[an error occurred while processing this directive] Nuremberg, crimenes contra la Humanidad, crimenes de guerra

Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 3 al 14 de diciembre de 1945

Decimoctavo Día: Miércoles, 12 de diciembre de 1945
(9 de 9)


[Página 340]

En el documento 1666-PS, un segundo 1666-PS pero de otra fecha, el 27 de marzo de 1942, y pido al Tribunal que incluya en el sumario este decreto original, que está publicado en el Reichsgesetzblatt de 1942, Parte 1, en la página 180:
"En aplicación del Decreto del Führer del 21 de marzo de 1942, decreto lo siguiente:
1. Mis secciones de mano de obra quedan abolidas (circular del 22 de octubre de 1936). Sus tareas (reclutamiento y asignación de mano de obra, regulación de las condiciones de trabajo) serán asumidas por el Plenipotenciario General para la Arbeitseinsatz, que está directamente a mis órdenes.

2. El Plenipotenciario General para la Arbeitseinsatz será el responsable de la regulación de las condiciones de la mano de obra (política salarial) empleada en el territorio del Reich, en atención a las necesidades de Arbeitseinsatz.

3. El Plenipotenciario General para la Arbeitseinsatz forma parte del Plan de Cuatro Años. En casos en los que se requiera nueva legislación, o la modificación de leyes existentes, me presentará las propuestas adecuadas.

[Página 341]

4. El Plenipotenciario General para la Arbeitseinsatz tendrá a su disposición para realizar su misión los derechos que el Führer me delegó dando instrucciones a las autoridades superiores del Reich, sus secciones y Oficinas del Partido, y sus organismos asociados, así como al Protector del Reich, el Gobernador General, el Comandante en Jefe y los jefes de las administraciones civiles. En el caso de ordenanzas e instrucciones de importancia fundamental, se me presentará antes un informe".
El documento 1903-PS es un Decreto de Hitler del 30 de septiembre de 1942 por el que se conceden al acusado Sauckel poderes extraordinarios sobre la autoridad civil y militar de los territorios ocupados por Alemania. Pedimos que el Tribunal incluya en el sumario el decreto original, que está publicado en el Volumen II, página 410, del "Verfuegungen/Anordnungen/Bekanntgaben", publicado por la Cancillería del Reich. Este decreto dice lo siguiente:
"Autorizo por la presente al Delegado General para la Arbeitseinsatz, Gobernador del Reich y Líder de Distrito (Gauleiter) Fritz Sauckel a tomar todas las medidas necesarias para aplicar mi decreto referido a un Delegado General para la Arbeitseinsatz del 21 de marzo de 1942 (Reichsgesetzblatt I, Página 179), de acuerdo con su criterio, en el Gran Reich Alemán, el Protectorado y el Gobierno General, así como en los territorios ocupados, medidas que salvaguardarán bajo todas las circunstancias el reparto regulado de mano de obra para la economía de guerra alemana. A tal fin, puede nombrar a comisarios para los departamentos de la administración militar y civil. Estarán subordinados directamente al Delegado General para la Arbeitseinsatz. Para llevar a cabo sus tareas, podrán dar órdenes a las autoridades militares y civiles competentes a cargo de la Arbeitseinsatz y de la política salarial.

El Delegado General para la Arbeitseinsatz hará públicas directivas más detalladas.

Cuartel General del Führer, 30 de septiembre de 1942. El Führer, firmado Adolf Hitler".

Un mes después de su nombramiento, el acusado Sauckel envió al acusado Rosenberg su "Programa de Movilización de Mano de Obra". Este programa -documento 016-PS, ya presentado como prueba USA 168- preveía un reclutamiento por la fuerza y la explotación máxima de todos los recursos de mano de obra de las áreas conquistadas y de los prisioneros de guerra, en interés de la maquinaria de guerra nazi con el grado más bajo posible de gasto para el Estado Alemán.

El acusado Sauckel dice -y hago referencia ahora al final de la página 6 del texto en inglés de ese documento. Es la página 9, párrafo 2, del texto alemán, y cito lo siguiente:

"Se debe destacar, sin embargo, que se tiene que encontrar una cantidad enorme adicional de trabajadores extranjeros para el Reich. Las fuentes principales son los territorios ocupados del Este. Por tanto, es una necesidad inmediata utilizar al máximo las reservas humanas del territorio soviético conquistado. Si no lográramos obtener la cantidad necesaria de mano de obra de forma voluntaria, debemos inmediatamente aplicar el reclutamiento de mano de obra forzada.

