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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 7 de enero al 19 de enero de 1946

Trigésimo Tercer Día: Lunes, 14 de enero de 1946
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P: ¿Puede relatarle al Tribunal -hablando despacio- lo que el Almirante Donitz dijo en este discurso?

R: El Gran Almirante Donitz dijo en su discurso: han disminuido los éxitos de los submarinos. Los fuertes controles aéreos enemigos son la causa. Se han desarrollado nuevos cañones antiaéreos que permitirán a los submarinos repeler aviones enemigos. Hitler le había garantizado personalmente que los submarinos, antes que cualquier otra arma, serían equipados con estos cañones antiaéreos. Sería de esperar que se lograran de nuevo los antiguos éxitos en pocos meses. Después el Gran Almirante Donitz habló de sus buenas relaciones con Hitler, y habló del programa de armamento alemán.

Respondió a una pregunta sobre un artículo de un periódico que decía que las Naciones Unidas estaban construyendo más de un millón de toneladas de mercantes cada mes. Dudó a priori de la credibilidad de esa estimación y dijo que se basaba en una cifra dada por el Presidente Roosevelt. El Gran Almirante Donitz habló brevemente de Roosevelt como persona, del

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programa americano de producción, y del potencial armamentístico. Dijo además que los Aliados sufrían grandes dificultades para tripular sus barcos. Los marineros consideraban la ruta del Atlántico muy peligrosa porque los submarinos alemanes estaban hundiendo un gran número de barcos aliados. Muchos de los marineros aliados habían sido torpedeados más de una vez. Se están difundiendo noticias como éstas, y esto hace que los marineros teman volver al mar. Algunos de ellos incluso trataban de escapar antes de una travesía del Atlántico, por lo que las autoridades Aliadas se veían obligadas, si era necesario, a retenerles a bordo por la fuerza. Esas observaciones serían favorables para los alemanes. En primer lugar, el hecho de que los Aliados estén fabricando muchos barcos comerciales; y en segundo lugar, que los Aliados tienen muchas dificultades en tripular estos barcos recién construidos.

El Gran Almirante Donitz concluyó que el problema del personal es un asunto muy grave para los Aliados. Las pérdidas de personal suponen un revés importante para los Aliados, ya que, en primer lugar, tienen pocas reservas, y en segundo lugar...

P: No quiero interrumpirle, pero ¿dijo algo sobre rescates? Usted nos ha hablado de las bajas Aliadas y lo graves que eran.

R: Sí, mencionó los rescates, pero quería hablar de eso después.

El Gran Almirante Donitz dijo que las bajas de los Aliados eran graves, en primer lugar porque no tenían reservas, y en segundo lugar, porque el adiestramiento de nuevos marineros requiere mucho tiempo. Es difícil para él entender cómo los submarinos...

EL PRESIDENTE: Coronel Phillimore, un momento. No creo que queramos escuchar todo el discurso del Almirante Donitz. Queremos escuchar lo esencial.

CORONEL PHILLIMORE:

P: Usted ha hablado del asunto de las bajas. ¿Puede ir a la parte crucial del discurso, al final, y hablar de eso? ¿Qué más dijo el Gran Almirante?

Dr. THOMA (abogado del acusado Rosenberg): La declaración del testigo no me concierne directamente, pero tengo algunos problemas. Según la ley alemana, el código penal alemán, el testigo tiene que decir todo lo que sabe del asunto. Cuando se le pregunte sobre un discurso del Gran Almirante Donitz, no debería, al menos según la ley alemana, informar sólo al Tribunal de las cosas que, en opinión de la acusación, no son favorables para el acusado. Creo que este principio se debería aplicar en este proceso también cuando se interroga a un acusado.

EL PRESIDENTE: El Tribunal no está sujeto a la ley alemana. Ya he dicho que el Tribunal no desea que este testigo narre todo el discurso del Almirante Donitz.

Todos los abogados de la defensa podrán interrogar a este testigo. Su intervención es por tanto totalmente innecesaria.

CORONEL PHILLIMORE:

P: ¿Puede hablarnos de las partes clave del discurso del Gran Almirante?

R: El Gran Almirante Donitz continuó su discurso así: en la situación reinante, no podía entender cómo submarinos alemanes, en contra de su seguridad, podían dejar que se rescatara a las tripulaciones; sería trabajar totalmente para el enemigo, y estas tripulaciones rescatadas navegarían de nuevo en barcos nuevos.

Se iba a instituir la guerra total en el mar. Los hombres -los marineros- y los barcos serían objetivos de los submarinos, y esto iba a hacer imposible para los Aliados volver a utilizar este personal en un barco nuevo. Por otro lado, era de esperar que en América y el resto de países Aliados hubiera una huelga, debido a que ya una parte de los marineros no querían volver al mar.

