[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes contra la Humanidad, crimenes de guerra

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 3 al 14 de diciembre de 1945

Decimonoveno Día: Jueves, 13 de diciembre de 1945
(8 de 10)


[Página 382]

Se decidió relegar a los judíos a un rango inferior negándoles privilegios y libertades comunes. Así, se les negó el acceso a ciertas áreas de las ciudades, a las aceras, el transporte público, lugares de entretenimiento, restaurantes: Reichsgesetzblatt de 1938, Parte 1, página 1676.

Se aplicaron progresivamente medidas más y más restrictivas, incluso la prohibición de actividades privadas. Se les prohibió la práctica de la odontología: Reichsgesetzblatt de 1939, Parte 1, página 47, firmado por el acusado Hess.

Se prohibió la práctica de la abogacía: Reichsgesetzblatt de 1938, Parte 1, página 1403, firmado por los acusados Frick y Hess.

Se prohibió la práctica de la medicina: Reichsgesetzblatt de 1938, Parte 1, Página 969, firmado por los acusados Frick y Hess.

Se les prohibió trabajar en prensa y radio: Reichsgesetzblatt de 1933, Parte 1, página 661.

En la Bolsa y como agentes de Bolsa: Reichsgesetzblatt de 1934, Parte 1, página 169; e incluso en granjas: Reichsgesetzblatt de 1933, Parte 1, página 685.

En 1938 se les excluyó de los negocios en general y de la vida económica de Alemania: Reichsgesetzblatt de 1938, Parte 1, página 1580, firmado por el acusado Goering.

Se obligó a los judíos a pagar impuestos discriminatorios y enormes multas de compensación. Se expropiaron sus hogares, cuentas bancarias, propiedades inmobiliarias y bienes intangibles.

Para apartarnos un momento de una lista de decretos y referirnos específicamente a las multas de compensación, quiero presentar el documento 1816-PS, prueba USA 261. Esta prueba es un informe taquigráfico de una reunión presidida por el acusado Goering a la que asistió el acusado Funk entre otras personas y que tuvo lugar a las 11 en punto del 12 de noviembre de 1938, en el Ministerio del Aire del Reich.

En las páginas 8 y 9 de la Sección 7, cito al acusado Goering:

"Una pregunta más, caballeros, ¿cuál creen ustedes que sería la situación si hoy yo anunciara que los judíos..."
EL TRIBUNAL (Sr. Biddle): ¿En qué página está usted?

MAYOR WALSH: En el texto en inglés, Señoría, en la mitad de la página 22.

"Una pregunta más, caballeros, ¿cuál creen ustedes que sería la situación si hoy yo anunciara que los judíos tendrían que aportar este billón como castigo?"
Y el último párrafo en la página 22 de la traducción entregada al Tribunal, cito:
"Escogeré las palabras de esta forma, diciendo que los judíos alemanes, como castigo por sus abominables crímenes, etc., etc., tendrán que hacer una contribución de un billón. Esto servirá, los cerdos no cometerán más asesinatos. Querría decir de nuevo que no me gustaría ser un judío en Alemania".

[Página 383]

Fueron observaciones caprichosas como éstas las que originaron decretos, ya que después de esta reunión se publicó un decreto por el que se obligaba a los judíos de Alemania a pagar una multa de un billón de Reichsmarks.

Reichsgesetzblatt de 1938, Parte I, página 1579, del 12 de noviembre de 1938, firmado por el acusado Goering.

Se encuentran decretos similares en el Reichsgesetzblatt de 1939, Parte 1, página 282, firmados por el acusado Goering, y en el Reichsgesetzblatt de 1941, Parte 1, página 722, firmado por los acusados Frick y Bormann.

Finalmente, en el año 1943, los judíos quedaron fuera de la protección de cualquier proceso judicial por medio de un decreto firmado por los acusados Bormann y Frick y otros, y la policía se convirtió en el único árbitro del castigo y la muerte: Reichsgesetzblatt de 1943, Parte 1, página 372, firmado por Frick y Bormann.

Solicito al Tribunal que incluya en el sumario los decretos del Reichsgesetzblatt citados.

Junto a la aprobación de estos decretos y su aplicación quedaba todavía otra arma, utilizada por el Partido y por el Estado controlado por el Partido. Eran los boicots contra los judíos, amplia y oficialmente patrocinados. Presento ahora el documento 2409-PS, el diario publicado de Joseph Goebbels, prueba USA 262, y pido al Tribunal que preste atención a la página 290 donde, bajo la fecha del 29 de marzo de 1933 escribió- el Tribunal encontrará la cita al principio de la página 1 de la traducción del 2409-PS.

