Trigésimo Tercer Día: Lunes, 14 de enero de 1946
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P: ¿Puede relatarle al Tribunal -hablando despacio- lo que el Almirante Donitz dijo en este discurso?
R: El Gran Almirante
Donitz dijo en su discurso: han disminuido los éxitos de los
submarinos. Los fuertes controles aéreos enemigos son la causa.
Se han desarrollado nuevos cañones antiaéreos que
permitirán a los submarinos repeler aviones enemigos. Hitler le
había garantizado personalmente que los submarinos, antes que
cualquier otra arma, serían equipados con estos cañones
antiaéreos. Sería de esperar que se lograran de nuevo los
antiguos éxitos en pocos meses. Después el Gran Almirante
Donitz habló de sus buenas relaciones con Hitler, y habló
del programa de armamento alemán.
Respondió a una
pregunta sobre un artículo de un periódico que
decía que las Naciones Unidas estaban construyendo más de
un millón de toneladas de mercantes cada mes. Dudó a
priori de la credibilidad de esa estimación y dijo que se basaba
en una cifra dada por el Presidente Roosevelt. El Gran Almirante Donitz
habló brevemente de Roosevelt como persona, del
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programa americano de producción, y del potencial armamentístico. Dijo además que los Aliados sufrían grandes dificultades para tripular sus barcos. Los marineros consideraban la ruta del Atlántico muy peligrosa porque los submarinos alemanes estaban hundiendo un gran número de barcos aliados. Muchos de los marineros aliados habían sido torpedeados más de una vez. Se están difundiendo noticias como éstas, y esto hace que los marineros teman volver al mar. Algunos de ellos incluso trataban de escapar antes de una travesía del Atlántico, por lo que las autoridades Aliadas se veían obligadas, si era necesario, a retenerles a bordo por la fuerza. Esas observaciones serían favorables para los alemanes. En primer lugar, el hecho de que los Aliados estén fabricando muchos barcos comerciales; y en segundo lugar, que los Aliados tienen muchas dificultades en tripular estos barcos recién construidos.
El Gran Almirante Donitz
concluyó que el problema del personal es un asunto muy grave
para los Aliados. Las pérdidas de personal suponen un
revés importante para los Aliados, ya que, en primer lugar,
tienen pocas reservas, y en segundo lugar...
P: No quiero
interrumpirle, pero ¿dijo algo sobre rescates? Usted nos ha
hablado de las bajas Aliadas y lo graves que eran.
R: Sí, mencionó los rescates, pero quería hablar de eso después.
El Gran Almirante Donitz
dijo que las bajas de los Aliados eran graves, en primer lugar porque
no tenían reservas, y en segundo lugar, porque el adiestramiento
de nuevos marineros requiere mucho tiempo. Es difícil para
él entender cómo los submarinos...
EL PRESIDENTE: Coronel
Phillimore, un momento. No creo que queramos escuchar todo el discurso
del Almirante Donitz. Queremos escuchar lo esencial.
CORONEL PHILLIMORE:
P: Usted ha hablado del asunto de las bajas. ¿Puede ir a la parte crucial del discurso, al final, y hablar de eso? ¿Qué más dijo el Gran Almirante?
Dr. THOMA (abogado del
acusado Rosenberg): La declaración del testigo no me concierne
directamente, pero tengo algunos problemas. Según la ley
alemana, el código penal alemán, el testigo tiene que
decir todo lo que sabe del asunto. Cuando se le pregunte sobre un
discurso del Gran Almirante Donitz, no debería, al menos
según la ley alemana, informar sólo al Tribunal de las
cosas que, en opinión de la acusación, no son favorables
para el acusado. Creo que este principio se debería aplicar en
este proceso también cuando se interroga a un acusado.
EL PRESIDENTE: El
Tribunal no está sujeto a la ley alemana. Ya he dicho que el
Tribunal no desea que este testigo narre todo el discurso del Almirante
Donitz.
Todos los abogados de la
defensa podrán interrogar a este testigo. Su intervención
es por tanto totalmente innecesaria.
CORONEL PHILLIMORE:
P: ¿Puede hablarnos de las partes clave del discurso del Gran Almirante?
R: El Gran Almirante
Donitz continuó su discurso así: en la situación
reinante, no podía entender cómo submarinos alemanes, en
contra de su seguridad, podían dejar que se rescatara a las
tripulaciones; sería trabajar totalmente para el enemigo, y
estas tripulaciones rescatadas navegarían de nuevo en barcos
nuevos.
Se iba a instituir la
guerra total en el mar. Los hombres -los marineros- y los barcos
serían objetivos de los submarinos, y esto iba a hacer imposible
para los Aliados volver a utilizar este personal en un barco nuevo. Por
otro lado, era de esperar que en América y el resto de
países Aliados hubiera una huelga, debido a que ya una parte de
los marineros no querían volver al mar.
