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Juicio a los Principales Criminales de Guerra Alemanes

En Nuremberg, Alemania
Del 20 de noviembre al 1 de diciembre de 1945

Noveno Día: viernes, 30 de noviembre de 1945
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EL PRESIDENTE: Doy la palabra a la acusación de Estados Unidos.

SR. LETRADO JACKSON: El Coronel Amen representará a Estados Unidos esta mañana.

CORONEL JOHN H. AMEN: Con la venia, me propongo llamar al primer testigo de la acusación, el Mayor-General Erwin Lahousen.

EL PRESIDENTE: El Tribunal desea que indique que la declaración del testigo al que se propone llamar debe limitarse estrictamente al Cargo que está exponiendo Estados Unidos, el Primer Cargo.

CORONEL AMEN: ¿Puede darme un momento para discutir esto con el Fiscal Jefe de la Acusación de Estados Unidos? 

EL PRESIDENTE: Sí, por supuesto.

DR. OTTO NELTE: Sr. Presidente, que yo sepa, la acusación... 

EL PRESIDENTE: ¿Podría decir a quién representa? ¿Representa al acusado Keitel?

DR. NELTE: Sí.

Que yo sepa, se alcanzó un acuerdo entre la acusación y la defensa para que, cuando fuera posible, las cuestiones que se discutirían al día siguiente se comunicarían de antemano. El fin obvio de este acuerdo, que me parece razonable, era darle a la defensa la posibilidad de discutir las cuestiones que se iban a plantear con sus clientes, y facilitar así el avance rápido y continuo del juicio.

No se me ha comunicado que la acusación iba a citar al testigo Lahousen hoy ni las preguntas que se le iban a hacer.

Esto era especialmente importante porque hoy, creo, no íbamos a analizar cuestiones, ni se iba a escuchar al testigo, Lahousen, hablar de cuestiones vinculadas con el tema planteado por la acusación durante los días anteriores.

EL PRESIDENTE: Eso es lo contrario de lo que he dicho. Lo que he dicho es que el testigo se iba a limitar a exponer pruebas referidas al Primer Cargo, que es el único cargo que hasta la fecha ha sido expuesto.

DR. NELTE: ¿Quiere decir el Presidente que para hacer posible a la defensa que someta al testigo a interrogatorio se le dará la posibilidad, tras el interrogatorio de la acusación, de hablar con el acusado durante un receso para saber qué preguntas formular? El testigo, Lahousen, si no recuerdo mal, no ha sido mencionado en el discurso de la acusación.

EL PRESIDENTE: ¿Es todo lo que tiene que decir?

DR. NELTE: Sí.

EL PRESIDENTE: Creo que el Tribunal querrá escuchar lo que tenga que decir la acusación de Estados Unidos sobre el acuerdo que el abogado del acusado Keitel menciona, un acuerdo según el cual lo que se discutiría al día siguiente sería comunicado a la defensa de los acusados de antemano.

SR. LETRADO JACKSON: Desconozco que haya algún acuerdo sobre informar a la defensa de ningún testigo ni de su testimonio, y tampoco querría tener que hacerlo. Hay razones de seguridad que afectan a la revelación a la defensa de los nombres de los testigos que creo que no necesitaré explicar.

Estoy completamente seguro de que les dijimos que se les daría información sobre cuestiones documentales, y creo que esto se ha respetado.

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En cuanto a los testigos, sin embargo, hay una cuestión de política. Estos testigos no siempre son prisioneros. Tienen que ser tratados de una forma diferente a los prisioneros; y la protección de su seguridad es una consideración muy importante cuando estamos celebrando este juicio en la mismísima cuna de la Organización Nazi a la que pertenecieron algunos de los acusados.

EL PRESIDENTE: Creo, Sr. Letrado Jackson, que es suficiente. Si le dice al Tribunal que no existía dicho acuerdo, el Tribunal, por supuesto, lo aceptará.