"La llamada al boicot es aprobada por todo el gabinete".
Y el 31 de marzo de 1933 escribió en la página 1, primera frase del párrafo 2:
"Mantenemos una última conversación entre un círculo muy pequeño para decidir que el boicot ha de comenzar mañana en toda su magnitud".
El acusado Streicher y el acusado Frank, junto con Himmler, Ley y otros, eran miembros de un comité central que dirigió el boicot contra los judíos. Sus nombres se listan en el documento 2156-PS, correspondencia del Partido Nacionalsocialista, 29 de marzo de 1933, prueba USA 263.

Ya en 1933 se ejerció violencia contra los judíos. Nazis uniformados perpetraban asaltos en las sinagogas durante los servicios religiosos. Se atacaba a los presentes en las sinagogas y se profanaban símbolos religiosos. Hay un informe de uno de estos hechos en el informe oficial para el Cónsul General americano en Leipzig del 5 de abril de 1933.

Presento como prueba el documento 2709-PS.

EL PRESIDENTE: ¿Para qué hizo usted referencia al 2156?

MAYOR WALSH: Simplemente, Señoría, porque incluye los nombres de los acusados Streicher y Frank como miembros del comité de boicot.

EL PRESIDENTE: Ya veo.

MAYOR WALSH: el documento 2709 será la prueba USA 265. Cito del párrafo 1 de la página 1:

"En Dresde, hace varias semanas, nazis uniformados asaltaron la casa de oración judía, interrumpieron el servicio religioso de la noche, arrestaron a 25 fieles y les arrancaron los símbolos religiosos de las prendas que visten para cubrirse la cabeza mientras rezan".

[Página 384]

En una reunión aquí, en Nuremberg, ante los representantes de la prensa alemana, el acusado Streicher y el alcalde Liebel de Nuremberg revelaron a los miembros de la prensa que se iba a destruir la sinagoga de Nuremberg.

Presento el documento 1724-PS como prueba USA 266, las actas de esta reunión del 4 de agosto de 1938. Cito ante el Tribunal la traducción del párrafo 4 de la página 1:

"La destrucción de la sinagoga (la información ha de mantenerse aún en secreto).

El 10 de agosto de 1938, a las 10 a.m., comenzará la destrucción de la sinagoga. El Gauleiter Julius Streicher en persona pondrá en marcha la grúa con la que se arrancarán los símbolos judíos, la Estrella de David, etc. Esto debería prepararse de una forma espectacular. Aún se desconocen detalles más concretos".

El propio acusado Streicher supervisó la demolición.

Como prueba de esto presento ante el Tribunal el documento 2711-PS, un artículo de periódico del 11 de agosto de 1938, prueba USA 267, párrafo 1 de la traducción:

"Se va a demoler la sinagoga de Nuremberg; el mismo Julius Streicher inaugura las obras con un discurso de más de hora y media. Al dar él una orden, como preludio, por así llamarlo, de la demolición, la enorme Estrella de David cae de la cúpula".
Estos actos de violencia no eran actos antisemitas localizados, sino que se dirigían y ordenaban desde un cuartel general centralizado en Berlín. Esto queda demostrado en una serie de teletipos enviados por el Cuartel General en Berlín de la Policía Secreta del Estado a jefes de policía de toda Alemania el 10 de noviembre de 1938 incluyendo instrucciones referentes a las manifestaciones preparadas.

Me refiero ahora al documento 3051-PS, ya presentado como prueba USA 240. Citaré la parte relevante de una de estas órdenes confidenciales firmadas por Heydrich, en la traducción entregada al Tribunal, la segunda mitad de la página 2.

"Debido al intento de atentado contra el Secretario de la Legación, von Rath, en París, esta noche del 9 al 10 de noviembre de 1938 se esperan manifestaciones antijudías en todo el Reich. Se han de seguir estas instrucciones con respecto a estos hechos:
1. Los Jefes de la Policía del Estado, o sus adjuntos, deben ponerse en contacto telefónicamente con los líderes políticos que tengan jurisdicción en sus distritos y deben preparar una reunión conjunta con el correspondiente inspector o comandante de la Policía de Orden para discutir la organización de las manifestaciones. En estas discusiones, se debe informar a los líderes políticos de que la Policía alemana ha recibido del Reichsführer de las SS y Jefe de la Policía alemana las siguientes instrucciones, según las cuales los líderes políticos deberían planificar sus propias medidas.
(a) Sólo se han de tomar medidas que no impliquen daños a vidas o propiedades alemanas. (Por ejemplo, sólo se pueden incendiar sinagogas si no hay peligro de quemar los edificios de alrededor).

(b) Se pueden destruir los negocios y las viviendas de los judíos, pero no saquearlos. Se ha dado orden a la policía de supervisar la ejecución de esta orden y arrestar a los saqueadores".