Eso sí, si de
acuerdo con nuestras tácticas la guerra naval iba a ser
más dura, esto tendría terribles repercusiones en esa
línea. Si esto se considera duro,
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debemos también recordar que nuestras esposas y nuestras familias están siendo bombardeadas en casa.
Esos son los puntos principales del discurso del Gran Almirante Donitz.
P: ¿Más o menos cuántos oficiales estuvieron presentes y oyeron el discurso?
R: No hay nada que me
permita decirle el número de hombres, sólo puedo darle
una estimación. Diría que más o menos unos 120
oficiales.
CORONEL PHILLIMORE: Señoría, el testigo queda libre para ser interrogado.
EL PRESIDENTE: ¿Desea el fiscal de Estados Unidos hacer alguna pregunta?
(No hubo respuesta).
¿El fiscal soviético?
(No hubo respuesta).
¿El fiscal francés?
(No hubo respuesta).
¿Desea algún abogado de la defensa interrogar al testigo?
Dr. KRANZBUEHLER (abogado del acusado Donitz): Represento al Gran Almirante Donitz.
EL PRESIDENTE: La
defensa ha de saber que lo que dije al Dr. Thoma no tenía
intención de interferir en su interrogatorio; sólo
tenía intención de ahorrar tiempo. El Tribunal no desea
oír párrafos sin importancia del discurso del acusado
Donitz. Por tanto, no quería que este testigo se los narrara.
Sin embargo, usted es libre de hacer cualquier pregunta que usted desee.
INTERROGATORIO DE LA DEFENSA
Dr. KRANZBUEHLER:
P: Oberleutnant Heisig, ¿tomó usted parte en alguna acción contra el enemigo?
R: Sí.
P: ¿En qué submarino estaba usted, y quién era su comandante?
R: Estaba en el U-877 y Finkeisen era el Kapitanleutnant.
P: Por favor, repita su respuesta.
R: Estaba en el U-877 y Finkeisen era el Kapitanleutnant.
P: ¿Tuvieron ustedes éxito?
R: Nuestra nave fue hundida mientras navegábamos por la zona de combate.
P: ¿Antes de que hubieran hundido algún barco enemigo?
R: Sí.
P: ¿Qué arma del enemigo hundió el submarino?
R: Nos hundieron cargas
de profundidad. Dos fragatas canadienses avistaron nuestro submarino y
lo destruyeron con cargas de profundidad.
P: Su testimonio de hoy
difiere ligeramente del testimonio del 27 de noviembre, y en un punto
clave. ¿Cómo hizo usted esa declaración del 27 de
noviembre?
R: Hice esa
declaración para ayudar a mis camaradas, que estaban siendo
juzgados en un consejo de guerra y fueron sentenciados a muerte por el
asesinato de marineros naufragados.
P: Su testimonio, su
declaración jurada, comienza diciendo que usted había
recibido informes según los cuales marineros alemanes
habían sido acusados de asesinato, y usted sintió que era
su deber hacer la siguiente declaración.
¿Qué informe había recibido usted, y cuándo?
R: Al comienzo del
proceso de Hamburgo contra el Kapitanleutnant Eck y sus oficiales, yo
era prisionero de guerra en Inglaterra. Supe por la radio y los
periódicos que estos oficiales iban a ser sentenciados.
Conociendo muy bien a uno de estos oficiales acusados, un tal Teniente
Hoffmann, habiendo hablado con él de este asunto varias veces,
dos o tres, consideré que era mi deber acudir en su ayuda con mi
testimonio.
P: ¿No le dijeron durante su declaración del 27 de noviembre que ya se había condenado a muerte a Eck y a Hoffmann?
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R: No sé si fue el 27 de noviembre. Sólo sé que aquí se me contó que la sentencia de muerte se había ejecutado. No puedo recordar la fecha, estaba en varios juicios.
P: ¿Puede
aún, sabiendo estas cuestiones, mantener que en el discurso del
Gran Almirante Donitz se hicieron algunas observaciones sobre disparar
a marineros naufragados?
R: No; dedujimos de sus
palabras que se iba a aplicar la guerra total contra barcos y hombres
por su referencia a los bombardeos. Asumimos eso, y hablé de
ello con mis camaradas en el camino de vuelta. Teníamos claro a
qué se refería el Almirante Donitz. No lo expresó
claramente.
P: ¿Habló usted con alguno de sus superiores de la escuela sobre este punto?
R: El mismo día
que me fui de la escuela. Pero recuerdo que uno de mis superiores, cuyo
nombre no recuerdo -y no recuerdo en relación a qué
mantuve esta conversación-, habló del mismo tema. Se nos
dijo que los oficiales debían estar en el puente preparados para
aniquilar a los marineros naufragados si surgía esa posibilidad
y si era necesario.
P: ¿Le dijo eso uno de sus superiores?
R: Sí, pero no
puedo recordar en relación a qué ni dónde.
Recibí muchos consejos de mis superiores, y sobre muchas cosas.
P: ¿Fue en la escuela?
R: No; me fui de la escuela ese mismo día.