SR. LETRADO JACKSON: Desconozco que haya algún tipo de acuerdo aplicable a los testigos.

Consideramos muy difícil comprender exactamente el significado de la norma que el Tribunal ha anunciado. El Primer Cargo de la Acusación es un cargo sobre conspiración que cubre prácticamente toda la Acusación. Hay por supuesto problemas con cuestiones que se superponen que suponía que habían sido resueltos por los fiscales hasta esta mañana. Es imposible, juzgando un caso de conspiración, evitar mencionar el hecho de que el acto que fue objeto de la conspiración fue realizado. De hecho, es parte de las evidencias de la conspiración.

Sé que no tengo que extenderme en el amplio rango de pruebas de un caso de conspiración. Creo, quizás, que lo mejor será hacer jurar al testigo, y si los otros fiscales consideran que se está entrando en su campo, o si los jueces creen que se están solapando temas, que aleguen la objeción específica; porque no sé cómo podemos separar, en particular debido a un aviso dado al momento, el Primer Cargo del resto de cargos.

Hemos tratado de hacer todo lo posible para llegar a un acuerdo justo entre nosotros y los otros fiscales, pero nos resulta imposible contentar siempre a todos.

Con una total deferencia hacia la norma indicada por el Tribunal, querría sugerir que sigamos adelante. No sé cuáles podrían ser los límites de la norma, pero creo que la única forma de que lo averiguemos es continuar y plantear objeciones específicas a cuestiones específicas que cualquiera considere que se han transgredido; y al hacerlo así, quiero decir que actuaremos con el mayor respeto a la norma, pero que nos encontraremos en conflicto con ella debido a la dificultad de poner cualquier límite al tema.

EL PRESIDENTE: ¿Doctor Stahmer?

DR. STAHMER (abogado del acusado Goering): Sr. Presidente, debo volver a la cuestión planteada por el Doctor Nelte, su afirmación de que antes del comienzo del juicio la defensa y la acusación acordaron que siempre se comunicaría el programa del día siguiente a la defensa el día antes. Ciertamente se ha llegado a ese acuerdo, y no entiendo que no se haya informado a la acusación de ello. Consideramos esta posibilidad en una conferencia, y el Doctor Kempner, nuestro enlace, nos dio garantías de que se acordaría. Querría además señalar lo siguiente:

La acusación ha dicho que por razones de seguridad no se puede proporcionar a la defensa los nombres de los testigos que serán citados en la vista del día siguiente. La Prensa, sin embargo, recibió ya ayer información sobre los testigos que serían llamados a declarar hoy. Se nos informó de esto esta mañana por medio de representantes de la Prensa y, por lo que sé, han aparecido artículos sobre esto en los periódicos de hoy. No puedo entender por qué se nos debería negar esta información porque, por razones de seguridad, no se ha de hacer. Me parece que esto es una desconfianza injustificada a la discreción de la defensa. Es además incorrecto que ahora se nos estén proporcionando los documentos a tiempo. Todavía nos llegan con retraso. Esta mañana, por ejemplo, se dejó en nuestras mesas un documento que se analizará hoy; además, el idioma en que estaba escrito no puede ser entendido por la mayor parte de la defensa, que no habla inglés.

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Como ya he presentado esta alegación por escrito, me gustaría que el Tribunal tomara una decisión sobre este asunto tan pronto como pueda.

EL PRESIDENTE: ¿Ha terminado?

DR. STAHMER: Sí.

SR. LETRADO JACKSON: Es bastante cierto que el nombre del testigo que se presentará hoy fue comunicado a la Prensa. La cuestión de nuestra política sobre dar nombres de testigos me fue presentada ayer noche después de que terminara la sesión, porque hasta ahora no habíamos recurrido a testigos; y le dije entonces al Coronel Storey que no se debían dar los nombres de los testigos a la defensa por razones de seguridad.