Eso sí, si de acuerdo con nuestras tácticas la guerra naval iba a ser más dura, esto tendría terribles repercusiones en esa línea. Si esto se considera duro,

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debemos también recordar que nuestras esposas y nuestras familias están siendo bombardeadas en casa.

Esos son los puntos principales del discurso del Gran Almirante Donitz.

P: ¿Más o menos cuántos oficiales estuvieron presentes y oyeron el discurso?

R: No hay nada que me permita decirle el número de hombres, sólo puedo darle una estimación. Diría que más o menos unos 120 oficiales.

CORONEL PHILLIMORE: Señoría, el testigo queda libre para ser interrogado.

EL PRESIDENTE: ¿Desea el fiscal de Estados Unidos hacer alguna pregunta?

(No hubo respuesta).

¿El fiscal soviético?

(No hubo respuesta).

¿El fiscal francés?

(No hubo respuesta).

¿Desea algún abogado de la defensa interrogar al testigo?

Dr. KRANZBUEHLER (abogado del acusado Donitz): Represento al Gran Almirante Donitz.

EL PRESIDENTE: La defensa ha de saber que lo que dije al Dr. Thoma no tenía intención de interferir en su interrogatorio; sólo tenía intención de ahorrar tiempo. El Tribunal no desea oír párrafos sin importancia del discurso del acusado Donitz. Por tanto, no quería que este testigo se los narrara. Sin embargo, usted es libre de hacer cualquier pregunta que usted desee.

INTERROGATORIO DE LA DEFENSA

Dr. KRANZBUEHLER:

P: Oberleutnant Heisig, ¿tomó usted parte en alguna acción contra el enemigo?

R: Sí.

P: ¿En qué submarino estaba usted, y quién era su comandante?

R: Estaba en el U-877 y Finkeisen era el Kapitanleutnant.

P: Por favor, repita su respuesta.

R: Estaba en el U-877 y Finkeisen era el Kapitanleutnant.

P: ¿Tuvieron ustedes éxito?

R: Nuestra nave fue hundida mientras navegábamos por la zona de combate.

P: ¿Antes de que hubieran hundido algún barco enemigo?

R: Sí.

P: ¿Qué arma del enemigo hundió el submarino?

R: Nos hundieron cargas de profundidad. Dos fragatas canadienses avistaron nuestro submarino y lo destruyeron con cargas de profundidad.

P: Su testimonio de hoy difiere ligeramente del testimonio del 27 de noviembre, y en un punto clave. ¿Cómo hizo usted esa declaración del 27 de noviembre?

R: Hice esa declaración para ayudar a mis camaradas, que estaban siendo juzgados en un consejo de guerra y fueron sentenciados a muerte por el asesinato de marineros naufragados.

P: Su testimonio, su declaración jurada, comienza diciendo que usted había recibido informes según los cuales marineros alemanes habían sido acusados de asesinato, y usted sintió que era su deber hacer la siguiente declaración.

¿Qué informe había recibido usted, y cuándo?

R: Al comienzo del proceso de Hamburgo contra el Kapitanleutnant Eck y sus oficiales, yo era prisionero de guerra en Inglaterra. Supe por la radio y los periódicos que estos oficiales iban a ser sentenciados. Conociendo muy bien a uno de estos oficiales acusados, un tal Teniente Hoffmann, habiendo hablado con él de este asunto varias veces, dos o tres, consideré que era mi deber acudir en su ayuda con mi testimonio.

P: ¿No le dijeron durante su declaración del 27 de noviembre que ya se había condenado a muerte a Eck y a Hoffmann?

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R: No sé si fue el 27 de noviembre. Sólo sé que aquí se me contó que la sentencia de muerte se había ejecutado. No puedo recordar la fecha, estaba en varios juicios.

P: ¿Puede aún, sabiendo estas cuestiones, mantener que en el discurso del Gran Almirante Donitz se hicieron algunas observaciones sobre disparar a marineros naufragados? 

R: No; dedujimos de sus palabras que se iba a aplicar la guerra total contra barcos y hombres por su referencia a los bombardeos. Asumimos eso, y hablé de ello con mis camaradas en el camino de vuelta. Teníamos claro a qué se refería el Almirante Donitz. No lo expresó claramente.

P: ¿Habló usted con alguno de sus superiores de la escuela sobre este punto?

R: El mismo día que me fui de la escuela. Pero recuerdo que uno de mis superiores, cuyo nombre no recuerdo -y no recuerdo en relación a qué mantuve esta conversación-, habló del mismo tema. Se nos dijo que los oficiales debían estar en el puente preparados para aniquilar a los marineros naufragados si surgía esa posibilidad y si era necesario.

P: ¿Le dijo eso uno de sus superiores?

R: Sí, pero no puedo recordar en relación a qué ni dónde. Recibí muchos consejos de mis superiores, y sobre muchas cosas.

P: ¿Fue en la escuela?