[Página 342]

Aparte de los prisioneros de guerra aún en los territorios ocupados, debemos hacernos con mano de obra cualificada o no cualificada, masculina y femenina, del territorio soviético, de edades a partir de los 15 años, para la movilización de mano de obra".
Pasando a la página 11 del texto en inglés, primer párrafo, que es la página 17, párrafo 4 del texto alemán, cito lo siguiente:
"La utilización completa de todos los prisioneros de guerra, así como el uso de un número gigantesco de nuevos trabajadores civiles extranjeros, hombres y mujeres, se ha convertido en una necesidad indiscutible para la solución de la movilización del programa de mano de obra en esta guerra".
El acusado Sauckel procedió a poner en práctica este plan, que presentó junto a ciertas directivas básicas. Dijo que si el reclutamiento voluntario de trabajadores extranjeros no tenía éxito, se debía instituir el servicio obligatorio.

El documento 3044-PS es la Regulación nº 4 del acusado Sauckel, del 7 de mayo de 1942. Pedimos al Tribunal que incluya en el sumario la regulación original publicada en el Volumen II, páginas 516 a 527 del "Verfuegungen/Anordnungen/Bekanntgaben", que ya he presentado antes. Leyendo en la página 1, párrafo 3, del texto en inglés:

"El reclutamiento de mano de obra extranjera se llevará a cabo bajo el principio fundamental de la voluntariedad. Sin embargo, cuando en los territorios ocupados la solicitud de voluntarios no sea suficiente, se deberá recurrir bajo cualquier circunstancia al servicio y reclutamiento obligatorios. Es un requisito indiscutible en nuestra situación con respecto a la mano de obra".
Sauckel definió también la asignación de mano de obra extranjera en orden de importancia para la maquinaria de guerra nazi. Presentamos el  documento 3044-(A)-PS, que es la Regulación nº 10 del acusado Sauckel, y pido al Tribunal que incluya en el sumario la regulación original, publicada en el Volumen II de "Verfuegungen/Anordnungen/Bekanntgaben", en las páginas 531 a 533; cito el párrafo 3 de esta regulación:
"Los recursos de mano de obra disponibles en los territorios ocupados se utilizarán principalmente para satisfacer los requisitos de importancia para la guerra en Alemania. Al asignar los recursos mencionados en los territorios ocupados, se observará el siguiente orden de prioridad:
(a) Mano de obra necesaria para las tropas, las autoridades de ocupación y las autoridades civiles.

(b) Mano de obra necesaria para el armamento alemán.

(c) Mano de obra necesaria para la alimentación y la agricultura.

(d) Mano de obra necesaria para trabajos industriales distintos del armamento.

(e) Mano de obra necesaria para trabajos industriales en interés de la población del territorio en cuestión". 

El acusado Sauckel, y las agencias bajo su mando, ejercieron una autoridad exclusiva sobre el reclutamiento de trabajadores de cualquier zona de Europa ocupada, controlada o amiga de la nación alemana. Afirmó -el acusado Sauckel- esta autoridad en un decreto, documento 3044-PS, ya presentado como prueba USA 206. Me refiero al párrafo 5, en la página 1 del texto en inglés de ese documento, y cito directamente:

[Página 343]

"El reclutamiento de mano de obra extranjera en las áreas ocupadas por Alemania y en Estados aliados, amigos o neutrales, será llevada a cabo exclusivamente por mis Comisarios, o por las agencias alemanas militares o civiles competentes en las tareas de movilización de mano de obra".
EL PRESIDENTE: ¿No ha leído ya usted esto?

SR. DODD: Con la venia, no, Señoría. Hemos presentado anteriormente ese decreto, pero no esta parte.

