios fundamentales legales contra la represión.

Las personas que resultaban ser recalcitrantes a la nazificación, o incluso aquellos que parecían ser de poca utilidad para los proyectos nazis, fueron víctimas de expulsiones a gran escala, siendo arrancados de sus hogares en pocas horas con el equipaje mínimo, y privados de sus propiedades.

E incluso esta inhumana evacuación de poblaciones enteras, que será para siempre uno de los horrores de nuestro siglo, es en cierta forma un trato de favor si se compara con las deportaciones que llenaron los campos de concentración, en particular el campo de Stuthoff, en Alsacia.

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A la vez que oprimían a la población por la fuerza y contraviniendo todas las leyes, los nazis se dedicaron, según sus métodos, a convencer al pueblo de la excelencia de su régimen. Los jóvenes en especial debían ser educados en el espíritu del nacionalsocialismo.

Los alemanes no procedieron a la anexión propiamente dicha en otras áreas distintas de las que hemos mencionado; sin embargo, está fuera de toda duda, y es algo confirmado por numerosas indicaciones, que se habrían propuesto anexionar territorios mucho más importantes aplicándoles el mismo régimen si la guerra hubiera terminado en una victoria alemana. Pero en todas partes se prepararon para la abolición o el debilitamiento del carácter nacional eliminando o dañando la soberanía del Estado en cuestión, y forzando la destrucción de sentimientos patrióticos.

En todos los países ocupados, existiera o no una autoridad gubernamental aparente, los alemanes ignoraron sistemáticamente las leyes de ocupación. Legislaron, regularon, administraron. Aparte de los territorios anexionados directamente, el resto de territorios ocupados estaban también en un estado que se podría definir como de pre-anexión.

Esto lleva a un segundo aspecto, el ataque a la seguridad espiritual. En todas partes, aunque con variaciones en el tiempo y el espacio, los alemanes se dedicaron a abolir las libertades públicas, especialmente la libertad de asociación y la libertad de prensa, y decidieron maniatar las libertades esenciales del espíritu.

Las autoridades alemanas sometieron a la prensa a la censura más estricta, incluso en cuestiones privadas de carácter militar, una prensa en la que además buena parte de sus representantes se inspiraban en ellos. Se impusieron múltiples restricciones a la industria y al cine. Se prohibieron numerosas obras aunque no tuvieran un carácter político, incluso libros de texto. Las autoridades religiosas vieron invadido su ámbito clerical, y no se podían escuchar las palabras de la verdad.

Tras haber limitado la libertad de expresión incluso más allá del grado que justifican un estado de guerra y una ocupación, los alemanes desarrollaron su propaganda nacionalsocialista sistemáticamente a través de la prensa, la radio, el cine, los mitines políticos, los libros y los carteles.

Todas estas acciones produjeron un resultado tan pequeño que se podría tratar de minimizar su importancia. Sin embargo, la propaganda dirigida por medios totalmente contrarios al respeto debido a la inteligencia humana, y en nombre de una doctrina criminal, deben figurar en la Historia como una de las desgracias del régimen nacionalsocialista.

El programa de germanización no fue menos dañino como amenaza a los derechos humanos en los otros amplios aspectos que hemos definido: el derecho a la vida familiar, el derecho a la actividad profesional y económica, las garantías jurídicas. Estos derechos fueron atacados, estas garantías fueron limitadas.

Los trabajos forzados y las deportaciones impidieron el ejercicio del derecho a la vida familiar, así como los derechos laborales. Los arrestos arbitrarios suprimieron las garantías legales más elementales. Además, los alemanes trataron de imponer sus propios métodos a las autoridades administrativas de los países ocupados, y por desgracia a veces tuvieron éxito en sus intentos.

Sabemos también que se provocó la discriminación racial contra ciudadanos de los países ocupados que fueron catalogados como judíos, medidas particularmente odiosas, dañinas para sus derechos personales y su dignidad humana.

Todos estos actos criminales se cometieron quebrantando las normas de la Ley Internacional, y en particular, las de la Convención de La Haya, que limita los derechos de los ejércitos que ocupan un territorio.

La lucha de los nazis contra la condición humana completa la trágica y monstruosa totalidad de los crímenes de guerra de la Alemania Nazi, poniéndola bajo la bandera de la humillación del hombre, provocada deliberadamente por la doctrina

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nacionalsocialista. Esto le da su verdadero carácter de plan sistemático para la vuelta a la barbarie.

Esos son los crímenes que la Alemania nacionalsocialista cometió durante la guerra de agresión que llevó a cabo. Los pueblos martirizados piden a las naciones civilizadas que hagan justicia, y solicitan a su Alto Tribunal que condene al Reich Nacionalsocialista, representado en las personas de los líderes que aún viven.

Que los acusados no se sorprendan de los cargos presentados contra ellos, y no les permitan rebatir este principio de retroactividad, cuya permanencia estaba garantizada, en contra de sus deseos, por legislación democrática. Los crímenes de guerra están definidos en la Ley Internacional y en las leyes nacionales de todas las civilizaciones modernas. Los acusados sabían que los actos violentos contra las personas, las propiedades, y la condición humana de los ciudadanos de países enemigos eran crímenes de los que tendrían que responder ante la justicia internacional.

Los Gobiernos de las Naciones Unidas les han advertido muchas veces desde el comienzo de las hostilidades.