[Página 385]

Hasta este punto hemos visto un énfasis creciente y gradual en la campaña contra los judíos, uno de los principios básicos del Partido Nazi y del Estado. Ahora se había encendido y propagado la llama del prejuicio. Se había adoctrinado a la mayor parte del pueblo alemán y se habían sembrado las semillas del odio. Ahora, el Estado alemán está armado y preparado para la conquista, y se puede ignorar tranquilamente la fuerza de la opinión pública mundial. Ya han expulsado de Alemania a 200.000 de sus antes 500.000 judíos. El Estado alemán controlado por los nazis, por tanto, se ha envalentonado y Hitler, en anticipación de las guerras de agresión ya planeadas, busca un "chivo expiatorio" sobre el que cargar la culpa de la catástrofe mundial que se avecinaba. Presento ahora el discurso ante el Reichstag del 30 de enero de 1939, que se encuentra en el documento 2663-PS, como prueba USA 268. Cito...

EL PRESIDENTE: Por favor, ¿cuál es el número?

MAYOR WALSH: El 2663-PS, un breve fragmento, Señoría. "Si los financieros internacionales judíos en, y fuera de, Europa logran arrastrar a las naciones una vez más a una guerra mundial, el resultado no será la bolchevización del mundo y la victoría de los judíos, sino la aniquilación de la raza judía en Europa".

EL PRESIDENTE: Haremos un receso de diez minutos.

(Se hizo un receso).

EL PRESIDENTE: Mayor Walsh, creo que sería de ayuda para el Tribunal si tuviera el cuidado de decir el número PS que tenemos con más claridad y lentamente. Como ve, no tenemos el número de prueba de Estados Unidos, y no sé si sería mejor decir primero el número de prueba de Estados Unidos y después dar el número PS; no estoy seguro de que sería mejor. De cualquier forma, si quiere ir un poco más despacio y asegurarse de que tenemos el número PS, sería una ayuda.

MAYOR WALSH: Sí, Señoría.

El Editor Jefe de la publicación oficial de las SS, Schwarze Korps, expresó sentimientos similares el 8 de agosto de 1940.

Presento ante el Tribunal el documento 2668-PS como prueba USA 269, página 2 del original y el fragmento completo, traducido así:

"Ya que la cuestión judía sólo quedará resuelta en Alemania cuando se haya deportado al último judío, el resto de Europa debería también darse cuenta de que la paz alemana que espera ha de ser una paz sin judíos".
Estos no fueron los únicos funcionarios del Partido y del Estado que hicieron público este punto de vista. El acusado Rosenberg escribió para la publicación World Struggle. Presento el documento 2665-PS como prueba USA 270. En esta publicación, números 1 y 2, abril y septiembre de 1941, página 71 del original, dice: "La cuestión judía sólo se resolverá cuando el último judío haya abandonado el continente europeo".

El Tribunal recordará la referencia del Letrado Jackson a la nota de disculpa que se encuentra en el diario de Hans Frank cuando escribió, y cito del documento 2233-C-PS, prueba USA 271, final de la página 1 de la traducción:

"Por supuesto, yo no pude eliminar a todos los piojos y judíos en tan sólo un año. Pero con tiempo, y por encima de todo, si usted me ayuda, se logrará este fin".

[Página 386]

EL PRESIDENTE: Olvidé decirle, Mayor Walsh, que también nos ayudaría que, cuando usted no comience al principio del párrafo, nos indique dónde está el texto.

MAYOR WALSH: Sí, Señoría, lo haré.

Aunque esta presentación no pretende ser necesariamente una narración cronológica de los hechos relativos al trato dado al pueblo judío, parece que en este punto deberíamos detenernos para examinar lo registrado hasta la fecha. Vemos que el Partido Nazi y el Estado dominado por los nazis han expresado claramente, a través de escritos y declaraciones, decretos y actos oficiales, su intención de eliminar a los judíos.

¿Cómo avanzan ahora en el logro de este objetivo? El primer requisito era un registro completo de todos los judíos y, ya que la política relativa a los judíos seguía a la agresión alemana, ese registro era necesario no sólo dentro del Reich sino posteriormente en los territorios conquistados. Por ejemplo, en Alemania se requería por decreto el registro (Reichsgesetzblatt Parte 1, 1938, página 922, 23 de julio, firmado por el acusado Frick); en Austria (Reichsgesetzblatt, Volumen I, 1940, página 694, 29 de abril); en Polonia (Kurjer Krakowski, 5 de octubre de 1939); en Francia (Journal Officiel nº 9, página 92, 30 de septiembre de 1940); en Holanda (Verordnungsblatt, nº 16, 20 de enero de 1941, firmado por el acusado Seyss-Inquart).


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