Paso al párrafo 2, 1-a, en la página 2, y de nuevo cito directamente:

"Mis Comisarios son los únicos responsables del reclutamiento en países aliados, amigos o neutrales".
Además, el siguiente acusado, al que Sauckel informó de las cuotas de trabajadores extranjeros que necesitaba, colaboró con Sauckel y sus agentes para completar sus cuotas:

El acusado Keitel, Jefe del O.K.W., que era el Mando Supremo.

Presentamos el documento 3012-PS-I, que es la prueba USA 190. Este documento registra una conversación telefónica del Jefe del Mando Económico Este del Ejército alemán, y es del 11 de marzo de 1942. Cito los dos primeros párrafos del documento:

"El Plenipotenciario para la Arbeitseinsatz, el Gauleiter Sauckel, me señala en un teletipo urgente que la Arbeitseinsatz en la agricultura alemana, así como los programas de armamento más urgentes, ordenados por el Führer, hacen de la obtención más rápida posible de aproximadamente 1,000.000 de mujeres y hombres de los territorios recientemente ocupados una necesidad imperativa. Para ello, el Gauleiter Sauckel demanda el envío diario de 5.000 trabajadores a partir del 15 de marzo; 10.000 trabajadores, hombres y mujeres, a partir del 1 de abril, de los territorios recientemente ocupados".
Paso ahora al párrafo siguiente:
"Considerando las extraordinarias pérdidas de trabajadores que ocurrieron en la industria de guerra alemana debido a los hechos de los últimos meses, ahora es necesario que el reclutamiento de trabajadores se lleve a cabo de nuevo en todas partes con la máxima intensidad. La tendencia momentáneamente apreciable en ese territorio a limitar y/o detener totalmente el programa de reclutamiento del Reich es absolutamente intolerable dadas las circunstancias actuales. Por ello, el Gauleiter Sauckel, al que se ha informado de esos hechos, se ha puesto en contacto de inmediato con el General Mariscal de Campo Keitel el 10 de marzo de 1943 por medio de un teletipo y ha destacado en esta ocasión que, por orden del Führer, como en todos los demás territorios ocupados, cuando todos los demás métodos fracasan, se ha de ejercer una cierta presión".
Estábamos dispuestos en este punto a presentar una transcripción de un interrogatorio realizado bajo juramento al acusado Sauckel. La defensa del acusado Sauckel ha visto sólo el texto en inglés de la transcripción del interrogatorio. Por otro lado, está en su poder desde hace un tiempo, y se le proporcionaron también en alemán los fragmentos que pensábamos presentar.

Si entendí correctamente la decisión del Tribunal, sería necesario que entregáramos la transcripción completa en alemán.

EL PRESIDENTE: Creo que ustedes pueden utilizar este interrogatorio, ya que se han proporcionado los fragmentos en alemán.

[Página 344]

SR. DODD: Sí, Señoría, se han proporcionado, así como el texto completo en inglés.

EL PRESIDENTE: Muy bien.

SR. DODD: Presento una transcripción de un interrogatorio realizado bajo juramento al acusado Sauckel la mañana del 5 de octubre de 1945, prueba USA 224. Es el último documento del libro de documentos. Cito del final de la página 1 del texto en inglés, página 1, párrafo 11, del texto en alemán:

P: ¿Fue necesario, para lograr completar las cuotas requeridas, trabajar con el O.K.W.?

R: Recuerdo que el Führer había dado órdenes al Mariscal Keitel diciéndole que mi trabajo era muy importante, y yo también hablé con frecuencia con Keitel tras esas conversaciones con el Führer, cuando le pedí su apoyo.

P: Su misión era supervisar la actuación correcta de los comandantes militares en los países ocupados en la ejecución de sus misiones, ¿no es así?

R: Sí, el Führer me había dicho que pediría información al Jefe del O.K.W. y al Jefe de la Cancillería del Reich sobre estas misiones. Esto mismo es aplicable al Ministro de Exteriores".

También estamos dispuestos a presentar la transcripción de un interrogatorio del acusado Alfred Rosenberg. Hay esta distinción en lo que concierne a este sumario. Aunque hemos proporcionado a la defensa la traducción al alemán de las partes que nos proponemos utilizar, no hemos tenido oportunidad de proporcionar el texto completo. Sin embargo, se les han proporcionado en alemán las partes que nos proponemos utilizar y presentar ante este Tribunal.