El 25 de octubre de 1941 Franklin Roosevelt, Presidente de los Estados Unidos de América, y Winston Churchill, Primer Ministro de Gran Bretaña, anunciaron que los criminales de guerra no escaparían a un justo castigo:

"Las masacres de Francia", dijo Churchill, "son un ejemplo de lo que los nazis de Hitler están haciendo en muchos otros países bajo su yugo. Las atrocidades cometidas en Polonia, Yugoslavia, Noruega, Holanda, Bélgica y especialmente en la retaguardia del frente alemán en Rusia, exceden todo lo conocido desde las épocas más oscuras y bestiales de la Humanidad. El castigo de estos crímenes debería estar ahora entre los objetivos principales de la guerra".
Durante el otoño de 1941 los representantes de los gobiernos de los países ocupados se reunieron en Londres por iniciativa de los Gobiernos polaco y checo. Elaboraron una Declaración Inter-Aliada que se firmó el 13 de enero de 1942. Con la venia, recordaré al Tribunal sus términos:
"Los abajo firmantes, representantes de los Gobiernos de Bélgica, Checoslovaquia, del Comité Nacional de la Francia Libre, de los Gobiernos de Grecia, Luxemburgo, Holanda, Polonia y Yugoslavia;

Considerando que Alemania, desde el principio del conflicto actual, que fue provocado por su política de agresión, estableció en los países ocupados un régimen de terror caracterizado entre otras cosas por encarcelamientos, expulsiones masivas, masacres, y ejecuciones de rehenes;

Considerando que estos actos de violencia son cometidos igualmente por los aliados y socios del Reich, y en ciertos países por ciudadanos que colaboran con la potencia ocupante;

Considerando que la solidaridad internacional es necesaria para evitar que estos actos violentos provoquen actos de violencia individual o colectiva, y finalmente para satisfacer el espíritu de justicia del mundo civilizado;

Recordando que la Ley Internacional, y en particular la Convención de La Haya firmada en 1907 sobre las leyes y costumbres de la guerra terrestre, no permiten a los beligerantes cometer actos violentos contra civiles en países ocupados, o quebrantar leyes en vigor o eliminar instituciones nacionales;

Afirmando que los actos de violencia así cometidos contra poblaciones civiles no tienen nada en común con los conceptos de acto de guerra o de crimen político tal y como son entendidos por las naciones civilizadas;

Tomando nota de las declaraciones hechas sobre este particular el 25 de octubre de 1941 por el Presidente de los Estados Unidos de América y por el Primer Ministro Británico;

Poniendo entre sus objetivos bélicos principales el castigo por medio de la justicia organizada de los culpables o responsables de estos crímenes, tanto si los ordenaron, como si los perpetraron o tomaron parte en ellos con otros;

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Habiendo decidido ocuparse de que, en un espíritu de solidaridad internacional:

(a) los culpables o responsables, cualquiera que sea su responsabilidad, sean buscados, llevados a la justicia y juzgados;
(b) las sentencias pronunciadas sean ejecutadas;

Confiando en que será así, los abajo firmantes, con la correspondiente autorización, han firmado a tal fin esta declaración".

Los líderes de la Alemania Nacionalsocialista recibieron otros avisos. Les remito al discurso del General de Gaulle del 13 de enero de 1942; el de Churchill del 8 de septiembre de 1942; la nota del Sr. Molotov, Comisario del Pueblo de Asuntos Exteriores de la Unión Soviética, del 14 de octubre de 1942; y la segunda Declaración Inter-Aliada del 17 de diciembre de 1942. Esta última se hizo pública simultáneamente desde Londres, Moscú y Washington tras recibir información según la cual las autoridades alemanas estaban llevando a cabo el exterminio de las minorías judías de Europa. En esta declaración, los Gobiernos de Bélgica, Checoslovaquia, Grecia, Luxemburgo, Holanda, Noruega, Polonia, los Estados Unidos de América, el Reino Unido, la Unión Soviética, Yugoslavia, y el Comité Nacional Francés, que representaba a Francia, reafirmaron solemnemente su voluntad de castigar a los criminales de guerra responsables de este exterminio.

(Se hizo un receso).

Sr. DE MENTHON: Se cumplen por tanto las premisas necesarias para un justo castigo. Los acusados, en el momento en el que cometieron sus crímenes, conocían la voluntad de las Naciones de Unidas de castigarles. Las advertencias que les dieron incluyen una definición que precede al castigo.

Los acusados además no podían ignorar la naturaleza criminal de sus actividades. Las advertencias de estos Gobiernos Aliados de hecho tradujeron en una forma política los principios fundamentales de la Ley Internacional y de las leyes nacionales que permiten que el castigo de criminales de guerra se base en precedentes positivos y normas positivas.

Los creadores de la Ley Internacional presentían el concepto de crimen de guerra, en particular Grocio, que aclaró el carácter criminal de los actos de guerra innecesarios. Las Convenciones de La Haya, después de un lapso de varios siglos, establecieron las primeras normas generalmente vinculantes para las leyes de la guerra. Regularon la forma de llevar a cabo las hostilidades y los procedimientos de ocupación; formularon normas positivas para limitar el recurso a la fuerza y para poner de acuerdo las necesidades de la guerra con las necesidades de la conciencia humana. Los Crímenes de Guerra recibieron así la primera definición por la que se les puede considerar; se convirtieron en una violación de las leyes y costumbres de la guerra según se definen en la Convención de La Haya.


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