Le comunicó esto, creo, al Doctor Dix. Vi que después se había comunicado a la Prensa. Ellos, por supuesto, han dado así información adecuada sobre este testigo. Sin embargo, hablo de la política. No podemos estar obligados a informar a la defensa de los nombres de los testigos a los que se llamará a declarar que están aquí, en Nuremberg, pero no en prisión; la situación no lo permite. Ni podemos proporcionar transcripciones de declaraciones de los testigos o algo parecido de antemano.

Queremos darle a la defensa todo lo que deban tener en el trancurso del juicio. Están recibiendo ahora mucho más de lo que recibe cualquier ciudadano de Estados Unidos en un juicio ante tribunales de Estados Unidos en algunos aspectos, como información por adelantado, copias, ayuda y servicios, y creo que pedirnos revelarles de antemano los nombres o la esencia del testimonio -con frecuencia esta esencia indicará quién es el testigo- no sería apropiado. Ayer se dijo que hoy presentaríamos un testigo.

EL PRESIDENTE: Ya hemos escuchado a dos abogados en nombre de la defensa. ¿Tiene algo que añadir diferente de lo que han dicho? 

DR. DIX (abogado del acusado Schacht): Sí. Creo que puedo aclarar un malentendido y contribuir a la simplificación de todo el problema. ¿Puedo hablar al Tribunal?

Creo que aquí hay un malentendido. No sé lo que se discutió antes de que asistiera al juicio, pero la situación hasta ahora ha sido la siguiente:

No se alcanzó ningún acuerdo entre la acusación y la defensa. Tan sólo hay, como sabe su Señoría, un acuerdo sobre documentos, que el Tribunal conoce y no necesito repetir. En cuanto a los testigos, creo que puedo presuponer que todos estamos de acuerdo en considerar justificado el deseo de la defensa de conocer de antemano qué testigos serán llamados a declarar.

El Tribunal debe decidir hasta qué punto este deseo, que está en si mismo justificado, no se puede conceder por razones de seguridad. Es una cuestión que queda fuera de la órbita de la defensa. Pero creo que entendí bien al Sr. Letrado Jackson al pensar que si la Prensa está siendo informada de qué testigos serán llamados a declarar al día siguiente, es una cuestión de hecho que se debería comunicar lo mismo a la defensa, pero eso es tan sólo una infeliz concatenación de circunstancias, un incidente que siempre puede ocurrir, y que puede y será obviado en el futuro por medio del entendimiento mutuo y la buena voluntad.

Como dije, no sé lo que se acordó antes de que viniera aquí. No puedo por tanto contradecir a mi colega, el Dr. Stahmer, en esta cuestión. Creo que es posible, sin embargo, que el malentendido surgiera de la disposición del Tribunal a que recibiéramos avisos y los documentos con cuarenta y ocho horas de antelación, y que incluso el que la película se nos mostrara de antemano pudo llevar a mis colegas a la conclusión, que considero justificada, de que se les presentarían todas las pruebas. No esperamos, por supuesto, ser informados del contenido de la declaración del testigo, porque los contenidos evolucionan durante la sesión y no se pueden determinar antes de ésta.

Tras esta aclaración, querría expresar el deseo de que se nos informe en el futuro de a qué testigo se va a llamar a declarar, y si puedo añadir otro deseo, que las

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consideraciones de seguridad se guíen por la certeza de que los abogados de la defensa son de fiar, y están decididos y son capaces de ayudar al Tribunal a juzgar manteniendo la disciplina en el proceso. En consecuencia, los casos en los que el oficial de seguridad crea que no debe comunicar el nombre del testigo de antemano se deberían reducir a un mínimo absoluto.

EL PRESIDENTE: El Tribunal considerará las alegaciones que se le han presentado en nombre de la defensa con referencia a los que se les comunicará o no. En cuanto al testigo al que Estados Unidos desea llamar a declarar, ahora se les permitirá llamarle. Con referencia a lo que dije sobre limitar su testimonio al Primer Cargo, el Tribunal considera que lo mejor será que los otros fiscales tengan la oportunidad ahora de formular cualquier pregunta que consideren correcta, y que tendrán la oportunidad, si desean, de volver a llamar al testigo después durante la exposición de sus cargos.