EL PRESIDENTE: Bien, supongo que está dispuesto a presentarlo, ¿no es así?

SR. DODD: Sí, lo haremos, Señoría, tan pronto como podamos llevar estos documentos a su Centro de Información.

EL PRESIDENTE: Sí.

SR. DODD: El documento siguiente es más bien extenso, y me pregunto qué prefiere el Tribunal que hagamos. ¿Puedo continuar con el interrogatorio?

EL PRESIDENTE: Sí.

SR. DODD: Quiero hablar del acusado Alfred Rosenberg, el Ministro del Reich para los Territorios Orientales Ocupados como alguien que también colaboró con el acusado Sauckel, y, concretamente, presentar una transcripción de un interrogatorio del acusado Rosenberg efectuado bajo juramento la tarde del 6 de octubre de 1945, prueba USA 187. Ese texto se puede encontrar pasados dos tercios de los textos de los interrogatorios del libro de documentos, y quiero leer de la página 1 de la transcripción:

P: ¿No es un hecho que Sauckel determinaba el numero de personas a obtener de las diversas áreas bajo su jurisdicción como mano de obra?

R: Sí.

P: ¿Y que después sus agentes se hacían con esa mano de obra para cumplir con la cuota que se había pedido?

R: Sauckel, normalmente, deseaba grandes cifras que no se podían obtener si no se dedicaba mucha atención a la cuestión.

[Página 345]

P: No importa si Sauckel deseaba obtener grandes cifras o no. No tiene nada que ver. ¿A usted se le daban cuotas para las áreas sobre las que usted tenía jurisdicción, y dependía de usted el que se alcanzara esa cuota?

R: Sí. Era responsabilidad de los funcionarios administrativos recibir esta cuota y distribuir los lotes entre los distritos de forma que, según las cifras y los grupos de edad, se obtuviera de la forma más razonable.

P: Estos funcionarios administrativos eran parte de su organización, ¿no es así?

R: Eran funcionarios del Reichskommissar para Ucrania, pero, como tales, eran escogidos por el Ministerio para los Territorios Orientales Ocupados.

P: Usted reconoció que las cuotas fijadas por Sauckel no se podían completar con mano de obra voluntaria, y usted no desaprobó el hacerse con mano de obra forzada, ¿no es así?

R: Lamenté que las demandas de Sauckel fueran tan urgentes como para no satisfacerse con una continuación del reclutamiento voluntario, y así accedí a la necesidad del reclutamiento forzoso".

Avanzando un poco en esa página:
"P: Las cartas que ya hemos visto entre usted y Sauckel no indican ningún desacuerdo por su parte con el principio de reclutar mano de obra contra su voluntad, ¿no es así?. Indican, por lo que recuerdo, que usted se oponía al trato que después se daba a esos trabajadores, pero usted no se oponía a su captura".
EL PRESIDENTE: Sr. Dodd, creo que usted debería leer las dos respuestas siguientes para ser justo con el acusado Rosenberg, después de aquella en la que dijo que accedió a la necesidad del reclutamiento forzoso.

SR. DODD: Muy bien, las leeré, Señoría.

EL PRESIDENTE: "¿Discutió usted alguna vez con Sauckel..."

SR. DODD: Sí.

"P: ¿Discutió usted alguna vez con Sauckel que quizás, en vista del hecho de que las cuotas no se podían satisfacer con mano de obra voluntaria, se debía abandonar el programa de reclutamiento de mano de obra, exceptuando a quienes se pudiera reclutar de forma voluntaria?

R: No pude hacer eso porque las cifras de los lotes que Sauckel había recibido del Führer eran algo a lo que se había comprometido totalmente, y yo no podía hacer nada contra eso".

Y volviendo a la pregunta que había leído antes, la respuesta es la siguiente:
"Es cierto. En esas cuestiones, discutí principalmente la posibilidad de encontrar los métodos menos duros para tratar el asunto, aunque de ninguna manera oponiéndome a las órdenes que él ejecutaba en nombre del Führer".
EL PRESIDENTE: Creo que el Tribunal debe retirarse ahora.

SR. DODD: Muy bien, Señoría.

(Se levantó la sesión hasta el 13 de diciembre de 1945 a las 10 horas).


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