R: No; me fui de la escuela ese mismo día.

P: ¿Les dieron consejos en la escuela sobre las órdenes de guerra permanentes?

R: Sí, nos los dieron.

P: ¿Se hablaba en estos reglamentos de que se debía disparar a los marineros naufragados o destruir sus sistemas de rescate?

R: No se decía nada de eso en los reglamentos, pero una insinuación del Capitán Rollmann, que era entonces el jefe de nuestra compañía de oficiales, me llevó a asumir que poco antes de eso había llegado por telegrama alguna orden según la cual se prohibían las medidas de rescate y que decía que además se debía hacer la guerra en el mar con medios radicales. Es decir, se debía llevar a cabo de una forma más dura.

P: ¿Considera que es lo mismo prohibir medidas de rescate que disparar a marineros naufragados?

R: Llegamos a esta...

P: Por favor, responda a mi pregunta. ¿Significa lo mismo para usted?

R: No.

P: Gracias.

Dr. KRANZBUEHLER: No tengo más preguntas.

EL PRESIDENTE: Dr. Thoma, me temo que hemos de terminar la sesión ahora, y tengo que anunciar algo. Puede hacer su interrogatorio mañana.

Dr. THOMA: Gracias.

EL PRESIDENTE: Como ya he dicho, el Tribunal no celebrará sesión abierta esta tarde. 

El anuncio que tengo que hacer es en relación a las organizaciones que son acusadas de ser criminales según el Artículo 9 del Estatuto, y este es el anuncio:

El Tribunal ha estado analizando cuidadosamente el deber que le impone el Artículo 9 del Estatuto.

Es difícil determinar la forma en la que se permitirá a los representantes de las organizaciones nombradas comparecer de acuerdo con el Artículo 9, sin analizar la naturaleza exacta del caso presentado por la acusación.

Por ello, el Tribunal ha concluido que en este momento del juicio, en el que se están presentando muchos miles de solicitudes, se debería definir el caso de la acusación con más precisión de la existente en la Acusación.

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Por tanto, dadas estas circunstancias, el Tribunal tiene intención de invitar a la acusación y a la defensa a presentar argumentaciones al concluir la presentación del caso por parte de todos los fiscales sobre las cuestiones expuestas a continuación.

Las cuestiones que necesitan un análisis más detallado son las siguientes: 1. El Estatuto no define qué es una organización criminal, y es por tanto necesario examinar la prueba de criminalidad que se debe aplicar, y tomar una decisión sobre las características de las pruebas a admitir.

Muchas de las personas que han presentado solicitudes para comparecer afirman que fueron reclutadas para formar parte de la organización o que ignoraban los objetivos criminales de la organización, o que eran inocentes de toda acción ilegal.

Será necesario determinar si se deberían aceptar pruebas que refuten la acusación del carácter criminal de la organización, o si sería más adecuado que esas pruebas se presenten en los juicios posteriores previstos en el Artículo 10 del Estatuto, cuando las organizaciones hayan sido declaradas criminales, si el Tribunal así lo sentencia.

2. La época concreta en la que se dice que la organización en cuestión ha sido criminal es vital para la sentencia del Tribunal. 

El Tribunal quiere que la acusación le diga en este momento si tiene intención de adherirse a los límites temporales definidos en la Acusación.

3. El Tribunal quiere saber si, a la luz de las pruebas, se debería excluir a algún grupo de personas de las organizaciones nombradas del alcance de la declaración, y si es así, quiénes.

En la acusación contra el Liderazgo del Partido Nazi, la acusación se ha reservado el derecho a pedir que los líderes políticos de grados o rangos inferiores, o de otros tipos o clases, queden exentos de procesos posteriores, sin perjuicio de otros procesos o acciones contra ellos.

¿Tiene intención de hacer alguna petición de ese tipo la acusación? Si es así, se debería hacer ahora.

4. Al Tribunal le gustaría también que la acusación:

(a) resumiera para cada organización los elementos que en su opinión justifican que se la acuse de ser una organización criminal;

(b) indicara qué acciones de los acusados individuales procesados en este juicio -en el sentido utilizado en el Artículo 9 del Estatuto- justifican declarar criminales a los grupos u organizaciones a las que pertenecen.

(c) presentara por escrito un resumen de los hechos presentados como prueba contra cada organización con respecto a los cuales se pida una sentencia condenatoria.

El Tribunal espera que no sea necesario decir a la acusación que no está tratando de interferir en el indudable derecho de la acusación a presentar su caso a su manera, en vista del pleno conocimiento de todos los documentos y hechos que posee, pero el deber del Tribunal según el Artículo 9 del Estatuto hace que sea esencial en este momento definir claramente y con precisión el caso.

Se comunicará por escrito este anuncio a los Fiscales Jefe y a la Defensa.

(Se levantó la sesión hasta el 15 de enero de 1946 a las 10 horas).


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