En cuanto al interrogatorio de la defensa, se les permitirá hacerlo de la forma más conveniente posible, así que si desean tener la oportunidad de comunicarse con sus clientes antes del interrogatorio, se les dará esa oportunidad. Continuemos.

CORONEL AMEN: ¿Pueden hacer que se presente ante el Tribunal al General Lahousen?

EL PRESIDENTE: ¿Puede ponerse ante ese micrófono para que se le oiga?

PREGUNTA: ¿Cuál es su nombre?

RESPUESTA: Erwin Lahousen.

P: ¿Puede deletrearlo?

R: L-a-h-o-u-s-e-n.

P: Haga este juramento ante mi. Juro ante Dios el Todopoderoso y Omnisciente que diré toda la verdad y nada más que la verdad.

(El testigo repitió el juramento ante el Presidente)

EL PRESIDENTE: ¿No cree que sería mejor que el testigo se sentara?

CORONEL AMEN: Creo que se le debería permitir sentarse, en especial debido a que tiene una afección cardiaca que puede verse agravada.

EL PRESIDENTE: Muy bien, puede sentarse.

INTERROGATORIO REALIZADO POR EL CORONEL AMEN:

P: ¿Dónde nació?

R: Nací en Viena.

P: ¿Qué día?

R: El 25 de octubre de 1897.

P: ¿Cuál ha sido su profesión?

R: Fui soldado profesional.

P: ¿Dónde se formó? 

R: Me formé en Austria, en la Academia Militar de Wiener Neustadt.

P: ¿Fue nombrado inmediatamente oficial?

R: En 1915 fui nombrado teniente de Infantería.

P: ¿Sirvió en la Primera Guerra Mundial?

R: Sí, como subteniente y teniente en Infantería.

P: ¿Fue ascendido después con el tiempo?

R: Sí, fui ascendido de acuerdo con las normas habituales aplicadas en Austria en aquel tiempo.

P: En 1930, ¿qué rango tenía?

R: En 1930 era capitán. 

P: ¿Y en 1930 comenzó a recibir alguna otra formación?

R: En 1930 ingresé en la Escuela de Guerra austriaca, que equivale a la Academia Militar del Ejército alemán. Recibí la educación de un oficial de Estado Mayor. 

P: ¿Cuánto duró esta formación?

R:  Esta formación duró tres años.

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P: En 1933, ¿a qué unidad regular del ejército fue destinado?

R: En 1933 serví en la Segunda División Austriaca, la llamada División de Viena.

P: ¿Qué tipo de trabajo hacía allí?

R: Era oficial de inteligencia, la rama del servicio en la que ya estuve destinado durante mi formación con el Estado Mayor.

P: ¿Recibió algún otro ascenso?

R: Ascendí de acuerdo con la regulación aplicable en Austria, y hacia finales de 1933 ascendí a Mayor. En 1935, o a principios de 1936 fui destinado al Estado Mayor- y en junio, en el verano de 1936, ascendí a Teniente Coronel del Estado Mayor austriaco.

P: ¿Y fue destinado a la división de inteligencia entonces o por entonces?

R: Entré en el Servicio de Inteligencia austriaco; eso se corresponde técnicamente con lo que el Ejército Alemán se denomina "Abwehr". Debo añadir que no se incluyó un "Nachrichten Abteilung" al Ejército austriaco hasta entonces, en 1936; antes de esa fecha no existía tal departamento. Dado que el plan era restablecer, dentro del marco del Ejército Federal austriaco, el servicio de inteligencia militar que había dejado de existir tras el colapso del Imperio Austro-Húngaro, fui preparado para organizar el "Nachrichtenabteilung" que se había creado entonces.


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