P: ¿Les dieron consejos en la escuela sobre las órdenes de guerra permanentes?
R: Sí, nos los dieron.
P: ¿Se hablaba en
estos reglamentos de que se debía disparar a los marineros
naufragados o destruir sus sistemas de rescate?
R: No se decía
nada de eso en los reglamentos, pero una insinuación del
Capitán Rollmann, que era entonces el jefe de nuestra
compañía de oficiales, me llevó a asumir que poco
antes de eso había llegado por telegrama alguna orden
según la cual se prohibían las medidas de rescate y que
decía que además se debía hacer la guerra en el
mar con medios radicales. Es decir, se debía llevar a cabo de
una forma más dura.
P: ¿Considera que es lo mismo prohibir medidas de rescate que disparar a marineros naufragados?
R: Llegamos a esta...
P: Por favor, responda a mi pregunta. ¿Significa lo mismo para usted?
R: No.
P: Gracias.
Dr. KRANZBUEHLER: No tengo más preguntas.
EL PRESIDENTE: Dr.
Thoma, me temo que hemos de terminar la sesión ahora, y tengo
que anunciar algo. Puede hacer su interrogatorio mañana.
Dr. THOMA: Gracias.
EL PRESIDENTE: Como ya he dicho, el Tribunal no celebrará sesión abierta esta tarde.
El anuncio que tengo que
hacer es en relación a las organizaciones que son acusadas de
ser criminales según el Artículo 9 del Estatuto, y este
es el anuncio:
El Tribunal ha estado analizando cuidadosamente el deber que le impone el Artículo 9 del Estatuto.
Es difícil
determinar la forma en la que se permitirá a los representantes
de las organizaciones nombradas comparecer de acuerdo con el
Artículo 9, sin analizar la naturaleza exacta del caso
presentado por la acusación.
Por ello, el Tribunal ha
concluido que en este momento del juicio, en el que se están
presentando muchos miles de solicitudes, se debería definir el
caso de la acusación con más precisión de la
existente en la Acusación.
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Por tanto, dadas estas circunstancias, el Tribunal tiene intención de invitar a la acusación y a la defensa a presentar argumentaciones al concluir la presentación del caso por parte de todos los fiscales sobre las cuestiones expuestas a continuación.Las cuestiones que
necesitan un análisis más detallado son las siguientes:
1. El Estatuto no define qué es una organización
criminal, y es por tanto necesario examinar la prueba de criminalidad
que se debe aplicar, y tomar una decisión sobre las
características de las pruebas a admitir.
Muchas de las personas
que han presentado solicitudes para comparecer afirman que fueron
reclutadas para formar parte de la organización o que ignoraban
los objetivos criminales de la organización, o que eran
inocentes de toda acción ilegal.
Será necesario
determinar si se deberían aceptar pruebas que refuten la
acusación del carácter criminal de la
organización, o si sería más adecuado que esas
pruebas se presenten en los juicios posteriores previstos en el
Artículo 10 del Estatuto, cuando las organizaciones hayan sido
declaradas criminales, si el Tribunal así lo sentencia.
2. La época
concreta en la que se dice que la organización en
cuestión ha sido criminal es vital para la sentencia del
Tribunal.
El Tribunal quiere que
la acusación le diga en este momento si tiene intención
de adherirse a los límites temporales definidos en la
Acusación.
3. El Tribunal quiere
saber si, a la luz de las pruebas, se debería excluir a
algún grupo de personas de las organizaciones nombradas del
alcance de la declaración, y si es así, quiénes.
En la acusación
contra el Liderazgo del Partido Nazi, la acusación se ha
reservado el derecho a pedir que los líderes políticos de
grados o rangos inferiores, o de otros tipos o clases, queden exentos
de procesos posteriores, sin perjuicio de otros procesos o acciones
contra ellos.
¿Tiene
intención de hacer alguna petición de ese tipo la
acusación? Si es así, se debería hacer ahora.
4. Al Tribunal le gustaría también que la acusación:
(a) resumiera para cada organización los elementos que en su opinión justifican que se la acuse de ser una organización criminal;El Tribunal espera que no sea necesario decir a la acusación que no está tratando de interferir en el indudable derecho de la acusación a presentar su caso a su manera, en vista del pleno conocimiento de todos los documentos y hechos que posee, pero el deber del Tribunal según el Artículo 9 del Estatuto hace que sea esencial en este momento definir claramente y con precisión el caso.
(b) indicara qué acciones de los acusados individuales procesados en este juicio -en el sentido utilizado en el Artículo 9 del Estatuto- justifican declarar criminales a los grupos u organizaciones a las que pertenecen.
(c) presentara por escrito un resumen de los hechos presentados como prueba contra cada organización con respecto a los cuales se pida una sentencia condenatoria.
Se comunicará por escrito este anuncio a los Fiscales Jefe y a la Defensa.
(Se levantó la sesión hasta el 15 de enero de 1946 a las 10 horas).
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